Ayuda de 700€ a familias monoparentales en Móstoles
Pago único de 700€ por familia monoparental con un hijo menor de tres años.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Móstoles para apoyar a las familias monoparentales del municipio.
- Para quién
- Familias monoparentales de Móstoles con un hijo pequeño a cargo de un solo progenitor o tutor.
- Cuánto
- 700€ en un pago único por familia monoparental
- Qué cubre
- Necesidades básicas del menor como alimentación, educación o gastos escolares
- Requisitos
-
- Eres una familia monoparental y puedes acreditarlo con el libro de familia o una resolución judicial de custodia
- Tienes un hijo que fue menor de tres años entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
- Tú y el menor residís y estáis empadronados en Móstoles desde al menos dos años antes de presentar la solicitud
- Eres propietario, titular de un alquiler o tienes derecho de uso de una vivienda en Móstoles
- No superas los 40.000€ anuales de renta en tributación individual
- Eres español o extranjero con residencia legal en España
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Presenta de forma completa y veraz la documentación que pide la convocatoria
- Facilita la información que te pidan sobre la ayuda concedida
- Sométete a las comprobaciones y al control financiero de los órganos competentes
- Comunica al Ayuntamiento las incidencias que puedan producirse
- Devuelve el dinero con intereses de demora si cobras la ayuda indebidamente
- Cuándo
-
El plazo es de veinte días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 29 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una familia monoparental que vive en Móstoles
- Tienes un hijo que fue menor de tres años entre julio de 2025 y junio de 2026
- Tú y el menor estáis empadronados en Móstoles desde hace al menos dos años
- Eres propietario, inquilino o tienes el uso de una vivienda en Móstoles
- Tu renta en tributación individual no supera los 40.000€ anuales
- La renta conjunta de tu unidad familiar de convivencia supera los 70.000€
- Ya recibes otra ayuda del área de Familia que cubre esta misma necesidad
- Estás privado total o parcialmente de la patria potestad de tus hijos
- La tutela de tu hijo la ha asumido una institución pública
- Eres extranjero y no tienes residencia legal en España
Cuánto puedes recibir
Recibes 700€ en un único pago por familia monoparental. El dinero se abona por transferencia bancaria a la persona que figura como solicitante, una vez acreditas que cumples los requisitos. El crédito es limitado y la convocatoria da dos reglas distintas para repartirlo: en la cláusula de cuantía dice que las solicitudes que cumplen los requisitos se admiten por orden de presentación (día y hora) hasta agotar el crédito, y en los criterios de valoración dice que la subvención se concede por orden de menor a mayor nivel de renta de la unidad familiar. Los dos apartados no coinciden: presenta la solicitud cuanto antes y confirma con el Ayuntamiento el orden que se aplica.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne la documentación que acredita tu situación familiar, la vivienda y tus ingresos
-
Recoge el modelo de solicitud en el Edificio de Familia e Igualdad o en las Juntas de Distrito, o descárgalo en la sede electrónica del Ayuntamiento
-
Presenta la solicitud firmada, con tu teléfono y tu correo de contacto, en el Registro General del Ayuntamiento o en los registros auxiliares de las Juntas de Distrito
-
Consulta el listado de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica
-
Si apareces como excluido, subsana en los diez días hábiles siguientes a la publicación del listado
-
Si no estás de acuerdo con la propuesta provisional, presenta alegaciones en los diez días hábiles siguientes a su publicación
Documentación necesaria
- Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Residencia en vigor de la persona solicitante
- Documentación que acredite que el menor está a tu cargo en exclusiva: libro de familia, certificación del Registro Civil, certificado de empadronamiento o sentencia de custodia
- Empadronamiento familiar, que el Ayuntamiento puede consultar salvo que te opongas
- Documentación de la titularidad de la vivienda (escrituras, contrato de compraventa o nota simple registral) o contrato de alquiler con los tres últimos recibos
- Declaración responsable del titular o del arrendador si no eres titular ni arrendatario del domicilio
- Justificante de la titularidad de la cuenta bancaria, que debe estar a nombre de quien solicita la ayuda
- Declaración responsable de no tener deudas con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social ni el Ayuntamiento de Móstoles (Anexo II)
- Última declaración de la renta o certificación negativa de Hacienda
- Designación de cuenta bancaria con los datos del IBAN (Anexo I) o fotocopia de la libreta
- Declaración responsable firmada de que no estás en ninguna de las situaciones que impiden recibir subvenciones