Ayuda para libros y material escolar en Navalvillar de Ibor
Hasta 500€ por alumno para libros y material escolar en Navalvillar de Ibor.
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda directa del Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor para comprar libros de texto y material escolar y deportivo.
- Para quién
- Padres, madres o tutores legales de alumnos de Educación Infantil de segundo ciclo y Educación Primaria.
- Cuánto
- Hasta 500€ por alumno, sin superar el gasto que acredites
- Qué cubre
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- Libros de texto y material didáctico escolar
- Equipamiento deportivo escolar: chándal, leggins, sudadera, calcetines, camiseta y calzado deportivo
- Requisitos
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- Residís en Navalvillar de Ibor el alumno y al menos el padre, la madre o el tutor legal
La residencia debe cumplirse en el momento de presentar la solicitud y mantenerse hasta el 30 de junio de 2027. En caso de separación o divorcio, solo se exige a quien tenga la guarda y custodia.
- El alumno está matriculado en el Colegio Público de la localidad
- El alumno cursa Educación Infantil de segundo ciclo (a partir de 3 años) o Educación Primaria
- Presentas una declaración responsable de las ayudas solicitadas y recibidas para la misma finalidad
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Residís en Navalvillar de Ibor el alumno y al menos el padre, la madre o el tutor legal
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a la compra de libros y material para la que la pediste
- Permite las comprobaciones y el control financiero del ayuntamiento y aporta la información que te pida
- El alumno asiste regularmente a clase durante el curso completo, sin absentismo escolar
- Justifica la realización de la actividad si el ayuntamiento te lo requiere
- Devuelve la ayuda cobrada si incurres en alguno de los supuestos de reintegro previstos en las bases
- Cuándo
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El plazo es de diez días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 27 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres padre, madre o tutor legal de un alumno del colegio público de la localidad
- Tu hijo cursa Educación Infantil de segundo ciclo o Educación Primaria
- Residís en Navalvillar de Ibor el alumno y al menos uno de sus progenitores
- Has comprado libros, material escolar o equipamiento deportivo desde el 1 de julio de 2026
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el ayuntamiento
- El alumno no está matriculado en el Colegio Público de Navalvillar de Ibor
- El alumno cursa estudios distintos de Infantil de segundo ciclo o Primaria
- Ni el alumno ni sus progenitores residen en Navalvillar de Ibor
- La ropa y el calzado deportivo son para actividades fuera del horario escolar
- Tienes deudas pendientes con el ayuntamiento al presentar la solicitud
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta 500€ por cada alumno para la compra de libros de texto y material didáctico y deportivo escolar. El importe nunca supera el gasto que acredites: si la factura es por menos de la cantidad concedida, se te transfiere ese importe menor, y si es por más, solo se abona lo concedido. El pago se hace por transferencia a la cuenta bancaria que figure en la documentación que presentes.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne las facturas originales de compra de libros y material a tu nombre
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Rellena la solicitud del Anexo I y la declaración responsable del Anexo II
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Presenta la solicitud con toda la documentación en el registro general del ayuntamiento, de lunes a viernes de 9 a 14 horas
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Si apareces en la lista de excluidos, subsana en los cinco días hábiles siguientes a su publicación en el tablón de edictos
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo I)
- Fotocopia del libro de familia o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar (certificado de convivencia)
- Copia de la matrícula formalizada o certificado del centro escolar para el curso 2026/2027, con el nombre del centro, del alumno y el curso
- Declaración responsable (Anexo II)
- Facturas originales de compra a nombre del solicitante