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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Comercio y turismo
Comercio y turismo Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bonos digitales Siero: subvención para comercios locales

Hasta 750€ por comercio adherido a los bonos digitales de descuento de Siero

Lo que significa

Qué es
Subvención directa del Ayuntamiento de Siero a los comercios que se adhieran a su programa de bonos digitales de descuento.
Para quién
Autónomos y empresas con un comercio minorista abierto al público en el municipio de Siero.
Cuánto
Hasta 500€ por comercio (100 bonos de 5€), o hasta 750€ si se amplía el cupo a 150 bonos
Qué cubre
  • El valor de los bonos de descuento de 5€ que canjeen tus clientes en tu comercio
  • Los descuentos aplicados en compras de 15€ o más: un bono por cada 15€ de compra, hasta 6 bonos en compras de más de 90€
Requisitos
  • Tienes el domicilio fiscal y un establecimiento comercial abierto al público en Siero
  • Tu local mide menos de 150 metros cuadrados, sin contar oficinas, baños ni almacenes
  • Estás dado de alta como autónomo, o tu sociedad o cooperativa está constituida legalmente
  • Estás dado de alta en alguno de los epígrafes de actividades económicas que recogen las bases
  • Estás dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que te corresponda
  • Si eres comunidad de bienes o sociedad civil, la solicitud la presenta uno de los socios
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Canjea los bonos de tus clientes durante la campaña, sin limitarlos a determinados productos
  • Sube a la plataforma el ticket o la factura de cada compra en la que se canjeen bonos
  • Coloca el material publicitario de la campaña en el escaparate o en un sitio visible
  • No devuelvas dinero en metálico por los bonos en ningún caso
  • Conserva los bonos y los tickets o facturas justificativas durante cuatro años
  • Justifica la subvención en el mes siguiente al final de la campaña de canje
Cuándo

El plazo es de diez días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 27 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes un comercio abierto al público en el municipio de Siero
  • Eres autónomo, sociedad, comunidad de bienes o sociedad civil
  • Tu local comercial mide menos de 150 metros cuadrados
  • Vendes al por menor, o prestas servicios de arreglo, salud, estética o peluquería
  • Quieres que tus clientes compren en tu tienda con bonos de descuento
  • Tu establecimiento supera los 150 metros cuadrados
  • Tu local está integrado en un centro comercial
  • Tienes un bar, café, cafetería, sidrería o restaurante
  • Vendes exclusivamente por internet
  • No ejerces tu actividad económica en el municipio de Siero

Cuánto puedes recibir

Lo que cobras depende de los bonos de 5€ que canjeen tus clientes: el Ayuntamiento te abona el valor de los bonos efectivamente canjeados, con un límite de 500€ por comercio, que corresponde a 100 bonos, o de 750€ si se amplía el cupo a 150 bonos. Si no canjeas ningún bono, el importe es de cero euros. El pago se hace a la finalización del plazo de justificación, una vez entregas los bonos ya canjeados.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne tu DNI, NIF o CIF y los certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social

  2. Rellena el modelo de solicitud de participación en el programa (Anexo I)

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Siero, como instancia general, adjuntando el Anexo I

  4. Hazlo dentro de los 10 días naturales siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial del Principado de Asturias

  5. Si te piden subsanar algún defecto, aporta la documentación en los tres días naturales siguientes

  6. Canjea los bonos durante la campaña y sube los justificantes de cada compra a la plataforma

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud de participación en el programa (Anexo I)
  • DNI, NIF o CIF de la persona o entidad solicitante
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social
  • Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente en la que quieres cobrar la subvención: fichero de acreedores firmado por tu entidad bancaria
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos, incluida en el Anexo I
  • Dos fotografías del local (fachada e interior) o el logotipo del establecimiento, de aportación opcional

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no se adhieren suficientes comercios?
Se exige un mínimo de 25 establecimientos adheridos al programa. Si no se alcanza ese umbral, la campaña no se lleva a cabo y la convocatoria queda sin efecto, sin generar derecho alguno a los solicitantes admitidos.
¿Cuándo pueden canjear mis clientes los bonos?
Desde el 14 de diciembre de 2026 al 20 de enero de 2027. Esos plazos pueden modificarse en función de cuándo se implante la plataforma de gestión, y cualquier variación se publica en el tablón de edictos municipal.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Las bases la declaran compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras administraciones públicas o de entidades privadas.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses, contados desde la publicación de la convocatoria. Si vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Me notificarán la resolución de forma individual?
No. Las resoluciones no se notifican individualmente: se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Siero y esa publicación tiene carácter de notificación.

Fuentes oficiales

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