Ayuda a las almazaras de Gran Canaria por la falta de aceituna
Compensación a almazaras de Gran Canaria por la falta de producción de aceite
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Cabildo de Gran Canaria para titulares de almazaras privadas afectadas por la falta de aceituna local
- Para quién
- Personas físicas o jurídicas titulares de almazaras de carácter privado situadas en Gran Canaria
- Cuánto
- Compensa el 80% de los costes fijos y de mantenimiento, referidos a dos campañas
- Qué cubre
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- Costes fijos y de mantenimiento de la almazara, referidos a dos campañas
- La pérdida de ingresos por la ausencia de producción de aceite entre 2021/2022 y 2024/2025
- Requisitos
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- Eres titular de una almazara de carácter privado situada en Gran Canaria
- Tu almazara figura inscrita en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias o en el Registro Sanitario Autonómico
- Has desarrollado actividad en al menos dos campañas del periodo 2021/2022 a 2024/2025
- Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
- Estás dado de alta en el sistema contable del Cabildo con tus datos bancarios en formato IBAN
- No tienes ayudas de minimis que superen los 50.000€ en los tres años previos
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Permite las visitas de control sobre el terreno en tu explotación hasta el 30 de noviembre de 2026
- Comunica cualquier alteración en las circunstancias y requisitos que se tuvieron en cuenta para la concesión
- Comunica si recibes nuevas ayudas para la misma finalidad
- Cumple las normas de medio ambiente, higiene y bienestar animal vigentes
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control que practiquen los órganos competentes
- Si procede el reintegro, devuelve las cantidades con sus intereses de demora
- Cuándo
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- Abre: 2 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 29 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de una almazara privada situada en Gran Canaria
- Tu almazara está inscrita en el Registro Sanitario de empresas alimentarias
- Desarrollaste actividad en al menos dos campañas entre 2021/2022 y 2024/2025
- Sufriste pérdidas por la falta de aceituna de origen local en esas campañas
- Estás al corriente de tus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social
- No eres titular de una almazara de carácter privado en Gran Canaria
- Tu almazara no está inscrita en ningún registro sanitario de alimentos
- Solo desarrollaste actividad en una campaña del periodo 2021/2022 a 2024/2025
- Tienes subvenciones pendientes de justificar con el Cabildo de Gran Canaria
- Ya recibiste otra ayuda con el mismo objeto que resulta incompatible
Cuánto puedes recibir
La ayuda compensa el 80% de los costes fijos y de mantenimiento de tu almazara, referidos a dos campañas. Está sujeta al régimen de minimis: el total de estas ayudas que hayas recibido en los tres años previos no puede superar los 50.000€.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación general y específica que exige la convocatoria
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Cumplimenta el modelo de solicitud (Anexo I) y el Anexo II con los datos de la almazara
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Presenta la solicitud preferentemente de forma telemática en la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria
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Subsana en 10 días hábiles si el órgano competente te lo requiere
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo I)
- Anexo II con los datos de la almazara
- Documento de identidad del solicitante (DNI, NIE o pasaporte)
- Documentación acreditativa de la representación, en el caso de personas jurídicas o representantes
- Tarjeta de identificación fiscal (solo personas jurídicas)
- Estatutos o escritura de constitución y acuerdo de solicitar la subvención (solo personas jurídicas)
- Alta o modificación de terceros con los datos bancarios en formato IBAN
- Certificación de inscripción en el Registro Sanitario Autonómico, si solo figura inscrita en él
- Documentación que acredite la venta de aceite o trabajos de mantenimiento de la maquinaria en al menos dos campañas (facturas, albaranes, registros contables o declaraciones fiscales)
- Documentación de las características de la maquinaria de la almazara (marca, modelo y capacidad de molturación en kg/h)