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Ayudas Claras
Subvenciones Ciudad Real Cultura
Cultura Ciudad Real Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades religiosas de Ciudad Real

Subvención para conservar patrimonio cultural de entidades religiosas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Ciudad Real para conservar y adquirir patrimonio cultural religioso
Para quién
Cofradías, hermandades, congregaciones, entidades y asociaciones religiosas de la provincia de Ciudad Real
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Trabajos de rehabilitación, conservación y restauración de bienes muebles e inmuebles
  • Materiales, mano de obra, redacción de proyecto y seguimiento arqueológico de la intervención
  • Adquisición y restauración de bienes patrimoniales muebles
Requisitos
  • Eres una entidad sin ánimo de lucro registrada como cofradía, hermandad, congregación, entidad o asociación religiosa
  • Tu domicilio social radica en la provincia de Ciudad Real
  • Puedes acreditar la titularidad del bien que vas a rehabilitar, conservar o adquirir
  • Presentas un proyecto nuevo o iniciado a partir del 1 de enero de 2026, no subvencionado antes
  • No has recibido subvención para este mismo proyecto en las dos convocatorias anteriores
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actuación de rehabilitación, conservación o adquisición para la que te concedieron la ayuda
  • Coloca en lugar visible de la sede una placa o vinilo con el logotipo de la Diputación indicando la actuación financiada
  • Ejecuta el gasto subvencionable entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
  • Presenta la justificación de la subvención hasta el 10 de diciembre de 2026
  • Custodia los documentos originales a disposición de la Diputación durante cuatro años
Cuándo
  • Abre: 4 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 3 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una cofradía, hermandad o congregación religiosa de la provincia de Ciudad Real
  • Eres una entidad o asociación religiosa sin ánimo de lucro registrada legalmente
  • Tu domicilio social está en la provincia de Ciudad Real
  • Quieres rehabilitar, conservar o restaurar un bien patrimonial religioso
  • Quieres adquirir o restaurar un bien mueble patrimonial religioso
  • Tu proyecto es nuevo o se ha iniciado a partir del 1 de enero de 2026
  • Eres una asociación cultural o de otro tipo que no sea religiosa demostrable
  • Tu entidad tiene domicilio social fuera de la provincia de Ciudad Real
  • Tu proyecto se inició antes del 1 de enero de 2026
  • Ya recibiste subvención para este mismo proyecto en las dos ediciones anteriores
  • No puedes acreditar la titularidad del bien sobre el que quieres actuar

Cuánto puedes recibir

Al ser una convocatoria de concurrencia competitiva, el importe es a priori incierto: tu solicitud puede ser subvencionada íntegra o parcialmente. La cuantía concreta por solicitante no está especificada; consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el proyecto y la documentación técnica según se trate de rehabilitación, conservación o adquisición

  2. Solicita la autorización de la Diócesis de Ciudad Real si actúas sobre un bien patrimonial religioso católico

  3. Cumplimenta el Anexo I con la memoria y el presupuesto detallado y desglosado por conceptos

  4. Presenta una única solicitud por entidad, exclusivamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Diputación

  5. Si te lo requieren, subsana los defectos en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención con memoria y presupuesto detallado (Anexo I)
  • Ficha de tercero firmada y sellada por la entidad bancaria (Anexo II), solo si eres nueva entidad o cambiaste datos
  • Tarjeta de Identificación Fiscal con el NIF correspondiente
  • Estatutos actualizados de la entidad, aprobados o sellados por el Obispado o por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
  • Justificante de registro como entidad o asociación religiosa
  • Documentación técnica según se trate de rehabilitación, conservación o adquisición (proyecto, planos, fotografías, presupuesto)
  • Justificación de la titularidad del bien o, en su caso, acuerdo de cesión
  • Autorización de la Diócesis de Ciudad Real para actuar sobre el bien
  • Certificado de situación censal cuando proceda

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de una solicitud por mi entidad?
No. Dado el objeto de la convocatoria, cada entidad presenta una única solicitud.
¿Cómo tengo que presentar la solicitud?
Exclusivamente por medios electrónicos, a través de la sede electrónica de la Diputación. La presentación en papel se considera defectuosa.
Ya me concedieron esta ayuda para este proyecto en convocatorias anteriores, ¿puedo volver a pedirla?
Si te la concedieron en las dos ediciones anteriores para ese proyecto, no puedes volver a solicitarla para él. Si no se ejecutó, sí puedes volver a presentarlo.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, pero la suma de todas las ayudas no puede superar el coste del programa presupuestado por tu entidad; en ese caso la cuantía se puede modificar.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
El plazo de justificación finaliza el 10 de diciembre de 2026, y los gastos subvencionables van del 1 de enero al 30 de noviembre de 2026.

Fuentes oficiales

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