Subvenciones para actividades de salud pública en Baleares
Subvención para entidades que hagan actividades de salud pública en Baleares
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Consejería de Salud de Baleares para actividades de salud pública
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro, asociaciones de pacientes y centros educativos de las Illes Balears
- Cuánto
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- Importe máximo que puedes solicitar según la línea de la convocatoria
Para el resto de líneas la convocatoria no fija un importe máximo individual; consulta directamente con la administración.Línea Máximo a solicitar Línea 1 (promoción de la salud comunitaria) 7.000€ Línea 2 (centros educativos) 2.000€ Línea 5 (asociaciones de pacientes) 7.000€
- Importe máximo que puedes solicitar según la línea de la convocatoria
- Qué cubre
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- Gastos corrientes propios de la actividad subvencionada
- Salarios del personal que ejecuta directamente la actividad
- Desplazamientos imprescindibles y gastos de infraestructura con límites
El kilometraje se subvenciona como máximo a 0,26€ por kilómetro. Los gastos de infraestructura y mantenimiento (alquiler de local y vehículos, luz, teléfono, gas, agua, limpieza) no pueden superar el 30% del presupuesto total del proyecto. No se financian gastos de capital (mobiliario, ordenadores, televisores, cámaras) ni la amortización.
- Requisitos
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- Eres una persona jurídica privada sin ánimo de lucro con domicilio social en las Illes Balears (o un centro educativo del programa, según la línea)
- Estás legalmente constituido e inscrito en el registro correspondiente
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Dispones de sede o delegación permanente y activa en las Illes Balears y desarrollas la actividad de forma real y efectiva en ese territorio
- Si eres centro educativo, estás desarrollando un proyecto dentro del programa de Centros Educativos Promotores de la Salud
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad o proyecto que fundamenta la concesión y destina el importe a esa actuación
- Justifica toda la actividad y el cumplimiento de los requisitos en el plazo de un mes desde que finalice el proyecto
- Comunica a la Consejería de Salud cualquier otra subvención que solicites u obtengas para el mismo fin, en un plazo de tres días hábiles
- Haz constar de forma destacada la financiación de la Consejería de Salud en tus memorias, publicaciones y actos públicos
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero y facilita toda la información que te requieran
- Conserva los documentos justificativos del gasto mientras puedan ser objeto de comprobación y reintegra los fondos si procede
- Cuándo
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- Abre: 6 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro con domicilio en las Illes Balears
- Promueves la salud en tu comunidad o en colectivos en riesgo de exclusión
- Eres una asociación que capta donantes de sangre en municipios baleares
- Trabajas en prevención del VIH y otras infecciones de transmisión sexual
- Eres una asociación de pacientes que apoya a personas con problemas de salud
- Tu centro educativo participa en el programa de Centros Educativos Promotores de la Salud
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No tienes domicilio social ni sede activa en las Illes Balears
- Tu centro educativo no participa en el programa de Centros Educativos Promotores de la Salud
- Quieres financiar muebles, ordenadores u otros gastos de capital
Cuánto puedes recibir
El importe depende de la línea a la que te presentes. En las líneas 1 y 5 puedes solicitar como máximo 7.000€ y en la línea 2 un máximo de 2.000€, con independencia del presupuesto total de tu proyecto. Para el resto de líneas la convocatoria no fija un máximo individual, así que consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la solicitud y la documentación según los modelos de la convocatoria
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Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dentro de los 15 días hábiles del plazo
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Si te falta documentación, subsánala en el plazo de diez días hábiles cuando te lo requieran
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Espera la propuesta de resolución y comunica si la aceptas o renuncias en diez días hábiles
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Si te conceden la ayuda, justifica la actividad mediante la cuenta justificativa en el plazo de un mes desde que finalice el proyecto
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención según el modelo de la convocatoria
- Cuenta justificativa firmada por la persona beneficiaria o su representante (Anexo 8)
- Memoria de actuación justificativa de las actividades realizadas y los resultados obtenidos
- Memoria económica con la relación clasificada de gastos y las facturas o documentos de valor probatorio equivalente
- Liquidaciones de Seguridad Social e IRPF
- En los centros docentes públicos autonómicos, certificado del director del centro con el detalle de gastos e ingresos (Anexo 9)