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Ayudas Claras
Ayudas Valencia Comercio y turismo
Comercio y turismo Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para pintar fachadas en Camporrobles

Subvención para restaurar y pintar fachadas en Camporrobles y La Loberuela

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Camporrobles para restaurar y pintar fachadas de inmuebles en el casco urbano
Para quién
Propietarios de inmuebles: personas físicas, sociedades mercantiles y comunidades de propietarios
Cuánto
El 40% del presupuesto de ejecución material de las obras (hasta el 60% si las ejecuta una empresa con sede en Camporrobles), con un máximo de 400€ por obra en viviendas unifamiliares y 100€ por vivienda en comunidades de propietarios. Si pintas con medios propios, el 40% de los materiales hasta 200€
Qué cubre
  • Obras de reparación y pintado de la fachada
  • El coste de los materiales si restauras y pintas con medios propios
Requisitos
  • El inmueble está en el casco urbano de Camporrobles o de La Loberuela
  • El edificio cumple los requisitos legales de uso y no está fuera de ordenación
  • La fachada intervenida da a la vía pública
  • Usas materiales y colores compatibles con la arquitectura tradicional que indica el Ayuntamiento
  • La licencia de obra se ha solicitado desde el 1 de enero de 2026
  • Estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Camporrobles
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acepta sin reservas la subvención y las condiciones con las que se concede
  • Ejecuta la obra; si restauras la fachada, debes también pintarla
  • Comienza y termina las obras antes del 15 de octubre de 2026
  • Permite la inspección municipal de las obras y facilita los datos que te pidan
  • Justifica la subvención antes del 15 de octubre de 2026 con una declaración de finalización, las facturas, el justificante de pago y fotografías del estado final
Cuándo
  • Abre: 17 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 16 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de una vivienda en Camporrobles o La Loberuela
  • Quieres restaurar o pintar la fachada de tu inmueble
  • Tu edificio está en el casco urbano y da a la vía pública
  • Eres una comunidad de propietarios legalmente constituida
  • El inmueble se destina a residencia, segunda residencia o comercio
  • Tu edificio está en situación de fuera de ordenación
  • La obra implica demolición o vaciado estructural de la fachada
  • Hay abierto un expediente de infracción urbanística sobre el edificio
  • Quieres usar pinturas con colores distintos a los tradicionales del municipio
  • No estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

Recibes el 40% del presupuesto de ejecución material de las obras. Si la obra la ejecuta una empresa con sede en Camporrobles, ese porcentaje puede subir un 20% más, hasta el 60%. En todo caso el importe tiene un tope: 400€ por obra en viviendas unifamiliares y 100€ por vivienda en comunidades de propietarios. Si restauras y pintas con medios propios, te cubren el 40% de los materiales hasta un máximo de 200€.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Solicita la licencia urbanística de la obra

  2. Reúne la solicitud, la fotocopia del NIF/CIF, la declaración responsable de obra y las fotografías a color del estado previo

  3. Prepara el presupuesto de la obra según el modelo del Ayuntamiento

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Camporrobles dentro del plazo de 30 días naturales

  5. Ejecuta y termina las obras antes del 15 de octubre de 2026

  6. Justifica la subvención con la declaración de finalización, las facturas, el justificante de pago y las fotografías finales

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud de subvención con los datos del inmueble, del solicitante y el número de cuenta (Anexo 1)
  • Fotocopia del NIF/CIF del solicitante o de su representante legal
  • Declaración responsable de ejecución de obra (Anexo 2)
  • Documentación que acredite la vigencia del cargo del representante legal, en su caso
  • Acuerdo de la comunidad de propietarios para solicitar la ayuda y realizar los trabajos, en su caso
  • Documentación fotográfica a color del edificio en el estado previo a la intervención
  • Presupuesto de la obra (Anexo 3) o proyecto técnico redactado por técnico competente cuando sea necesario

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puedo cobrar como máximo?
Hasta 400€ por obra si es una vivienda unifamiliar y hasta 100€ por vivienda en una comunidad de propietarios. Si pintas con medios propios, hasta 200€ por los materiales.
¿Puedo cobrar más si contrato una empresa local?
Sí. Si la obra la ejecuta una empresa con sede social en Camporrobles, el porcentaje de la subvención puede subir un 20% adicional, hasta el 60% del presupuesto de ejecución material.
¿Qué pasa si no hay dinero suficiente para todas las solicitudes?
Las solicitudes se ordenan por la fecha de entrada en el registro con toda la documentación. Las aprobadas que se queden en reserva podrán tenerse en cuenta para la convocatoria del ejercicio siguiente.
¿Hasta cuándo tengo para hacer las obras?
Debes comenzar y terminar las obras antes del 15 de octubre de 2026, fecha en la que también finaliza el plazo para justificar la subvención.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá la subsanación. Si en 10 días hábiles no rectificas ni presentas los documentos requeridos, se considerará que desistes de tu petición.

Fuentes oficiales

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