Subvención a entidades sin ánimo de lucro para inversiones
Subvención a entidades sin ánimo de lucro de Tarragona para inversiones
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Tarragona para inversiones de entidades sin ánimo de lucro
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio fiscal en la demarcación de Tarragona
- Cuánto
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- Hasta el 90% del presupuesto elegible, con un importe máximo por beneficiario según el tipo de actuación
Se subvenciona hasta el 90% del presupuesto elegible. Solo puedes presentar una solicitud por entidad y debe corresponder a una única tipología.Tipo de actuación Importe máximo Obras de reforma y mejora 9.500€ Conservación de elementos patrimoniales 9.500€ Adquisición de bienes 5.000€
- Hasta el 90% del presupuesto elegible, con un importe máximo por beneficiario según el tipo de actuación
- Qué cubre
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- Obras de reforma y mejora de equipamientos culturales o de interés ciudadano (presupuesto máximo de ejecución de 15.000€ sin IVA)
- Compra de mobiliario, equipamiento informático y otros bienes muebles inventariables (presupuesto máximo de 10.000€ sin IVA)
- Conservación de elementos patrimoniales como vestuario patrimonial o elementos tradicionales (presupuesto máximo de 15.000€ sin IVA)
- Requisitos
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- Eres una persona jurídica privada sin ánimo de lucro con los estatutos inscritos en los registros públicos correspondientes
- Tu entidad tiene el domicilio fiscal en la demarcación de Tarragona
- Si pides obras de reforma, mejora o conservación, tienes la propiedad y posesión, el alquiler o la cesión del equipamiento por un mínimo de 10 años desde el año de solicitud
- Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
- No eres deudor por ningún concepto de la Diputación de Tarragona
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Da publicidad de la financiación pública de la actuación e incluye la frase "Con el apoyo de la Diputación de Tarragona" junto a su logotipo en todos los materiales de difusión
- Comunica la actuación con una noticia en tu web y en las redes sociales que tengas activas, mencionando a la Diputación de Tarragona
- Realiza las contrataciones de acuerdo con la normativa de contratos del sector público
- Destina los bienes inscribibles en un registro público a la finalidad concedida durante un mínimo de 5 años
- Destina los bienes no inscribibles en un registro público a la finalidad concedida durante un mínimo de 2 años
- Sométete a las actuaciones de control financiero que pueda realizar la Diputación
- Cuándo
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- Abre: 11 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 10 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro con domicilio fiscal en la demarcación de Tarragona
- Quieres hacer pequeñas reformas o mejoras en un equipamiento cultural o de interés ciudadano
- Necesitas comprar mobiliario, equipamiento informático u otros bienes inventariables
- Vas a conservar elementos patrimoniales como vestuario tradicional de tu entidad
- Tienes la propiedad, la cesión o un alquiler de al menos 10 años del equipamiento que vas a reformar
- Eres un centro educativo o una asociación vinculada a uno
- Eres una asociación de familias o de madres y padres, o su federación
- Eres una parroquia, una asociación de vecinos o de propietarios
- Tu entidad no tiene el domicilio fiscal en la demarcación de Tarragona, aunque tenga aquí la sede social
- La actuación ya ha sido subvencionada por otra línea de la Diputación de Tarragona
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta el 90% del presupuesto elegible de tu actuación, con un tope que depende del tipo: hasta 9.500€ para obras de reforma y mejora o conservación de elementos patrimoniales, y hasta 5.000€ para adquisiciones. El crédito disponible se reparte entre todas las solicitudes admitidas, así que si no alcanza para todas se aplica un prorrateo. La subvención se paga de una sola vez después de comprobar la justificación, sin pagos parciales.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu actuación encaja en una única tipología: obras de reforma y mejora, adquisición de bienes o conservación de elementos patrimoniales
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Prepara la documentación, incluido el proyecto técnico o el presupuesto por partidas si pides obras de reforma y mejora
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Presenta la solicitud por el trámite electrónico específico en la sede electrónica de la Diputación de Tarragona, firmada con el certificado digital de representante de la entidad
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Espera la resolución, que se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica
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Ejecuta la actuación dentro del plazo y presenta la justificación de la subvención por el trámite específico
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención (obligatoria)
- Proyecto técnico o documento técnico (obligatorio en caso de obras de reforma y mejora de equipamientos)
- Para obras que afecten a la estructura del equipamiento: proyecto técnico con presupuesto desglosado en capítulos y partidas, con precios unitarios y mediciones, o memoria técnica valorada, firmados por un técnico competente
- Para obras menores que no afecten a la estructura: presupuesto por partidas
- Declaración responsable de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social (incluida en el formulario de solicitud)
- Aportación de documentación complementaria (opcional)