Ayudas a cooperativas y sociedades laborales en Galicia
Cubre hasta el 80% de los gastos, con un máximo total de 46.000€
Lo que significa
- Qué es
- Subvención de la Xunta de Galicia para cooperativas y sociedades laborales que crean o transforman su negocio
- Para quién
- Cooperativas y sociedades laborales gallegas creadas en los tres años anteriores a la solicitud
- Cuánto
-
- Cubre el 80% de los gastos (constitución por falta de relevo) o el 60% (autónomos o transformación), con topes por concepto y un máximo total de 46.000€
Concepto Límite Asesoramiento legal para la constitución o transformación 4.000€ Imagen corporativa, certificaciones, marketing, plan de protección de datos (cada uno) 5.000€ Alquiler del centro de trabajo 8.000€ y máximo 12 mensualidades Seguros de responsabilidad civil (en conjunto) 500€ Límite general por entidad 30.000€ Incremento por cada condición cumplida (rural, mayoría de mujeres, menores de 30, etc.) 2.000€, máximo 16.000€ Ayuda total por entidad 46.000€
- Cubre el 80% de los gastos (constitución por falta de relevo) o el 60% (autónomos o transformación), con topes por concepto y un máximo total de 46.000€
- Qué cubre
-
- Asesoramiento legal, gastos de registro y notaría para la constitución o transformación
- Inversiones como equipamiento informático, software y páginas web, maquinaria, mobiliario, vehículos y reforma del local
- Alquiler del centro de trabajo, seguros de responsabilidad civil, imagen corporativa, marketing y mejora de la eficiencia energética
- Requisitos
-
- Tu cooperativa o sociedad laboral se ha creado en los tres años anteriores a la solicitud y está inscrita en el registro correspondiente
- La entidad se ha constituido por falta de relevo generacional, por personas autónomas, o por transformación o adquisición de otra sociedad
- Tenéis capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda
- Estáis al día en vuestras obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Estáis al día en la presentación de documentos, cuentas anuales e inscripción de acuerdos sociales en los registros
- No habéis sido sancionados con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención
- Justificar ante el órgano que concede la ayuda el cumplimiento de los requisitos, la realización de la actividad y de su finalidad
- Ejecutar las acciones e inversiones dentro del periodo entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026
- Presentar la solicitud de pago y justificación como máximo el 10 de noviembre de 2026
- Destinar las inversiones a centros de trabajo situados en Galicia
- Llevar una contabilidad separada que identifique los gastos financiados con esta ayuda
- Cuándo
-
- Abre: 22 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu cooperativa o sociedad laboral se creó en los tres años anteriores a la solicitud
- Habéis constituido la entidad por falta de relevo generacional de un negocio anterior
- Sois personas autónomas que os habéis unido en una cooperativa o sociedad laboral
- Habéis transformado vuestra sociedad o adquirido sus participaciones para convertirla
- Vuestro centro de trabajo está situado en Galicia
- Tu entidad se constituyó hace más de tres años antes de presentar la solicitud
- Tu centro de trabajo está fuera de Galicia
- No estás al día en tus obligaciones con Hacienda o la Seguridad Social
- Has sido sancionado con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones
- Pides ayuda para la misma finalidad ya cubierta por otra subvención pública o privada
Cuánto puedes recibir
La ayuda cubre el 80% del coste total de los gastos subvencionables si tu entidad se constituyó por falta de relevo generacional, o el 60% si se creó por personas autónomas o por transformación de otra sociedad. Cada concepto tiene su tope (por ejemplo, 4.000€ para el asesoramiento legal o 8.000€ para el alquiler), con un límite general de 30.000€. Esa cantidad puede aumentar en 2.000€ por cada condición que cumplas (sede en concello rural, mayoría de mujeres, personas menores de 30 años, con discapacidad, trans, emigrantes retornadas o mayores de 45), hasta un máximo de 16.000€ adicionales. La ayuda total no podrá superar los 46.000€. Puedes recibir un anticipo de hasta el 80% del importe concedido.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Comprueba que tu cooperativa o sociedad laboral cumple los requisitos y está inscrita en el registro
-
Reúne las facturas o, si aún no has hecho el gasto, los presupuestos o facturas pro forma
-
Presenta la solicitud electrónicamente en la sede electrónica de la Xunta de Galicia dentro del plazo
-
Si quieres, presenta junto con la solicitud la solicitud de pago para que se tramiten a la vez
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda (Anexo I)
- Solicitud de pago (Anexo II)
- Escritura pública de transformación y acreditación de su inscripción en el registro, en los casos de transformación
- Facturas y documentos bancarios acreditativos de su pago efectivo, o presupuestos y facturas pro forma si el gasto aún no se ha realizado
- Memoria explicativa de las actuaciones junto con fotografías de las inversiones realizadas
- Fotografías del local antes y después en los gastos de reforma
- Documento explicativo del procedimiento de contabilización de los gastos subvencionados