Subvenciones a asociaciones de consumidores en Extremadura
Ayuda a asociaciones de consumidores de Extremadura, con importe máximo individualizado de 60.000€.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Instituto de Consumo de Extremadura para asociaciones de consumidores.
- Para quién
- Asociaciones y federaciones de asociaciones de personas consumidoras y usuarias de Extremadura sin ánimo de lucro.
- Cuánto
- Importe máximo individualizado de 60.000€; máximo 30.000€ si no acreditas al menos 100 reclamaciones tramitadas en 2025.
- Qué cubre
-
- La atención y gestión de consultas, reclamaciones, quejas y denuncias de consumidores
- Las actuaciones de mediación en las relaciones de los consumidores con empresas
- Requisitos
-
- Estar legalmente constituida e inscrita en el Censo de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Extremadura desde hace al menos dos años
- Tener el domicilio social en Extremadura
- Disponer de al menos una oficina de atención presencial al consumidor en Extremadura que atienda un mínimo de 25 horas semanales, con el horario visible desde fuera
- No tener ánimo de lucro
- Atender gratuitamente las consultas y reclamaciones de cualquier persona consumidora, esté o no asociada, y anunciarlo con un cartel en la fachada
- Estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y sin deudas con la Hacienda autonómica
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Justificar el 100% del importe recibido antes del 15 de febrero de 2027 con cuenta justificativa, certificado de ingresos, gastos y pagos y los justificantes correspondientes
- Acompañar cada justificante de gasto de su justificante bancario de pago; no se admiten pagos en metálico
- Incluir en los justificantes de gasto la leyenda 'Con cargo a la subvención del INCOEX'
- Atender gratuitamente durante 2026 las consultas y reclamaciones de todas las personas consumidoras
- Ser la entidad beneficiaria titular de la cuenta bancaria desde la que se hacen los pagos
- Cuándo
-
- Abre: 12 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 2 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación de personas consumidoras y usuarias de Extremadura
- Eres una federación de asociaciones de consumidores de Extremadura
- Tu entidad está inscrita en el Censo de Organizaciones de Consumidores desde hace al menos dos años
- Tu entidad tiene su domicilio social en Extremadura
- Dispones de oficina de atención presencial al consumidor en Extremadura
- Atiendes gratis consultas y reclamaciones de cualquier persona consumidora
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tu asociación está integrada en una federación que también solicita esta subvención
- Tu entidad no tiene domicilio social en Extremadura
- No cuentas con ninguna oficina de atención presencial al consumidor en Extremadura
Cuánto puedes recibir
El importe se reparte entre las entidades según los puntos que obtengas en la valoración: se asigna un valor económico a cada punto y se multiplica por tus puntos. El importe máximo individualizado no puede superar los 60.000€, o 30.000€ si no acreditas haber tramitado al menos 100 reclamaciones de consumo en 2025.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne los estatutos, la relación de personas asociadas, las reclamaciones tramitadas en 2025, el TC2 y la declaración responsable
-
Cumplimenta la solicitud según el modelo del Anexo I
-
Presenta la solicitud y la documentación por el registro electrónico de la sede electrónica de la Junta de Extremadura
-
Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de tres meses
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo del Anexo I
- Estatutos de la asociación o federación
- Relación nominativa de personas asociadas con vecindad administrativa en Extremadura, con DNI, nombre, apellidos, teléfono y dirección de correo
- Relación de reclamaciones tramitadas durante 2025, con teléfono y domicilio de las personas consumidoras
- Última Relación Nominal de Trabajadores (TC2) y recibo de liquidación de cotizaciones o acreditación bancaria del pago
- Declaración responsable (Anexo II)