Subvenciones a la inversión empresarial en Soria 2026
El 35% de tu inversión en activos fijos si tu negocio está en la provincia de Soria, fuera de la capital
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Soria para inversiones que pongan en marcha o modernicen un negocio
- Para quién
- Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles con centro de trabajo en la provincia de Soria, excluida la capital
- Cuánto
- El 35% de la inversión subvencionable; solo cuentan los primeros 20.000€ de inversión
- Qué cubre
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- Inversiones en activos fijos materiales: obra civil, naves, maquinaria, mobiliario, equipos informáticos y bienes de equipo para suministros
- Activos fijos inmateriales amortizables, como licencias de software
- Gastos de constitución de la empresa
- Requisitos
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- Tu centro de trabajo está en una localidad de la provincia de Soria, excluida la capital
- Tu inversión total es de 4.000€ o más, con IVA incluido
- Haces la inversión, y pagas sus facturas, entre el 1 de enero de 2026 y el 28 de febrero de 2027: las bases dan dos fechas finales distintas (la base décima dice 31 de marzo de 2027 y la de incumplimientos y reintegros, 28 de febrero de 2027), así que confirma el plazo con la Diputación antes de comprometer el gasto
- Los bienes que compras son nuevos, salvo las naves y los locales comerciales, que pueden ser de segunda mano
- Compras los activos a precios de mercado y a terceros no relacionados contigo
- Si tu domicilio fiscal está fuera de la provincia o en la capital, acreditas la apertura del centro de trabajo o la licencia municipal de la actividad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén la inversión en funcionamiento al menos cinco años desde su puesta en marcha
- Comunica a la Diputación cualquier cambio de domicilio o de condiciones que te afecte
- Justifica la inversión hasta el 30 de abril de 2027 con las facturas y los justificantes bancarios de pago
- No pagues en metálico: los pagos justificados solo con el recibí del proveedor no valen
- Si los bienes se inscriben en un registro público, haz constar en la escritura la subvención y su importe, e inscríbelo
- Menciona en la difusión del proyecto que lo han subvencionado la Diputación de Soria y la Junta de Castilla y León, con la imagen de ambas instituciones en lugar destacado
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres autónomo o tienes una pequeña empresa en la provincia de Soria
- Tu centro de trabajo está en una localidad de Soria distinta de la capital
- Vas a invertir en maquinaria, obra o equipos para arrancar o mejorar tu negocio
- Tu inversión total es de 4.000€ o más, con IVA incluido
- Eres una comunidad de bienes o una sociedad civil con actividad en la provincia
- Vas a crear una empresa nueva y asumes gastos de constitución
- Tu centro de trabajo está en Soria capital
- Eres una Administración Pública
- Tu inversión total no llega a 4.000€ con IVA incluido
- Eres administrador de la sociedad solicitante y pides para su misma actividad
- Tu actividad figura entre los sectores excluidos que cita la convocatoria
- Recibes otras ayudas públicas o privadas para el mismo proyecto
Cuánto puedes recibir
Recibes el 35% de la inversión subvencionable. Aunque gastes más, solo se consideran subvencionables los primeros 20.000€ de inversión, y la inversión total no puede ser inferior a 4.000€ con IVA incluido. Las solicitudes se ordenan por la puntuación obtenida y se conceden en ese orden hasta agotar el crédito. El pago se hace después de que justifiques la inversión.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida, incluida la memoria técnico-económica del proyecto
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Rellena el Anexo I de solicitud y el Anexo II de inversión
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Presenta la solicitud en el plazo de un mes desde la publicación del extracto en el boletín provincial, por cualquiera de los medios admitidos por la administración
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Subsana la documentación en 10 días hábiles si la Diputación te lo requiere
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Ejecuta la inversión y paga las facturas desde el 1 de enero de 2026 y, como muy tarde, antes del 28 de febrero de 2027, la más temprana de las dos fechas finales que dan las bases
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Justifica la inversión hasta el 30 de abril de 2027 con el listado de facturas, las facturas y los pagos
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo I)
- Inversión (Anexo II)
- Copia del CIF de la empresa
- Poder del representante y estatutos de la sociedad, si eres persona jurídica
- Declaración responsable de las ayudas y subvenciones que cofinancian la actividad
- Memoria técnico-económica detallada de la situación del proyecto y las inversiones
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
- Informe de plantilla media de todos los códigos de cuenta de cotización desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de solicitud