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Ayudas Claras
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Ayudas a la protección social en el fútbol femenino y aficionado

Subvención de las cuotas de Seguridad Social de jugadoras, técnicos y clubes hasta el 17 de agosto de 2026.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Consejo Superior de Deportes para la protección social en el fútbol femenino y aficionado
Para quién
Jugadoras, jugadores, técnicas, técnicos y clubes de la 1ª División femenina y la 1ª y 2ª Federación masculina
Cuánto
Se subvenciona el coste de las cuotas de Seguridad Social pagadas, hasta donde alcance el presupuesto disponible. Para la cuota empresarial de técnicos, el máximo por club es de 28 mensualidades.
Qué cubre
  • Cuotas empresariales de Seguridad Social por deportistas y técnicos contratados
  • Cuotas de Seguridad Social de las personas trabajadoras (jugadoras, jugadores, técnicos)
  • Cuotas devengadas y pagadas entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
Requisitos
  • Tener licencia deportiva asignada a un equipo de estas categorías en la temporada 2025/2026
  • Ser una entidad deportiva inscrita en estas categorías en la temporada 2025/2026
  • Estar al corriente de cualquier obligación tributaria y de Seguridad Social
  • Que las cuotas deriven de la relación laboral especial de deportistas profesionales
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica cualquier cambio en tu situación profesional o personal que afecte a tu cotización
  • Avisa de las variaciones que generen diferencias entre lo cotizado y lo calculado para la ayuda
  • Devuelve el exceso si la ayuda cobrada supera lo realmente acreditado
  • Acepta de forma expresa la ayuda en el plazo de 10 días naturales desde la resolución definitiva
Cuándo
  • Abre: 18 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 17 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres jugadora, jugador, técnica o técnico con licencia en la temporada 2025/2026
  • Tu licencia deportiva estuvo asignada a un equipo de 1ª División de fútbol femenino
  • Tu licencia estuvo asignada a un equipo de 1ª o 2ª Federación de fútbol masculino
  • Eres un club o entidad deportiva inscrita en esas categorías esa temporada
  • Has pagado cuotas de Seguridad Social por contratos de deportistas o técnicos
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y de Seguridad Social
  • Tu club es filial o dependiente de una entidad de la Liga de Fútbol Profesional
  • El deportista o técnico no tenía licencia en vigor en esos meses
  • Las cuotas que reclamas son intereses, recargos o sanciones
  • No estuviste inscrito con licencia en la temporada 2025/2026

Cuánto puedes recibir

Recibes una subvención que cubre el coste de las cuotas de Seguridad Social pagadas por la contratación de deportistas y técnicos, tanto la cuota empresarial como la de los trabajadores, devengadas y pagadas entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. La cantidad depende de las cuotas que acredites y de la disponibilidad presupuestaria; si no alcanza para todos, se reparte de forma proporcional. En el caso de la cuota empresarial de técnicos, cada club puede subvencionar como máximo 28 mensualidades.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las nóminas, contratos laborales y justificantes de pago de las cotizaciones sociales

  2. Cumplimenta el modelo de solicitud que corresponda a tu caso (cuota del trabajador o empresarial)

  3. Presenta la solicitud y la documentación ante la Real Federación Española de Fútbol

  4. Subsana la documentación en 10 días hábiles si te lo requieren

  5. Acepta de forma expresa la ayuda concedida en el plazo establecido

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud firmado por ti mismo o por tu representante legal
  • Relación de cuotas de julio de 2025 a junio de 2026 en formato Excel
  • Copia de las nóminas de los meses solicitados (deportistas y técnicos)
  • Copia del contrato laboral firmado que acredite la relación laboral con el club
  • Justificantes de la liquidación y pago de las cotizaciones sociales (clubes)
  • Listados nominales de los pagos a la Seguridad Social (clubes)
  • Relación de subvenciones compatibles o incompatibles recibidas para la misma finalidad

Preguntas frecuentes

¿Quién presenta la solicitud y dónde?
Las solicitudes se presentan ante la Real Federación Española de Fútbol, que actúa como entidad colaboradora, con los modelos disponibles en la sede electrónica del Consejo Superior de Deportes.
¿Qué cuotas puedo incluir en la ayuda?
Las cuotas de Seguridad Social, tanto empresariales como de los trabajadores, devengadas y pagadas entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. No se admiten intereses, recargos ni sanciones.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras ayudas de organismos o instituciones públicas o privadas para las mismas actividades, siempre que el conjunto no supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si no acepto la ayuda en plazo?
Si no remites la aceptación expresa firmada en el plazo de 10 días naturales desde la publicación de la resolución definitiva, pierdes la condición de beneficiario.
¿Cómo se reparte el dinero si no llega para todos?
Se atienden primero las ayudas de la 1ª División femenina y, con lo que quede, las de la 1ª y 2ª Federación; si no alcanza dentro de un bloque, se prorratea de forma proporcional al número de beneficiarios.

Fuentes oficiales

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