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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Educación
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Ayudas a centros concertados para el PAM 2026-2027

Subvención para centros concertados valencianos por actuaciones del PAM curso 2026-2027

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Conselleria de Educación valenciana para actuaciones del Plan de actuación para la mejora
Para quién
Centros privados concertados de la Comunitat Valenciana que imparten Infantil de segundo ciclo, Primaria, ESO o Educación Especial
Cuánto
La cuantía de cada centro se calcula multiplicando sus puntos por el valor del punto; solo cobran los centros con una dotación superior a 500€. Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Actuaciones orientadas al alumnado de compensación educativa
  • Acciones para reducir el absentismo y el abandono escolar temprano
  • Otras actuaciones o programas incluidos en el Plan de actuación para la mejora
Requisitos
  • Ser un centro privado concertado de la Comunitat Valenciana
  • Impartir Infantil de segundo ciclo, Primaria, ESO o Educación Especial
  • Informar al consejo escolar y al claustro de tu participación en la convocatoria
  • Acreditar esa información mediante certificación de la representación legal del centro
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Desarrollar durante el curso 2026-2027 las actividades subvencionadas dentro del PAM
  • Justificar ante la Conselleria que has realizado la actividad y cumplido su finalidad
  • Someterte a las comprobaciones y al control financiero de los órganos competentes
  • Comunicar a la Conselleria cualquier otra subvención o ingreso que financie la misma actividad
  • Conservar las facturas y los justificantes del gasto, incluidos los electrónicos
  • Devolver los fondos recibidos si concurre alguna causa de reintegro
Cuándo
  • Abre: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 9 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un centro privado concertado de la Comunitat Valenciana
  • Tu centro imparte Infantil de segundo ciclo, Primaria, ESO o Educación Especial
  • Desarrollas actuaciones para alumnado de compensación educativa
  • Trabajas en reducir el absentismo y el abandono escolar temprano
  • Tu centro tiene un Plan de actuación para la mejora en marcha
  • Tu centro no es privado concertado
  • Tu centro está fuera de la Comunitat Valenciana
  • Solo impartes etapas distintas a las exigidas en la convocatoria
  • La dotación que te correspondería no superaría los 500€

Cuánto puedes recibir

No hay un importe fijo por centro. La cuantía de cada centro resulta de multiplicar la puntuación que obtiene por el valor del punto, que se calcula dividiendo el crédito disponible entre la suma de puntos de todos los centros participantes. Solo cobran los centros cuya dotación supere los 500€, y nunca podrás recibir más de la cantidad que hayas solicitado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Informa al consejo escolar y al claustro de que vas a participar

  2. Reúne la certificación de la representación legal y las declaraciones responsables

  3. Presenta la solicitud a través de la Oficina Virtual de Educación dentro del plazo

  4. Indica en la solicitud la cuantía que solicitas

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Solicitud con la cuantía que solicitas
  • Certificación de la representación legal de que se ha informado al consejo escolar y al claustro
  • Declaración responsable de compromiso de cumplir las obligaciones de la subvención
  • Declaración responsable de no incurrir en circunstancias que impiden ser beneficiario

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si recibo otras subvenciones para lo mismo?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, siempre que el conjunto no supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Cómo presento la solicitud?
La representación legal del centro la presenta a través de la Oficina Virtual de Educación, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria.
¿Qué pasa si no me notifican la resolución a tiempo?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde el día siguiente a la publicación. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la ayuda?
El plazo para presentar la justificación va desde el 1 de enero hasta el 31 de enero de 2027, mediante la cuenta justificativa a través de la Oficina Virtual de Educación.

Fuentes oficiales

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