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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Agricultura
Agricultura Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para replantar parcelas afectadas por Xylella

Ayuda para agricultores valencianos que replanten parcelas afectadas por Xylella

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Generalitat Valenciana para replantar parcelas frutales destruidas por la bacteria Xylella fastidiosa
Para quién
Titulares de explotaciones agrícolas y agrupaciones de la Comunitat Valenciana con parcelas afectadas por la Xylella fastidiosa
Cuánto
Cubre el 100% de la inversión subvencionable, con los importes máximos del anexo de la convocatoria
Qué cubre
  • Las operaciones de replantación de la parcela con vegetales no sensibles a la bacteria
  • En su caso, la instalación de riego localizado en las parcelas replantadas
Requisitos
  • Eres titular de una explotación agrícola con una parcela afectada por la Xylella fastidiosa
  • La parcela está en la zona infectada de la zona demarcada o su cultivo fue destruido por las medidas fitosanitarias
  • Replantas con vegetales no sensibles a la subespecie multiplex, o sensibles que figuren en el listado aprobado
  • Te dedicas a la producción agrícola primaria
  • Acreditas la titularidad de la explotación según tu régimen de tenencia de la parcela
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destruye el material vegetal existente en la parcela según las instrucciones de la Conselleria
  • Aplica las medidas fitosanitarias ordenadas y colabora en el control y erradicación de la bacteria
  • Replanta con alguna de las especies vegetales permitidas por la normativa de esta ayuda
  • Ejecuta las inversiones y presenta la documentación justificativa en un plazo de doce meses desde la concesión
  • Da publicidad al carácter público de la financiación incluyendo el logotipo de la Generalitat Valenciana
  • Colabora en los controles e inspecciones y facilita la documentación que te requieran
Cuándo
  • Abre: 1 de enero de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una explotación agrícola en la Comunitat Valenciana
  • Tu parcela frutícola fue destruida por medidas contra la Xylella fastidiosa
  • Tu parcela está en la zona infectada de la zona demarcada de Xylella fastidiosa
  • Vas a replantar con vegetales no sensibles a la subespecie multiplex de la bacteria
  • Te dedicas a la producción agrícola primaria
  • Ya has recibido 50.000€ en ayudas de minimis en los últimos tres años
  • El importe de tu ayuda quedaría por debajo de 300 euros
  • Tu ayuda se fija sobre el precio o la cantidad de productos comercializados
  • Solicitas ayuda para actividades de exportación a otros países
  • Tu ayuda está condicionada a usar productos nacionales en lugar de importados

Cuánto puedes recibir

Recibes el 100% de la inversión subvencionable de la replantación, hasta los importes máximos que figuran en el anexo de la convocatoria. Una misma empresa no puede acumular más de 50.000€ en ayudas de minimis durante tres años, y las solicitudes cuyo importe a conceder sea inferior a 300€ no se tramitan. El pago se realiza una vez justificadas las inversiones realizadas.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el presupuesto o facturas proforma de la replantación con el vivero autorizado y las unidades a replantar

  2. Si la inversión subvencionable supera los 6.000€, consigue al menos tres ofertas de proveedores distintos

  3. Acredita la titularidad de la explotación según tu régimen de tenencia de la parcela

  4. Presenta la solicitud con el modelo normalizado en la sede electrónica de la Generalitat

  5. Firma la solicitud con el certificado digital de la persona o entidad solicitante o de su representante

Documentación necesaria

  • Acreditación de la identidad de la persona jurídica solicitante y, en su caso, de su representante
  • Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Acreditación de la titularidad de la explotación según el régimen de tenencia
  • Presupuesto o facturas proforma de la replantación y, en su caso, de la instalación de riego localizado
  • Tres ofertas de diferentes proveedores cuando la inversión subvencionable supere los 6.000 euros
  • Documentos del derecho o concesión de agua de riego cuando se instale riego localizado
  • Declaración de ayudas de minimis recibidas
  • Acreditación de agricultor profesional o de explotación agraria prioritaria, cuando proceda

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje del coste de la replantación me cubre la ayuda?
La ayuda cubre el 100% de la inversión subvencionable incluida en tu solicitud, con los importes máximos que figuran en el anexo de la convocatoria.
¿Hay un límite a lo que puedo recibir?
Sí. Al ser una ayuda de minimis, una misma empresa no puede recibir más de 50.000 euros durante cualquier período de tres años.
¿Qué pasa si el importe que me corresponde es muy pequeño?
Si el importe propuesto para conceder en tu solicitud es inferior a 300 euros, no se tramita y se archiva el expediente, comunicándotelo previamente.
¿Cuándo cobro la ayuda?
El pago se realiza una vez justificadas las inversiones. Tienes un plazo máximo de doce meses desde la notificación de la concesión para ejecutar las inversiones y presentar la documentación justificativa.
¿Necesito pedir varios presupuestos?
Si la inversión subvencionable supera los 6.000 euros, debes aportar al menos tres ofertas de proveedores distintos y elegir la más económica o justificar otra elección.

Fuentes oficiales

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