Bonos digitales Siero: subvención para comercios locales
Hasta 750€ por comercio adherido a los bonos digitales de descuento de Siero
Lo que significa
- Qué es
- Subvención directa del Ayuntamiento de Siero a los comercios que se adhieran a su programa de bonos digitales de descuento.
- Para quién
- Autónomos y empresas con un comercio minorista abierto al público en el municipio de Siero.
- Cuánto
- Hasta 500€ por comercio (100 bonos de 5€), o hasta 750€ si se amplía el cupo a 150 bonos
- Qué cubre
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- El valor de los bonos de descuento de 5€ que canjeen tus clientes en tu comercio
- Los descuentos aplicados en compras de 15€ o más: un bono por cada 15€ de compra, hasta 6 bonos en compras de más de 90€
- Requisitos
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- Tienes el domicilio fiscal y un establecimiento comercial abierto al público en Siero
- Tu local mide menos de 150 metros cuadrados, sin contar oficinas, baños ni almacenes
- Estás dado de alta como autónomo, o tu sociedad o cooperativa está constituida legalmente
- Estás dado de alta en alguno de los epígrafes de actividades económicas que recogen las bases
- Estás dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que te corresponda
- Si eres comunidad de bienes o sociedad civil, la solicitud la presenta uno de los socios
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Canjea los bonos de tus clientes durante la campaña, sin limitarlos a determinados productos
- Sube a la plataforma el ticket o la factura de cada compra en la que se canjeen bonos
- Coloca el material publicitario de la campaña en el escaparate o en un sitio visible
- No devuelvas dinero en metálico por los bonos en ningún caso
- Conserva los bonos y los tickets o facturas justificativas durante cuatro años
- Justifica la subvención en el mes siguiente al final de la campaña de canje
- Cuándo
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El plazo es de diez días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 27 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes un comercio abierto al público en el municipio de Siero
- Eres autónomo, sociedad, comunidad de bienes o sociedad civil
- Tu local comercial mide menos de 150 metros cuadrados
- Vendes al por menor, o prestas servicios de arreglo, salud, estética o peluquería
- Quieres que tus clientes compren en tu tienda con bonos de descuento
- Tu establecimiento supera los 150 metros cuadrados
- Tu local está integrado en un centro comercial
- Tienes un bar, café, cafetería, sidrería o restaurante
- Vendes exclusivamente por internet
- No ejerces tu actividad económica en el municipio de Siero
Cuánto puedes recibir
Lo que cobras depende de los bonos de 5€ que canjeen tus clientes: el Ayuntamiento te abona el valor de los bonos efectivamente canjeados, con un límite de 500€ por comercio, que corresponde a 100 bonos, o de 750€ si se amplía el cupo a 150 bonos. Si no canjeas ningún bono, el importe es de cero euros. El pago se hace a la finalización del plazo de justificación, una vez entregas los bonos ya canjeados.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne tu DNI, NIF o CIF y los certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
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Rellena el modelo de solicitud de participación en el programa (Anexo I)
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Siero, como instancia general, adjuntando el Anexo I
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Hazlo dentro de los 10 días naturales siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial del Principado de Asturias
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Si te piden subsanar algún defecto, aporta la documentación en los tres días naturales siguientes
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Canjea los bonos durante la campaña y sube los justificantes de cada compra a la plataforma
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud de participación en el programa (Anexo I)
- DNI, NIF o CIF de la persona o entidad solicitante
- Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social
- Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente en la que quieres cobrar la subvención: fichero de acreedores firmado por tu entidad bancaria
- Declaración responsable de cumplir los requisitos, incluida en el Anexo I
- Dos fotografías del local (fachada e interior) o el logotipo del establecimiento, de aportación opcional