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Ayudas Claras
Subvenciones Extremadura Sanidad
Sanidad Extremadura Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de consumidores en Extremadura

Ayuda a asociaciones de consumidores de Extremadura, con importe máximo individualizado de 60.000€.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Instituto de Consumo de Extremadura para asociaciones de consumidores.
Para quién
Asociaciones y federaciones de asociaciones de personas consumidoras y usuarias de Extremadura sin ánimo de lucro.
Cuánto
Importe máximo individualizado de 60.000€; máximo 30.000€ si no acreditas al menos 100 reclamaciones tramitadas en 2025.
Qué cubre
  • La atención y gestión de consultas, reclamaciones, quejas y denuncias de consumidores
  • Las actuaciones de mediación en las relaciones de los consumidores con empresas
Requisitos
  • Estar legalmente constituida e inscrita en el Censo de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Extremadura desde hace al menos dos años
  • Tener el domicilio social en Extremadura
  • Disponer de al menos una oficina de atención presencial al consumidor en Extremadura que atienda un mínimo de 25 horas semanales, con el horario visible desde fuera
  • No tener ánimo de lucro
  • Atender gratuitamente las consultas y reclamaciones de cualquier persona consumidora, esté o no asociada, y anunciarlo con un cartel en la fachada
  • Estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y sin deudas con la Hacienda autonómica
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justificar el 100% del importe recibido antes del 15 de febrero de 2027 con cuenta justificativa, certificado de ingresos, gastos y pagos y los justificantes correspondientes
  • Acompañar cada justificante de gasto de su justificante bancario de pago; no se admiten pagos en metálico
  • Incluir en los justificantes de gasto la leyenda 'Con cargo a la subvención del INCOEX'
  • Atender gratuitamente durante 2026 las consultas y reclamaciones de todas las personas consumidoras
  • Ser la entidad beneficiaria titular de la cuenta bancaria desde la que se hacen los pagos
Cuándo
  • Abre: 12 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 2 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de personas consumidoras y usuarias de Extremadura
  • Eres una federación de asociaciones de consumidores de Extremadura
  • Tu entidad está inscrita en el Censo de Organizaciones de Consumidores desde hace al menos dos años
  • Tu entidad tiene su domicilio social en Extremadura
  • Dispones de oficina de atención presencial al consumidor en Extremadura
  • Atiendes gratis consultas y reclamaciones de cualquier persona consumidora
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación está integrada en una federación que también solicita esta subvención
  • Tu entidad no tiene domicilio social en Extremadura
  • No cuentas con ninguna oficina de atención presencial al consumidor en Extremadura

Cuánto puedes recibir

El importe se reparte entre las entidades según los puntos que obtengas en la valoración: se asigna un valor económico a cada punto y se multiplica por tus puntos. El importe máximo individualizado no puede superar los 60.000€, o 30.000€ si no acreditas haber tramitado al menos 100 reclamaciones de consumo en 2025.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los estatutos, la relación de personas asociadas, las reclamaciones tramitadas en 2025, el TC2 y la declaración responsable

  2. Cumplimenta la solicitud según el modelo del Anexo I

  3. Presenta la solicitud y la documentación por el registro electrónico de la sede electrónica de la Junta de Extremadura

  4. Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de tres meses

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I
  • Estatutos de la asociación o federación
  • Relación nominativa de personas asociadas con vecindad administrativa en Extremadura, con DNI, nombre, apellidos, teléfono y dirección de correo
  • Relación de reclamaciones tramitadas durante 2025, con teléfono y domicilio de las personas consumidoras
  • Última Relación Nominal de Trabajadores (TC2) y recibo de liquidación de cotizaciones o acreditación bancaria del pago
  • Declaración responsable (Anexo II)

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
La concesión se resuelve y notifica en un plazo máximo de tres meses desde la publicación de la convocatoria. Si no recibes notificación en ese plazo, se entiende desestimada por silencio administrativo.
¿Mi asociación puede pedir la ayuda si pertenece a una federación?
No puede si la federación en la que está integrada también ha solicitado esta misma subvención.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
Debes acreditar y justificar el 100% del importe recibido antes del 15 de febrero de 2027.
¿Cuántas horas debe abrir mi oficina de atención al consumidor?
La oficina debe atender presencialmente las consultas y reclamaciones durante un mínimo de 25 horas a la semana, con el horario visible desde fuera aunque esté cerrada.

Fuentes oficiales

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