Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Alicante Comercio y turismo
Comercio y turismo Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bono Consumo 2026 de Cocentaina para compras locales

Hasta 100€ de subvención en bonos para gastar en comercios de Cocentaina.

Lo que significa

Qué es
Subvención municipal del Ayuntamiento de Cocentaina en bonos para comprar en el comercio, la hostelería y los servicios locales.
Para quién
Personas adultas que compran los bonos y los comercios, bares y negocios de servicios de Cocentaina adheridos a la campaña.
Cuánto
El 50% del valor del bono, con un máximo de 100€ de subvención por persona
Qué cubre
  • Compras de bienes y servicios en comercios adheridos a la campaña
  • Consumo en establecimientos de hostelería y de servicios de Cocentaina adheridos
Requisitos
  • Eres mayor de 18 años
  • Tienes un documento de identidad en vigor: DNI, NIE o pasaporte
  • Dispones de tarjeta bancaria para comprar los bonos
  • Si tienes un establecimiento, su domicilio fiscal está en Cocentaina
  • Si tienes un establecimiento, tu actividad consta en los epígrafes de actividades económicas recogidos en el anexo de las bases

    Agrupación 64 (comercio al por menor de alimentación, bebidas y tabaco), Agrupación 65 (comercio al por menor de productos industriales no alimenticios), Agrupación 67 (servicio de alimentación: restaurantes, cafeterías, cafés y bares, quioscos, chocolaterías y heladerías), Agrupación 69 (reparaciones), 755 (agencias de viajes), Agrupación 93 (enseñanza), Agrupación 94 (sanidad y servicios veterinarios), 967 (instalaciones deportivas y escuelas de perfeccionamiento del deporte) y Agrupación 97 (lavanderías, peluquerías e institutos de belleza, servicios fotográficos, servicios domésticos y enmarcación).

  • Si tienes un establecimiento, cuentas con el título habilitante municipal de tu actividad, o declaras responsablemente que tu actividad no requiere local determinado
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Canjea los bonos antes de que acabe la campaña: si no, se anulan automáticamente
  • Presenta tu DNI o NIE en el establecimiento antes de pagar con el bono
  • Usa cada bono por su importe total en una sola compra
  • Incluye esta ayuda en tu declaración de la renta de 2026, porque se considera ganancia patrimonial
  • Si eres establecimiento adherido, muestra en lugar visible el cartel de la campaña
  • Si eres establecimiento adherido, sube a la plataforma la foto del tique de cada venta
Cuándo
  • Abre: 2 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres mayor de 18 años
  • Quieres comprar en comercios, hostelería o servicios de Cocentaina
  • Eres autónomo, microempresa o pequeña empresa de Cocentaina
  • Tu negocio tiene el domicilio fiscal en el municipio de Cocentaina
  • Eres menor de 18 años
  • No dispones de documento de identidad en vigor
  • Tu negocio no tiene el domicilio fiscal en Cocentaina
  • Tu actividad está ligada al juego, las apuestas o el tabaco
  • Tu negocio presta servicios financieros

Cuánto puedes recibir

Pagas el 50% del valor nominal del bono y el Ayuntamiento aporta el otro 50% como subvención directa. Como máximo puedes comprar 200€ en bonos pagando 100€, de modo que la subvención llega hasta 100€ por persona. Los bonos son de 50, 100 y 200 euros.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne tu documento de identidad en vigor y una tarjeta bancaria

  2. Compra los bonos en la plataforma de venta online de la campaña

  3. Recibe los bonos en formato digital en la dirección de correo que facilites al comprar

  4. Presenta tu DNI o NIE en el establecimiento adherido antes de pagar

  5. Gasta cada bono por su importe completo en una sola compra

Documentación necesaria

  • Documento de identidad en vigor (DNI, NIE o pasaporte)
  • Conformidad con las condiciones de la convocatoria
  • Declaración responsable de que cumples los requisitos para ser beneficiario de una subvención pública
  • Declaración de conocer que la ayuda se considera ganancia patrimonial en la declaración de la renta
  • Aceptación de la política de privacidad y protección de datos
  • Declaración de conocer que la campaña está financiada por la Diputación Provincial de Alicante

Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar los bonos si no me manejo con la plataforma online?
Sí. El Ayuntamiento ofrece un servicio presencial en la Oficina Técnica durante dos jornadas del mes de noviembre, en horario de 09:30 a 14:30 y de 15:30 a 18:00 horas. Las fechas se anuncian en los medios de comunicación oficiales del municipio.
¿Qué pasa si no uso el bono antes de que termine la campaña?
El bono se anula automáticamente. La entidad colaboradora que gestiona la campaña te restituye la aportación que pagaste dentro del mes siguiente a la finalización de la campaña.
¿Puedo devolver un producto comprado con el bono y recuperar el dinero?
No. No se devuelve el dinero pagado, pero sí puedes cambiar el producto o servicio por otro de importe igual o superior, abonando la diferencia al establecimiento.
¿Se puede usar el bono junto con otras ofertas o descuentos del comercio?
Sí. El uso de los bonos es compatible con cualquier tipo de descuento, oferta o rebaja disponible en el establecimiento para el producto que quieras adquirir.
¿Puedo juntar mis bonos con los de otra persona en la misma compra?
No. Los bonos de dos o más titulares distintos no son acumulables en una misma compra, aunque sí puedes usar varios bonos tuyos en un mismo pago.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas