Subvenciones para AMPA de colegios de Ibiza 2025-2026
Subvención para asociaciones de familias de colegios de Ibiza: hasta 3.000€ por entidad.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ibiza para asociaciones de familias del alumnado de colegios.
- Para quién
- Asociaciones de familias del alumnado de centros de infantil y primaria del municipio de Ibiza.
- Cuánto
- Dotación máxima de 3.000€ en el caso de asociaciones de centros públicos y dotación máxima de 1.500€ en el caso de asociaciones de centros concertados. La cantidad final depende de los puntos obtenidos en la valoración.
- Qué cubre
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- Gastos de funcionamiento, de asociación y de formación de la entidad
- Actividades extraescolares y complementarias al proyecto educativo del centro
- Gastos directos e indirectos de las actividades
Gastos directos (mínimo el 70% del coste subvencionado): personal o profesionales que ejecutan la actividad, alquiler de equipamientos (sonido, luces, escenarios, hinchables, mobiliario), alquiler del inmueble, material fungible y didáctico, transporte y compra de comida y bebida no alcohólica. Gastos indirectos (máximo el 30%): seguros, limpieza, publicidad, conexión a internet y creación y mantenimiento de la web de la asociación.
- Requisitos
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- Eres una asociación de familias del alumnado de un colegio de infantil o primaria del municipio de Ibiza
- Tu asociación está legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes
- Las actividades se desarrollan entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza las actividades dentro del periodo subvencionable, entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026
- Justifica los gastos presentando la memoria de la actividad, la relación de gastos y las facturas
- Da publicidad de la subvención recibida y aporta pruebas (folletos, carteles, fotos o enlaces) al justificar
- Date de alta como acreedor del Ayuntamiento para poder cobrar la subvención
- Si has recibido otras ayudas para el mismo proyecto, decláralas
- Cuándo
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- Abre: 17 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 7 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación de familias de un colegio del municipio de Ibiza
- Tu centro educativo es de infantil o primaria
- Tu asociación está legalmente constituida e inscrita en el registro
- Organizáis actividades extraescolares o complementarias al proyecto educativo
- Habéis realizado gastos de funcionamiento o formación durante el curso
- Tu asociación no está inscrita en el registro al cerrar el plazo de solicitud
- El centro educativo no es de infantil ni primaria
- El colegio está fuera del municipio de Ibiza
- No eres una asociación de familias del alumnado
Cuánto puedes recibir
Tu asociación puede recibir hasta 3.000€ si es de un centro público y hasta 1.500€ si es de un centro concertado. La cantidad exacta se calcula repartiendo el dinero disponible según los puntos que obtengas en la valoración: se divide el importe global entre el total de puntos de todas las solicitudes para hallar el valor del punto, y se multiplica por tus puntos, siempre dentro de esos topes. El pago se realiza después de justificar el gasto, en un plazo máximo de 30 días desde la resolución que concede la ayuda.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu asociación está inscrita en el registro antes de que acabe el plazo
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Reúne la documentación: estatutos, certificación de inscripción, CIF/NIF, nombramiento y DNI del representante
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Cumplimenta la memoria justificativa, la relación de gastos y la declaración responsable
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Presenta la solicitud de forma electrónica en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ibiza dentro del plazo
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Date de alta como acreedor del Ayuntamiento para poder cobrar
Documentación necesaria
- Estatutos sociales
- Certificación actualizada de la inscripción de la asociación en el registro
- CIF/NIF de la entidad
- Documento de nombramiento del representante de la entidad
- Documento de identidad en vigor del representante
- Memoria justificativa de la actividad realizada (Anexo 1)
- Certificado del secretario con el número de socios al final del periodo subvencionable
- Certificado del secretario con el número de asistentes a cada actividad
- Certificado del secretario con el número de alumnado con necesidades educativas especiales que asistió a cada actividad
- Declaración responsable firmada por la presidencia (Anexo 2)
- Relación clasificada de los gastos de la actividad (Anexo 3)
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente, numeradas y ordenadas
- Modelo 111 o 115 si las facturas tienen retención de IRPF
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, si no autorizas su consulta