Subvención para producir teatro, danza y circo en Andalucía
Subvención de hasta 125.000€ para producir espectáculos escénicos en Andalucía
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales para producir espectáculos escénicos.
- Para quién
- Personas físicas, empresas y entidades asociativas privadas del sector escénico con sede en Andalucía.
- Cuánto
- Subvención máxima de 125.000€, sin superar el 75% del presupuesto aceptado del proyecto
- Qué cubre
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- Proyectos de producción bienal de espectáculos de teatro, danza o circo
- Espectáculos dirigidos a público adulto, infantil o juvenil
- Requisitos
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- Eres persona física, persona jurídica privada o entidad asociativa legalmente constituida
- Dispones de un establecimiento o sucursal en Andalucía cuando se hagan efectivas las ayudas
- Tu proyecto obtiene al menos 60 puntos en la valoración técnico-artística
- Tu proyecto no se basa exclusiva o principalmente en espectáculos de flamenco
- No eres una empresa en crisis ni tienes pendiente una orden de recuperación de ayudas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto conforme a los términos de la solicitud presentada
- Relaciónate con la Agencia por medios electrónicos durante toda la tramitación
- Justifica la aplicación de la subvención en los 3 meses siguientes al fin del plazo de ejecución
- Presenta informe de auditor en la justificación si la subvención es igual o superior a 60.000€
- Solicita autorización si subcontratas la actividad con personas o entidades vinculadas
- Cuándo
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- Abre: 1 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 22 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una persona física, empresa o entidad asociativa privada del sector escénico
- Dispones de un establecimiento o sucursal en Andalucía
- Quieres producir un espectáculo bienal de teatro, danza o circo
- Tu proyecto se dirige a público adulto, infantil o juvenil
- Tu proyecto se basa exclusiva o principalmente en espectáculos de flamenco
- Eres una administración pública o entidad sin carácter privado
- No tienes establecimiento ni sucursal en Andalucía cuando se hagan efectivas las ayudas
- Tu empresa está en crisis o tiene pendiente una orden de recuperación de ayudas
Cuánto puedes recibir
La subvención máxima que se concede es de 125.000€, sin que pueda superar el 75% del presupuesto aceptado del proyecto. El pago se hace en dos veces: un 50% tras la resolución de concesión y el 50% restante tras justificar que has aplicado la ayuda a su finalidad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria o dossier del proyecto, el presupuesto y el plan de financiación
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Cumplimenta el formulario de solicitud (Anexo I) y autobaremo tu proyecto
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Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la Junta de Andalucía
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Subsana la documentación en el plazo indicado si te lo requieren
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Presenta alegaciones o reformula tu solicitud en el trámite de audiencia si procede
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud (Anexo I)
- Memoria del proyecto o dossier
- Presupuesto y plan de financiación
- Autorización de gastos por servicios de personas o entidades vinculadas
- Autorización de las autorías implicadas en la obra
- Formulario de alegaciones, reformulación y presentación de documentos (Anexo II)