Ayudas a pymes que transforman pescado en Aragón
Hasta el 50% de la inversión para pymes que transforman pescado en Aragón
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Aragón para invertir en transformación y comercialización de productos de la pesca.
- Para quién
- Personas físicas y pymes del sector pesquero que transforman o comercializan productos de la pesca y la acuicultura.
- Cuánto
- Hasta el 50% de los gastos subvencionables, con un máximo de 700.000€ por proyecto
- Qué cubre
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- Construcción, ampliación, modernización o acondicionamiento de inmuebles
- Maquinaria, instalaciones y equipos de primer uso, mobiliario de laboratorio y programas informáticos
- Costes generales del proyecto, como honorarios técnicos y estudios de viabilidad, con el límite del 8%
- Requisitos
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- Eres el responsable final de las inversiones y gastos que solicitas
- Tu empresa es microempresa, pequeña o mediana
- Realizas la inversión dentro del territorio de Aragón
- Acreditas la viabilidad técnica y económica de la empresa y del proyecto
- Cumples las normas mínimas de medio ambiente, higiene y salud pública
- Tu proyecto supone una inversión total de 100.000 euros o más
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica el gasto entre el 1 de enero y el 15 de septiembre de 2027
- Mantén los bienes de la inversión en la industria al menos cinco años desde el pago final
- No transmitas la inversión sin autorización expresa del órgano que concede la ayuda
- Comunica cualquier otra ayuda que recibas para la misma actuación
- Comunica en el plazo de un mes cualquier modificación de la actuación subvencionada
- Facilita la información que te pidan en los controles sobre la actuación
- Cuándo
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El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 30 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu empresa transforma o comercializa productos de la pesca o la acuicultura
- Eres microempresa, pequeña o mediana empresa
- Vas a realizar la inversión dentro del territorio de Aragón
- Tu proyecto de inversión supone 100.000 euros o más
- Eres el responsable final de las inversiones y gastos que solicitas
- Tu inversión consiste en reponer o sustituir equipos y maquinaria
- Tu proyecto supone una inversión total inferior a 100.000 euros
- Has iniciado las obras o la inversión antes de presentar la solicitud, salvo las excepciones previstas
- Tu empresa no es microempresa, pequeña ni mediana
- Has cometido infracciones graves de la política pesquera común
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo el 50% de los gastos subvencionables que te aprueben; el resto lo aportas tú como contribución privada. Por proyecto totalmente operativo y delimitado la subvención no puede superar 700.000€. El pago se hace después de que justifiques la inversión y en la parte proporcional a lo justificado, aunque puedes pedir anticipos que no superen el 50% de la subvención concedida.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el proyecto técnico visado o la memoria valorada y el presupuesto detallado de la inversión
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Pide al menos tres ofertas de proveedores distintos antes de contratar la obra, el servicio o el bien
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Presenta la solicitud con certificado electrónico o clave permanente en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, buscando el procedimiento 11837
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Subsana la solicitud en el plazo máximo de 10 días si la Administración te lo requiere
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Presenta la solicitud de pago con la justificación del gasto entre el 1 de enero y el 15 de septiembre de 2027
Documentación necesaria
- Proyecto técnico visado o memoria valorada visada e impreso de inversión normalizado
- Presupuesto detallado con unidades de obra, precios unitarios, maquinaria y equipos
- Ofertas, presupuestos o facturas proforma de las inversiones solicitadas
- Declaración responsable o documentación que acredite el cumplimiento de las normas de medio ambiente
- Impuesto de Sociedades de los tres últimos ejercicios presentados
- Licencia de obras y de actividad, o documento que justifique su presentación
- Declaración de empresas matrices y filiales si perteneces a un grupo empresarial
- Declaración de información relativa a la condición de pyme
- Documentación que justifique la financiación de la inversión, como una póliza de préstamo o un certificado bancario
- Informe de plantilla media de la Tesorería de la Seguridad Social de los tres últimos ejercicios cerrados
- Si eres persona jurídica, documentos que acrediten la personalidad jurídica, los estatutos y la representación de quien firma