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Subvención al Colegio de Abogados de Badajoz para asistir a víctimas

120.000€ al Colegio de Abogados de Badajoz para asistencia jurídica en 2026

Lo que significa

Qué es
Subvención directa del Instituto de la Mujer de Extremadura al Colegio de Abogados de Badajoz para su servicio de asistencia jurídica
Para quién
El Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Badajoz
Cuánto
  • 120.000€ para el conjunto del proyecto durante 2026
    ActuaciónImporte
    Turno especializado en violencia de género88.849,32€
    Servicio de orientación jurídica (con desplazamientos)31.150,68€
    Total120.000,00€
Qué cubre
  • Refuerzo del turno de oficio especializado en violencia de género
  • Servicio de orientación y asesoramiento jurídico a las mujeres víctimas
  • Desplazamientos y seguro de los letrados y letradas adscritos al servicio
Requisitos
  • Eres el Colegio de Abogados de Badajoz, corporación de derecho público sin ánimo de lucro
  • Te encargas de organizar los turnos de asistencia letrada especializada en la provincia
  • Aportas el proyecto, una memoria económica detallada y los estatutos de la entidad
  • Estás al corriente con Hacienda, la Hacienda autonómica y la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantienes el servicio de asistencia jurídica especializada durante todo 2026
  • Asumes con tus propios recursos cualquier exceso sobre el importe concedido
  • Llevas una contabilidad separada de las operaciones financiadas
  • Remites datos estadísticos cada semestre y una memoria final de actividades
  • Justificas los gastos por el 100% de la subvención antes del 26 de febrero de 2027
  • Indicas en los elementos del programa que lo financia el Instituto de la Mujer de Extremadura
Cuándo
  • Abre: 16 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: Consulta directamente con la administración

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres el Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Badajoz
  • Organizas los turnos de asistencia letrada especializada en violencia de género
  • Quieres mantener el servicio de orientación jurídica a víctimas durante 2026
  • No eres el Colegio de Abogados de Badajoz
  • Eres una persona física que busca asesoramiento jurídico individual
  • Eres otra entidad distinta del colegio designado en la resolución

Cuánto puedes recibir

Recibes 120.000€ para todo el proyecto de 2026, repartidos en 88.849,32€ para el turno especializado en violencia de género y 31.150,68€ para el servicio de orientación jurídica, desplazamientos y seguro incluidos. El pago se hace en dos anticipos del 50%: el primero tras aceptar la subvención e iniciar la actividad, y el segundo tras justificar lo ya anticipado antes del 1 de diciembre de 2026.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el proyecto, la memoria económica detallada, los estatutos y la tarjeta fiscal de la entidad

  2. Acredita quién ejerce la representación legal y adjunta copia de su documento de identidad

  3. Presenta el modelo de solicitud con la declaración responsable cumplimentada

  4. Tras la concesión, acepta la subvención y acredita el inicio de la actividad para cobrar el primer pago

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud con declaración responsable cumplimentada en todos sus apartados
  • Proyecto a desarrollar por la entidad
  • Memoria económica detallada
  • Copia de los estatutos de la entidad
  • Copia de la tarjeta de identificación fiscal
  • Acreditación de la representación legal y copia de su documento de identidad

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo hay que justificar el gasto?
Debes presentar la justificación de gastos y pagos por al menos el 100% de la subvención antes del 26 de febrero de 2027.
¿Se puede compaginar con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones o ingresos para la misma finalidad, siempre que el conjunto no supere el coste de la actividad.
¿Cómo se cobra la subvención?
Se abona en dos pagos anticipados del 50%. El primero queda condicionado a aceptar la subvención e iniciar la actividad; el segundo, a justificar antes del 1 de diciembre de 2026 lo ya anticipado.
¿Qué pasa si no se ejecuta o justifica todo?
Si se ejecuta y justifica menos del 60% de las actividades, procede el reintegro total; por debajo del 100% se devuelve la parte no ejecutada de forma proporcional.

Fuentes oficiales

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