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Ayudas Claras
Subvenciones Castilla-La Mancha I+D+i
I+D+i Castilla-La Mancha Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a CEEIs de Castilla-La Mancha para emprendimiento

Subvención a los CEEIs de Castilla-La Mancha para apoyar a pymes y emprendedores

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia de la Dirección General de Empresas de Castilla-La Mancha para fomentar el emprendimiento innovador
Para quién
Centros Europeos de Empresas e Innovación (CEEIs) de Castilla-La Mancha
Cuánto
El importe del presupuesto de actuaciones que presentes; tus gastos subvencionables no pueden superar el 25% del crédito de la convocatoria
Qué cubre
  • Costes de tu personal propio dedicado al proyecto, con sus cuotas de Seguridad Social

    Se calculan con una tarifa horaria: los últimos costes salariales brutos mensuales documentados del trabajador divididos por el tiempo de trabajo mensual medio, multiplicada por las horas dedicadas al proyecto. En la justificación acreditas los costes salariales reales de esa persona.

  • Colaboraciones externas y consultorías necesarias para tus acciones o proyectos
  • Costes indirectos: gastos generales que no se pueden imputar de forma directa

    Se calculan como un tipo fijo del 5% de los costes de personal propio y de colaboraciones externas, sin necesidad de aportar justificantes de gasto.

Requisitos
  • Tienes un establecimiento o sucursal en Castilla-La Mancha donde desarrollas la actividad subvencionada
  • Cumples la normativa de prevención de riesgos laborales

    No haber sido sancionado, por resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta muy grave en prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la solicitud. Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales cuando la normativa lo exija.

  • Cumples las normas de igualdad y no discriminación entre mujeres y hombres

    Elaborar y aplicar un plan de igualdad cuando sea obligatorio. No haber sido sancionado en firme por prácticas laborales discriminatorias ni por incumplir condiciones de no discriminación por razón de sexo en un contrato administrativo, salvo que hayas cumplido la sanción y elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas contra la discriminación laboral.

  • No tienes pendiente una orden de recuperación de una ayuda declarada ilegal e incompatible con el mercado interior
  • Tus administradores y representantes no están en situación de incompatibilidad con cargos públicos de Castilla-La Mancha

    Ni tus administradores ni tus representantes legales pueden estar en supuestos de incompatibilidad de la normativa del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Tampoco puedes recibir servicios de personas que hayan sido cargos públicos en la Junta de Comunidades o su sector público e incumplan sus limitaciones durante los dos años siguientes a su cese.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta las actuaciones entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Acepta el documento que establece las condiciones de la ayuda (DECA) en el mes siguiente a la notificación de la concesión
  • Justifica la ayuda con cuenta justificativa y justificantes de gasto, usando los modelos de la sede electrónica
  • Cumple las medidas de información y comunicación sobre el apoyo recibido de los fondos
  • Al aceptar la financiación, aceptas aparecer en la lista de operaciones que se publique
  • Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias con la Junta para poder cobrar
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un Centro Europeo de Empresas e Innovación de Castilla-La Mancha
  • Tienes establecimiento o sucursal en Castilla-La Mancha donde haces la actividad
  • Desarrollas actuaciones de apoyo a pymes y personas emprendedoras
  • Ejecutas tus actuaciones durante el año 2026
  • Tus actuaciones encajan con la Estrategia de Especialización Inteligente regional
  • No eres un Centro Europeo de Empresas e Innovación de Castilla-La Mancha
  • Eres una pyme o persona emprendedora: la ayuda la solicitan los CEEIs
  • No tienes establecimiento ni sucursal en Castilla-La Mancha
  • Te sancionaron por falta muy grave en prevención de riesgos laborales el año anterior
  • Tienes pendiente devolver una ayuda declarada ilegal e incompatible con el mercado interior

Cuánto puedes recibir

Recibes la cantidad que figure en el presupuesto de actuaciones que presentes, dentro de los límites de la convocatoria: tus gastos subvencionables no pueden superar el 25% del crédito previsto. Los costes indirectos se calculan como un 5% fijo de los costes de personal propio y colaboraciones externas. Cobras un primer pago del 25% de la subvención concedida como anticipo al notificarse la resolución, y el resto según la justificación que presentes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Date de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

  2. Prepara la memoria técnica, económica y financiera (Anexo II) con presupuesto por tipo de gasto y cronograma

  3. Pide al menos tres ofertas de proveedores si una colaboración externa cuesta 15.000 euros o más

  4. Presenta la solicitud (Anexo I) con firma electrónica en la sede electrónica de la Junta, en los 10 días siguientes a la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en un máximo de 10 días

  6. Revisa la propuesta de resolución provisional en el tablón electrónico de la Junta y presenta alegaciones en 10 días si lo necesitas

Documentación necesaria

  • Solicitud de ayuda (Anexo I), en el formulario de la sede electrónica
  • Número de Identificación Fiscal (NIF) del solicitante
  • Acreditación de la representación del firmante, mediante escritura pública u otro medio válido en Derecho
  • Escritura de constitución y, en su caso, sus modificaciones posteriores
  • Presupuestos o facturas pro-forma de las colaboraciones externas y consultorías, en su caso (al menos tres ofertas si el gasto es de 15.000 euros o más)
  • Última nómina de las personas trabajadoras que quieras incluir en el proyecto
  • Último recibo de liquidación de cotizaciones y relación nominal de trabajadores de la Seguridad Social
  • Informe de vida laboral del ejercicio corriente, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Último modelo 190 (resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF)
  • Memoria técnica, económica y financiera firmada electrónicamente (Anexo II), con el cálculo de la tarifa horaria del personal propio

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Solo se admite una solicitud por interesado; si presentas varias, cuenta la última, salvo que renuncies por escrito a una concreta dentro del plazo de solicitudes.
¿Qué pasa si a mi solicitud le falta documentación?
Te pedirán que la subsanes en un plazo máximo e improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de dos meses desde que termina el plazo de solicitudes. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Cómo se valoran las solicitudes?
Con un máximo de 100 puntos: calidad del proyecto (hasta 30), servicios especializados de apoyo a pymes y personas emprendedoras (hasta 30), colaboración con otros agentes del sistema de innovación (hasta 20) e impacto empresarial (hasta 20). Además, se suman 20, 30 o 40 puntos si las actuaciones se desarrollan en zonas en riesgo o de intensa o extrema despoblación, según la población del municipio o núcleo.
¿Puedo recurrir la resolución?
Sí. La resolución no pone fin a la vía administrativa y puedes presentar recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Fuentes oficiales

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