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Ayudas Claras
Subvenciones Canarias Agricultura
Agricultura Canarias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda a la leche de cabra y oveja local en Canarias

Pago por tonelada de leche de cabra y oveja de origen local en Canarias

Lo que significa

Qué es
Ayuda de la Consejería de Agricultura de Canarias a la producción de leche de cabra y oveja de origen local
Para quién
Industrias lácteas y queserías artesanales de Canarias y productores de leche de cabra y oveja del archipiélago
Cuánto
  • Pago por tonelada de leche entera de cabra y oveja de origen local
    QuiénImporte por tonelada
    Industria láctea y queserías artesanales66€ por tonelada adquirida a ganaderos locales
    Productor de leche283€ por tonelada entregada a la industria
    Productor en Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, La Palma o El Hierro293€ por tonelada entregada
    El productor recibe un 10% adicional si ha percibido la ayuda a la instalación de jóvenes agricultores y mantiene esa condición.
Qué cubre
  • Leche de cabra y oveja de origen local destinada al consumo humano
  • Elaboración de yogur, queso y otros productos lácteos, excepto la leche en polvo
Requisitos
  • Si eres industria o quesería, estar establecida en Canarias y elaborar los productos con leche de cabra y oveja del archipiélago
  • Disponer del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos o estar inscrito en el registro autonómico de comercios al por menor
  • Si eres productor, ser titular de una explotación de caprino u ovino inscrita y actualizada en el registro ganadero canario, con los animales identificados
  • Si eres productor, entregar tu producción a la industria transformadora o quesería artesanal
  • Si eres productor, tener la condición de agricultor activo durante la campaña 2026
  • Llevar un registro de la cantidad de leche producida diariamente
Obligaciones
  • Presentar las declaraciones obligatorias sobre la leche y los productos lácteos comercializados
  • Las industrias artesanales presentan la declaración del primer semestre antes del 20 de julio de 2026 y la anual antes del 20 de enero de 2027
  • Aportar la documentación bancaria que acredite la titularidad de tu cuenta si no la entregaste tras la campaña 2020
  • Conservar y aportar las facturas y la información que el órgano instructor requiera para los controles
  • Permitir los controles administrativos y sobre el terreno y facilitar la información adicional que se solicite
Cuándo
  • Abre: 29 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 31 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes una industria láctea o quesería artesanal en Canarias
  • Elaboras leche, yogur o queso con leche de cabra u oveja del archipiélago
  • Eres productor de leche de cabra u oveja en Canarias
  • Entregas tu producción a una industria transformadora o quesería artesanal
  • Tu explotación está inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias
  • Tu industria o quesería no está establecida en Canarias
  • La leche que utilizas no procede de cabra u oveja del archipiélago
  • No tienes la condición de agricultor activo durante la campaña 2026
  • Tu explotación no está inscrita y actualizada en el registro ganadero canario
  • Elaboras leche en polvo

Cuánto puedes recibir

Cobras una cantidad por cada tonelada de leche entera de cabra y oveja de origen local. Las industrias lácteas y queserías reciben 66€ por tonelada adquirida a los ganaderos. Los productores reciben 283€ por tonelada entregada a la industria, que sube a 293€ si su explotación está en Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, La Palma o El Hierro. Si eres productor que percibió la ayuda a la instalación de jóvenes agricultores y mantienes esa condición, se te suma un 10%. El pago se realiza entre el 1 de diciembre de 2026 y el 30 de junio de 2027.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredite las cantidades de leche y la titularidad de tu cuenta bancaria

  2. Presenta la solicitud en forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias

  3. Solicita la ayuda de la leche del primer semestre entre el 1 y el 31 de julio de 2026

  4. Solicita la ayuda de la leche del segundo semestre entre el 1 y el 31 de enero de 2027

  5. Aporta la información adicional que te requieran para los controles

Documentación necesaria

  • Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente
  • Relación detallada de las facturas que justifican las compras de leche (Anexo III)
  • Relación detallada de las facturas de venta de los productos elaborados (Anexo III)
  • Relación de la cantidad de leche producida y productos elaborados diariamente (Anexo IV)
  • Declaración del volumen de almacenaje de productos en proceso de maduración (Anexo V)
  • Listado certificado de productores y cantidades aportadas si la factura está a nombre de una cooperativa o sociedad agraria de transformación (Anexo VI)

Preguntas frecuentes

¿Recibo un importe distinto si mi explotación está en una isla no capitalina?
Sí. Los productores cobran 283€ por tonelada con carácter general, pero 293€ por tonelada si su explotación está en Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, La Palma o El Hierro.
¿Cómo se presenta la solicitud?
Se presenta en forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, ajustada a los modelos normalizados disponibles en dicha sede.
¿En cuántos plazos puedo solicitar la ayuda?
En dos: del 1 al 31 de julio de 2026 para la leche utilizada entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2026, y del 1 al 31 de enero de 2027 para la del segundo semestre.
¿Cuándo se cobra la ayuda?
El pago se abona en la cuenta indicada en la solicitud entre el 1 de diciembre de 2026 y el 30 de junio de 2027, mediante dos abonos, uno por semestre solicitado.

Fuentes oficiales

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