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Ayudas Claras
Subvenciones Andalucía Cultura
Cultura Andalucía Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para producir espectáculos de danza en Andalucía

Subvención de hasta 50.000€ para producir espectáculos de danza en Andalucía

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales para proyectos de producción anual de danza
Para quién
Personas físicas, empresas privadas y entidades asociativas del sector de las artes escénicas en Andalucía
Cuánto
La subvención será como máximo de 50.000€, sin superar el 75% del presupuesto aceptado del proyecto
Qué cubre
Proyectos de producción anual de espectáculos de danza
Requisitos
  • Eres persona física o jurídica privada legalmente constituida, o una entidad asociativa legalmente constituida
  • Te encuentras en la situación profesional que fundamenta la concesión de la subvención
  • Dispones de un establecimiento o una sucursal en Andalucía en el momento en que las ayudas se hagan efectivas
  • Tu proyecto no se basa exclusiva o principalmente en espectáculos de flamenco
  • Tu proyecto alcanza al menos 60 puntos en la valoración técnico-artística
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto conforme a los términos de la solicitud presentada
  • Relaciónate con la Agencia exclusivamente por medios electrónicos durante toda la tramitación
  • Justifica la aplicación de la ayuda en los 3 meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución
  • Presenta cuenta justificativa simplificada o, si la subvención es igual o superior a 60.000€, con informe de auditor
  • Comunica a la Agencia los servicios que vayas a contratar con personas o entidades vinculadas a ti
Cuándo
  • Abre: 1 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 22 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una persona física que produce espectáculos de danza
  • Tu empresa o entidad cultural produce danza profesional
  • Tienes un establecimiento o sucursal en Andalucía
  • Vas a desarrollar un proyecto de producción anual de danza
  • Eres una entidad asociativa legalmente constituida del sector escénico
  • No tienes establecimiento ni sucursal en Andalucía
  • Tu proyecto se basa exclusiva o principalmente en flamenco
  • Tu proyecto no es de producción de danza (es teatro, circo o distribución)
  • Eres una empresa sujeta a una orden de recuperación de ayudas pendiente
  • Eres una empresa en crisis

Cuánto puedes recibir

La subvención que se conceda será como máximo de 50.000€, sin que pueda superar el 75% del presupuesto aceptado del proyecto. Como las solicitudes compiten entre sí, la cantidad final se ajusta según la puntuación obtenida y el crédito disponible mediante prorrateo. El pago se hace en dos veces: un 50% tras la resolución de concesión y el 50% restante tras justificar el gasto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria o dossier del proyecto y el presupuesto con su plan de financiación

  2. Cumplimenta el formulario de solicitud (Anexo I) de la línea de danza

  3. Presenta la solicitud por medios telemáticos en la sede electrónica de la Junta de Andalucía dentro del plazo de 15 días hábiles

  4. Subsana tu solicitud si la Agencia te lo requiere, en el plazo que te indiquen

  5. Reformula tu proyecto y presenta alegaciones en el trámite de audiencia si la cuantía propuesta es inferior a la solicitada

  6. Espera la resolución de concesión, que se dicta en un plazo máximo de seis meses

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (Anexo I)
  • Memoria o dossier del proyecto a desarrollar
  • Presupuesto y plan de financiación
  • Autorización de las autorías implicadas en la obra
  • Solicitud de autorización de gastos por servicios de personas o entidades vinculadas, si las hay
  • Formulario de alegaciones, reformulación y aportación de documentos (Anexo II)

Preguntas frecuentes

¿Quién decide cuánto dinero me dan exactamente?
Las solicitudes compiten entre sí. Una Comisión de Valoración puntúa cada proyecto y, si los importes solicitados superan el crédito disponible, se aplica un prorrateo proporcional a la puntuación obtenida, respetando el tope de 50.000€ y el 75% del presupuesto aceptado.
¿Necesito alcanzar una puntuación mínima?
Sí. Tu proyecto debe obtener al menos 60 puntos en la valoración para poder ser beneficiario.
¿Cómo cobro la ayuda?
Se paga en dos veces: un primer pago del 50% tras la resolución de concesión y el 50% restante tras justificar que has aplicado la ayuda a su finalidad.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
Sí, en esta convocatoria se permite presentar más de una solicitud en las líneas o sublíneas convocadas, y elegir entre las distintas subvenciones si resultas beneficiario provisional en varias.
¿Qué pasa si me declaran beneficiario pero la cuantía es menor de la que pedí?
Puedes reformular tu solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención que se te propone, usando el formulario Anexo II en el trámite de audiencia.

Fuentes oficiales

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