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Ayudas Claras
Subvenciones Illes Balears I+D+i
I+D+i Illes Balears Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para incorporar investigadores júnior en Baleares

Cinco ayudas a centros de Baleares para contratar investigadores júnior cinco años.

Lo que significa

Qué es
Ayudas en concurrencia competitiva para que centros de investigación de las Illes Balears contraten investigadores júnior cinco años.
Para quién
Universidades públicas, organismos públicos de investigación, entidades sanitarias públicas, fundaciones vinculadas y asociaciones de investigación.
Cuánto
  • Importe subvencionado por cada contrato, más una ayuda adicional para la propuesta científica.
    ConceptoImporte
    Importe subvencionado por contrato y año (cinco anualidades)49.976,25€
    Indemnización por expiración del contrato10.416,67€
    Ayuda adicional para gastos de la propuesta científica20.000,00€
    La dotación mínima de cada contrato es de 66.635,00€ por cada una de las cinco anualidades, con una retribución mínima de 50.000,00€ brutos anuales.
Qué cubre
  • Cofinanciación del salario bruto y la cuota empresarial de la Seguridad Social del investigador contratado
  • La indemnización por final de contrato, si procede
  • Gastos de la propuesta científica: material inventariable y fungible, viajes y dietas, y publicación y difusión de resultados
Requisitos
  • Tu entidad tiene oficina o domicilio social en las Illes Balears y desarrollará allí la actividad
  • Tu entidad está válidamente constituida e inscrita y tiene capacidad para cumplir la actuación
  • El investigador tiene una experiencia postdoctoral destacada de entre 3 y 10 años
  • El investigador obtuvo el grado de doctor entre el 1 de enero de 2013 y el 1 de enero de 2023
  • El investigador ha hecho investigación fuera de las Illes Balears al menos dos años tras doctorarse
  • El investigador no ha tenido vínculo indefinido con un centro balear en los seis meses previos
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Formaliza el contrato de trabajo con el investigador por la duración para la que se concede la ayuda
  • Justifica el gasto cada año mediante una cuenta justificativa firmada
  • Conserva todos los justificantes de pago y colabora con las instituciones de control
  • Presenta junto a los certificados anuales una memoria de las tareas desarrolladas
  • Avisa al órgano instructor con al menos diez días hábiles de cualquier acto público del proyecto
  • Reintegra los fondos recibidos en los casos previstos o si renuncias tras el pago
Cuándo
  • Abre: 3 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una universidad pública o un organismo público de investigación de las Illes Balears
  • Eres una entidad sanitaria pública o fundación vinculada a un centro público de investigación
  • Eres una asociación sin ánimo de lucro que recoge la investigación en sus estatutos
  • Tu entidad tiene oficina o domicilio social en las Illes Balears
  • Quieres incorporar a un investigador júnior con un contrato de cinco años
  • Tu entidad no tiene oficina ni domicilio social en las Illes Balears
  • La actividad de investigación no se desarrollará en las Illes Balears
  • Tu entidad ha sido sancionada con la pérdida de poder obtener subvenciones
  • El investigador obtuvo el doctorado fuera del periodo entre 2013 y 2023
  • El investigador no ha trabajado al menos dos años fuera de Baleares tras doctorarse

Cuánto puedes recibir

Por cada contrato recibes 49.976,25€ subvencionados en cada una de las cinco anualidades, más 10.416,67€ por la indemnización si expira el contrato. Además, por cada investigador contratado se concede una ayuda adicional de 20.000,00€ para los gastos de la propuesta científica. La dotación mínima de cada contrato es de 66.635,00€ por anualidad, con una retribución mínima de 50.000,00€ brutos al año.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu entidad y del investigador candidato

  2. Cumplimenta el formulario normalizado y fírmalo electrónicamente como representante legal

  3. Presenta la solicitud por el trámite telemático en la sede electrónica del organismo

  4. Si te lo requieren, subsana las carencias en el plazo de diez días hábiles

  5. Si te conceden la ayuda, presenta la aceptación y formaliza el contrato con el investigador

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud normalizado firmado electrónicamente
  • Documentación institucional de la entidad (creación o reconocimiento, estatutos sociales)
  • Acreditación de la representación de quien firma la solicitud
  • Certificado o acreditación de una cuenta bancaria a nombre de la entidad
  • Copia del título de doctor o de la certificación académica del investigador
  • Memoria científico-técnica de la propuesta

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir la ayuda, el investigador o el centro?
La solicita la entidad beneficiaria (un centro de investigación o asociación), no el investigador. La entidad es la que contrata al investigador júnior.
¿Cuánto dura el contrato del investigador?
Cinco años contados desde la fecha de incorporación del investigador a su puesto de trabajo.
¿Cómo se presenta la solicitud?
Solo por el trámite telemático de la sede electrónica del organismo, firmada electrónicamente por el representante legal. No se admiten solicitudes por otra vía.
¿Qué pasa si no justifico la totalidad de la ayuda?
Se inicia el procedimiento de reintegro del importe no justificado y debes devolverlo a la Tesorería de la comunidad autónoma.
¿En qué fecha debe incorporarse el investigador?
Como máximo dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la concesión, salvo que la entidad justifique una fecha posterior antes de ese plazo.

Fuentes oficiales

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