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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Agricultura
Agricultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a armadores por parada temporal de pesca

Ayuda por día de parada para armadores de barcos de pesca con puerto base en Cataluña.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de Cataluña para compensar la parada temporal de la pesca.
Para quién
Armadores de embarcaciones de pesca con puerto base en Cataluña afectadas por una parada temporal.
Cuánto
Se calcula por día subvencionable de parada y combina una prima de coste fijo según el tonelaje del barco más una prima de lucro cesante. El importe diario que se percibe va de un mínimo de 125,43€ a un máximo de 2.000€ por día.
Qué cubre
  • La compensación por los días en que el barco ha estado parado por reducción de esfuerzo pesquero
  • La compensación por los días de parada por veda biológica
Requisitos
  • Ser armador de una embarcación de pesca con puerto base en Cataluña
  • Que tu embarcación esté afectada por una de las paradas temporales que recoge la convocatoria
  • Cumplir los requisitos para ser persona beneficiaria que fijan las bases reguladoras
Obligaciones
  • Justifica debidamente los gastos realizados
  • Si recibes la ayuda y quieres devolverla voluntariamente, solicita la renuncia al órgano competente y abona la cantidad con sus intereses de demora
  • Que la ayuda, sola o sumada a otras subvenciones o ingresos, no supere el coste de la actividad subvencionada
Cuándo
  • Abre: 13 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres armador de una embarcación de pesca con puerto base en Cataluña
  • Tu barco ha tenido que parar por reducción de esfuerzo pesquero
  • Tu barco ha estado parado por una veda biológica
  • Faenas con modalidades como arrastre, cerco, palangre de superficie, sonsera, rastrillo de cadenas o pulpo
  • No eres armador de una embarcación de pesca afectada por estas paradas
  • Tu embarcación no tiene el puerto base en Cataluña
  • Tu barco no figura en los planes de paralización de estas modalidades y puertos

Cuánto puedes recibir

El importe máximo de tu ayuda se calcula multiplicando los días subvencionables de parada por la suma de una prima de coste fijo (según el tonelaje bruto de tu barco) más una prima de lucro cesante. El importe diario que se percibe nunca baja de 125,43€ ni supera los 2.000€ por día. Además, la ayuda no puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu embarcación está incluida en una de las paradas temporales de la convocatoria

  2. Reúne la documentación que acredita tu representación y la titularidad de la embarcación

  3. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica con los modelos oficiales

  4. Hazlo dentro del plazo que corresponde a tu modalidad de parada

Documentación necesaria

  • Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho, si procede
  • En personas jurídicas, documentación que acredite la representación con la que se actúa, si no consta en un registro público
  • En entidades sin personalidad jurídica, documento de nombramiento de la persona representante o apoderada única de la agrupación
  • En personas jurídicas, copia de las escrituras o de los estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede
  • Certificado actualizado de inscripción en el Registro administrativo
  • En titularidad compartida sin constituir persona jurídica, poder suficiente a favor de la persona solicitante

Preguntas frecuentes

¿Cómo presento la solicitud?
De forma telemática, a través de la sede electrónica, usando los modelos oficiales que figuran en ella.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Depende de tu modalidad de parada: para unos apartados el plazo es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución; para otros está abierto hasta el 15 de septiembre de 2026.
¿Puedo cobrar esta ayuda y otras a la vez?
Sí, pero la suma de esta subvención con otras ayudas, ingresos o recursos no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si no justifico los gastos?
Puedes perder el derecho a cobrar la subvención de forma total o parcial si falta la justificación.

Fuentes oficiales

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