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Ayudas Claras
Subvenciones Navarra Educación
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Subvención para euskaltegis de euskera a adultos en Navarra

Subvención a entidades de Navarra que enseñan euskera a personas adultas en 2026-2027.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de Euskarabidea para entidades de Navarra que enseñan euskera a personas adultas.
Para quién
Entidades jurídicas radicadas en Navarra cuya finalidad principal es la enseñanza del euskera a personas adultas.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Gastos de personal del profesorado que imparte las clases y de los gastos generales de la actividad
  • Gastos del personal de dirección, responsables didácticos, personal administrativo, de informática y de actividades complementarias
Requisitos
  • Tu entidad jurídica está radicada en la Comunidad Foral de Navarra
  • La enseñanza del euskera figura entre las finalidades principales de la entidad
  • Cuentas con medios propios y programación propia para esa enseñanza
  • Tu entidad está inscrita en el fichero de centros de enseñanza de adultos de euskaltegis y gau-eskolas
  • El profesorado tiene un nivel de euskera equivalente al C1 o C2 del Marco Común Europeo de Referencia
  • En centros con más de 50 personas de alumnado, la mitad del profesorado tiene además titulación universitaria de grado, diplomatura, ingeniería o arquitectura técnica o equivalente
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la documentación justificativa académica y económica en los cuatro plazos fijados a lo largo del curso
  • Entrega al finalizar el curso una memoria del periodo de septiembre de 2026 a agosto de 2027
  • Lleva una ficha de registro con los datos de evaluación continua y asistencia del alumnado
  • Conserva las pruebas de evaluación durante un año desde su realización
  • Presenta la declaración de transparencia en el plazo de un mes si tu entidad está sujeta a esa obligación
  • Haz constar en la propaganda de los cursos la financiación del Gobierno de Navarra e incluye su logo
Cuándo
  • Abre: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 3 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad jurídica está radicada en la Comunidad Foral de Navarra
  • La enseñanza del euskera figura entre las finalidades principales de tu entidad
  • Cuentas con medios propios y programación propia para enseñar euskera
  • Estás o vas a inscribirte en el fichero de euskaltegis y gau-eskolas
  • Impartes enseñanza de euskera a personas adultas durante el curso 2026-2027
  • Tu entidad no está radicada en la Comunidad Foral de Navarra
  • La enseñanza del euskera no figura entre las finalidades principales de tu entidad
  • Eres una persona física que busca aprender euskera (la ayuda es para los centros)
  • No cuentas con profesorado con nivel equivalente a C1 o C2 de euskera

Cuánto puedes recibir

La subvención se calcula repartiendo la dotación disponible entre las solicitudes presentadas en plazo y forma mediante módulos generales por alumnado-hora, y nunca supera el déficit declarado por cada entidad ni el coste de la actividad. El importe que corresponde a cada entidad no está especificado en la convocatoria; consulta directamente con la administración. El pago se realiza tras presentar la documentación justificativa de cada periodo.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Inscribe tu entidad en el fichero de euskaltegis y gau-eskolas si aún no lo estás, solicitándolo a Euskarabidea

  2. Reúne la documentación de la entidad, el presupuesto de ingresos y gastos y los datos de grupos, profesorado y alumnado

  3. Cumplimenta el formulario web y la ficha del Anexo II, para lo que necesitas certificado digital y Dirección Electrónica Habilitada Única

  4. Presenta la solicitud de forma telemática desde el catálogo de trámites de la sede del Gobierno de Navarra entre el 1 de octubre y el 3 de noviembre de 2026

  5. Subsana la solicitud en diez días hábiles si te lo requieren por faltar algún documento

Documentación necesaria

  • Datos de la entidad: nombre o denominación, domicilio, localidad y NIF
  • Datos de la persona responsable de la entidad
  • Solicitud de subvención para el periodo de septiembre de 2026 a agosto de 2027 con la ficha del Anexo II cumplimentada
  • Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad a subvencionar
  • Características académicas de los grupos del centro (Anexo III)
  • Datos del profesorado y copia de sus títulos de euskera (Anexo VIII)
  • Datos del alumnado, estimación para todo el curso (Anexo XI)

Preguntas frecuentes

¿Puedo combinar esta subvención con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones de la propia Administración, de otras administraciones públicas, de entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales. En ningún caso la suma con otras ayudas e ingresos puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si imparto menos horas de las previstas?
Si tras la justificación la suma de horas impartidas es inferior a la estimada para la concesión, la cantidad total a recibir se reduce de forma proporcional según la modalidad de curso a la que pertenezcan esas horas.
¿Qué ocurre si presento la solicitud incompleta?
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se te requerirá para que en un plazo de diez días hábiles subsanes la falta o aportes los documentos preceptivos; si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuándo se cobra la subvención?
Se abonan las cantidades correspondientes al gasto justificado tras presentar la documentación justificativa de cada periodo, sin que la cantidad abonada pueda superar la concedida para el año en que se realiza el abono.

Fuentes oficiales

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