Ayudas CDTI para proyectos de I+D de empresas
Préstamo con parte no reembolsable para proyectos de I+D de empresas
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda parcialmente reembolsable del CDTI para financiar proyectos de investigación y desarrollo de empresas
- Para quién
- Empresas con personalidad jurídica y domicilio fiscal en España, solas o en consorcio
- Cuánto
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- La ayuda combina un préstamo y una parte no reembolsable y cubre hasta el 85% del presupuesto del proyecto; tú aportas al menos el 15%. El presupuesto financiable mínimo por empresa es de 175.000€.
La cobertura llega hasta el 85% del presupuesto total aprobado; la parte no reembolsable se calcula sobre un máximo del 75%.Tipo de proyecto Presupuesto mínimo financiable Presupuesto máximo General (por empresa) 175.000€ No especificado
- La ayuda combina un préstamo y una parte no reembolsable y cubre hasta el 85% del presupuesto del proyecto; tú aportas al menos el 15%. El presupuesto financiable mínimo por empresa es de 175.000€.
- Qué cubre
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- Gastos de personal dedicado al proyecto (investigadores, técnicos y personal auxiliar)
- Costes de instrumental y material utilizados en el proyecto
- Investigación contractual, patentes y servicios de consultoría externos para el proyecto
- Gastos generales y otros gastos de explotación derivados directamente del proyecto
- Requisitos
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- Tu empresa está válidamente constituida, tiene personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España
- Vas a desarrollar el proyecto de I+D en España
- El proyecto demuestra un aspecto tecnológico diferencial sobre lo que ya existe en el mercado
- El presupuesto financiable por empresa es de al menos 175.000€
- Tu empresa no está en crisis ni ha solicitado concurso de acreedores
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Devuelve el tramo reembolsable del préstamo en el plazo de amortización pactado (10 o 15 años)
- Financia con recursos propios al menos el 15% del presupuesto del proyecto
- Presenta toda la documentación del expediente en castellano
- No subcontrates más del 65% del presupuesto elegible (hasta el 80% en el sector biofarmacéutico)
- Empieza las actividades del proyecto solo después de presentar la solicitud, no antes
- Cuándo
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- Abre: 28 de febrero de 2025 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: Consulta directamente con la administración
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu empresa está constituida y tiene domicilio fiscal en España
- Vas a desarrollar un proyecto de investigación y desarrollo en España
- Tu proyecto aporta una mejora tecnológica diferencial sobre lo existente
- Quieres presentarte sola o junto a otras empresas en consorcio
- Tu proyecto tiene un presupuesto financiable de al menos 175.000€
- Eres persona física, autónomo o comunidad de bienes
- Tu entidad es una asociación o fundación sin ánimo de lucro
- Tu empresa está en crisis o ha solicitado concurso de acreedores
- No estás al corriente del reembolso de otras ayudas del CDTI
- Tu empresa tiene pendiente una orden de recuperación de ayudas de la Comisión Europea
Cuánto puedes recibir
La ayuda es parcialmente reembolsable: una parte la devuelves como préstamo y otra parte no la tienes que devolver. En conjunto cubre hasta el 85% del presupuesto total aprobado del proyecto, y tu empresa debe aportar al menos el 15% restante con recursos propios. El presupuesto financiable mínimo por empresa es de 175.000€. Al tramo reembolsable se le aplica el Euríbor a un año (un 0% si el Euríbor es negativo) y puedes amortizarlo en 10 o 15 años.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu empresa y tu proyecto cumplen los requisitos para ser beneficiarios
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Prepara la memoria técnica del proyecto y la documentación administrativa y financiera
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Cumplimenta la solicitud con los medios electrónicos de la sede electrónica del CDTI
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Firma y presenta la solicitud con certificado electrónico del representante legal o apoderado de la empresa
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda cumplimentada por medios electrónicos
- Memoria técnica del proyecto
- Documentación administrativa y financiera
- Declaraciones responsables
- Acuerdo de consorcio firmado (solo en proyectos de Cooperación Nacional)