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Ayudas Claras
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Prestaciones Girona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para actividades culturales en Olot

Subvención municipal para entidades que organizan actividades culturales en Olot.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Olot, en concurrencia competitiva, para organizar y desarrollar actividades culturales en Olot.
Para quién
Entidades y asociaciones culturales sin ánimo de lucro, y agrupaciones de personas sin personalidad jurídica propia.
Cuánto
Hasta el 50% del coste de la actividad; excepcionalmente puede superarse si se justifica el interés público
Qué cubre
  • Gastos de funcionamiento ordinario de tu entidad relacionados con la actividad cultural
  • Material específico de la actividad vinculado a los objetivos de tus estatutos
  • Seguros de accidentes o de responsabilidad civil y material de oficina no inventariable
Requisitos
  • Tu entidad o asociación está legalmente constituida y no tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad está inscrita en el registro de entidades del Ayuntamiento de Olot
  • Las actividades que programas tienen como marco la ciudad de Olot
  • La finalidad de tu entidad es dinamizar la participación ciudadana de la ciudad
  • Estás al día de tus obligaciones fiscales y financieras con el Ayuntamiento de Olot
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto o la actividad que motivó la concesión de la subvención
  • Presenta la documentación justificativa antes del 15 de noviembre del año de la convocatoria
  • Justifica el coste total de la actividad, no solo el importe de la subvención
  • Comunica al ayuntamiento cualquier otra subvención o ingreso que financie la actividad
  • Indica en un lugar visible que la actividad está subvencionada por el ayuntamiento
  • Devuelve el dinero recibido si no realizas la actividad o no la justificas
Fechas estimadas
  • Abre: 5 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 2 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad o asociación cultural sin ánimo de lucro
  • Organizas o participas en actividades culturales en la ciudad de Olot
  • Tu entidad está inscrita en el registro de entidades del Ayuntamiento de Olot
  • Formáis una agrupación de personas sin personalidad jurídica que organiza actividades
  • Presentas el proyecto junto con otra entidad para sumar esfuerzos
  • Tu actividad se realiza fuera de la ciudad de Olot
  • Tu entidad no está inscrita en el registro de entidades del ayuntamiento
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Quieres financiar una actividad económica, como la venta de bebidas o material
  • Tienes abierto un expediente de reintegro de otra subvención del ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

La convocatoria no fija una cantidad cerrada por entidad: la subvención se calcula como porcentaje del gasto subvencionable o como cuantía cierta, y de forma general no puede superar el 50% del coste de la actividad. Excepcionalmente puede superar ese 50% si se acredita y justifica el interés público en un informe del gestor responsable. El pago se hace contra la presentación de las justificaciones, aunque en casos puntuales puedes pedir un anticipo del 40% del importe.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la instancia y la solicitud de subvención firmadas por el representante legítimo de tu entidad

  2. Prepara el proyecto de las actividades con título, explicación, fecha y lugar previstos

  3. Presenta toda la documentación por vía telemática en la sede electrónica del ayuntamiento

  4. Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de tres meses desde el fin del plazo de solicitud

  5. Justifica la actividad con la memoria de actuación y la cuenta justificativa

Documentación necesaria

  • Instancia electrónica y formulario de solicitud normalizado, firmados por el representante legítimo de la entidad
  • Certificado de composición de la junta directiva de la entidad
  • Documento SEPA, solo si has cambiado la cuenta bancaria o es la primera vez que pides la subvención
  • Ficha de la entidad (anexo 1)
  • Resumen general de actividades y presupuesto (anexo 2)
  • Certificación de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Olot (anexo 3)
  • Declaración responsable de la retribución de los miembros de los órganos de dirección y administración, para quienes optan a subvenciones de más de 10.000 euros (anexo 4)
  • Proyecto de las actividades por las que pides la subvención
  • Inscripción en el Registro de Entidades cumplimentada

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si también recibo otras ayudas?
Sí. Esta subvención es compatible con cualquier otro tipo de subvención o ayuda, pero la suma no puede superar el coste de la actividad subvencionada. Tienes que comunicar al ayuntamiento las demás ayudas o ingresos que financien la actividad.
¿Puedo cobrar parte del dinero antes de justificar la actividad?
En casos puntuales puedes pedir un anticipo del 40% del importe de la subvención, previa solicitud motivada y aprobación de la Junta de Gobierno Local. Una vez justificado ese 40%, puedes pedir otro 40%; el 20% restante se paga cuando está justificado el 100%.
¿Qué pasa si no me contestan en plazo?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses a contar desde el plazo de presentación de solicitudes. Si vence sin que te notifiquen, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Qué gastos no me van a aceptar?
No son subvencionables el material inventariable que no sea necesario para la actividad, las comidas salvo casos excepcionales validados, los gastos no asociados directamente a la actividad y los afectos a actividad económica. Como justificantes no se aceptan tickets ni albaranes: solo facturas adaptadas a la normativa vigente, salvo en los seguros, donde vale el recibo, y en las nóminas, donde vale la hoja de salario.

Fuentes oficiales

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