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Ayudas Claras
Subvenciones Illes Balears Sanidad
Sanidad Illes Balears Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para actividades de salud pública en Baleares

Subvención para entidades que hagan actividades de salud pública en Baleares

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Consejería de Salud de Baleares para actividades de salud pública
Para quién
Entidades privadas sin ánimo de lucro, asociaciones de pacientes y centros educativos de las Illes Balears
Cuánto
  • Importe máximo que puedes solicitar según la línea de la convocatoria
    LíneaMáximo a solicitar
    Línea 1 (promoción de la salud comunitaria)7.000€
    Línea 2 (centros educativos)2.000€
    Línea 5 (asociaciones de pacientes)7.000€
    Para el resto de líneas la convocatoria no fija un importe máximo individual; consulta directamente con la administración.
Qué cubre
  • Gastos corrientes propios de la actividad subvencionada
  • Salarios del personal que ejecuta directamente la actividad
  • Desplazamientos imprescindibles y gastos de infraestructura con límites

    El kilometraje se subvenciona como máximo a 0,26€ por kilómetro. Los gastos de infraestructura y mantenimiento (alquiler de local y vehículos, luz, teléfono, gas, agua, limpieza) no pueden superar el 30% del presupuesto total del proyecto. No se financian gastos de capital (mobiliario, ordenadores, televisores, cámaras) ni la amortización.

Requisitos
  • Eres una persona jurídica privada sin ánimo de lucro con domicilio social en las Illes Balears (o un centro educativo del programa, según la línea)
  • Estás legalmente constituido e inscrito en el registro correspondiente
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Dispones de sede o delegación permanente y activa en las Illes Balears y desarrollas la actividad de forma real y efectiva en ese territorio
  • Si eres centro educativo, estás desarrollando un proyecto dentro del programa de Centros Educativos Promotores de la Salud
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad o proyecto que fundamenta la concesión y destina el importe a esa actuación
  • Justifica toda la actividad y el cumplimiento de los requisitos en el plazo de un mes desde que finalice el proyecto
  • Comunica a la Consejería de Salud cualquier otra subvención que solicites u obtengas para el mismo fin, en un plazo de tres días hábiles
  • Haz constar de forma destacada la financiación de la Consejería de Salud en tus memorias, publicaciones y actos públicos
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero y facilita toda la información que te requieran
  • Conserva los documentos justificativos del gasto mientras puedan ser objeto de comprobación y reintegra los fondos si procede
Cuándo
  • Abre: 6 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 26 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad privada sin ánimo de lucro con domicilio en las Illes Balears
  • Promueves la salud en tu comunidad o en colectivos en riesgo de exclusión
  • Eres una asociación que capta donantes de sangre en municipios baleares
  • Trabajas en prevención del VIH y otras infecciones de transmisión sexual
  • Eres una asociación de pacientes que apoya a personas con problemas de salud
  • Tu centro educativo participa en el programa de Centros Educativos Promotores de la Salud
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No tienes domicilio social ni sede activa en las Illes Balears
  • Tu centro educativo no participa en el programa de Centros Educativos Promotores de la Salud
  • Quieres financiar muebles, ordenadores u otros gastos de capital

Cuánto puedes recibir

El importe depende de la línea a la que te presentes. En las líneas 1 y 5 puedes solicitar como máximo 7.000€ y en la línea 2 un máximo de 2.000€, con independencia del presupuesto total de tu proyecto. Para el resto de líneas la convocatoria no fija un máximo individual, así que consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la solicitud y la documentación según los modelos de la convocatoria

  2. Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dentro de los 15 días hábiles del plazo

  3. Si te falta documentación, subsánala en el plazo de diez días hábiles cuando te lo requieran

  4. Espera la propuesta de resolución y comunica si la aceptas o renuncias en diez días hábiles

  5. Si te conceden la ayuda, justifica la actividad mediante la cuenta justificativa en el plazo de un mes desde que finalice el proyecto

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención según el modelo de la convocatoria
  • Cuenta justificativa firmada por la persona beneficiaria o su representante (Anexo 8)
  • Memoria de actuación justificativa de las actividades realizadas y los resultados obtenidos
  • Memoria económica con la relación clasificada de gastos y las facturas o documentos de valor probatorio equivalente
  • Liquidaciones de Seguridad Social e IRPF
  • En los centros docentes públicos autonómicos, certificado del director del centro con el detalle de gastos e ingresos (Anexo 9)

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varias solicitudes a distintas líneas?
No. Solo puedes presentar una solicitud de subvención para los programas y actividades de esta convocatoria. Los centros educativos promotores de salud solo pueden solicitar la línea 2 y no el resto de líneas.
¿Qué pasa si no justifico la subvención en plazo?
La Consejería de Salud te requerirá para que la presentes en un plazo improrrogable de quince días. Si no la presentas, te exigirán el reintegro de los fondos y podrás afrontar otras responsabilidades.
¿En cuánto tiempo me resuelven la solicitud?
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Tengo que justificar todo el proyecto para cobrar?
Si justificas solo parcialmente la actividad pero has cumplido en parte la finalidad, se revisa la cuantía y se reduce proporcionalmente a la parte no justificada.

Fuentes oficiales

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