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Ayudas Claras
Subvenciones Jaén Comercio y turismo
Comercio y turismo Jaén Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Inversiones para el oleoturismo en almazaras de Jaén

Hasta 20.000 € por proyecto, el 50% de la inversión, para almazaras de Jaén

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia de la Diputación de Jaén para adecuar las almazaras y sus instalaciones anexas a la visita turística.
Para quién
Empresas que fabrican aceite de oliva en algún municipio de la provincia de Jaén, sea cual sea su forma jurídica.
Cuánto
Hasta el 50% del gasto sin IVA, con un máximo de 20.000 € por proyecto
Qué cubre
  • Obras y equipos para recibir visitantes y vender aceite de oliva virgen extra
  • Espacios para catas, degustaciones, talleres y usos gastronómicos
  • Señalización, contenidos interpretativos, aseos públicos y mejoras de accesibilidad
Requisitos
  • Tu empresa fabrica aceite de oliva y desarrolla esa actividad en la provincia de Jaén
  • Tienes personalidad jurídica propia: no entran comunidades de bienes ni agrupaciones
  • El proyecto se ejecuta entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027
  • Las inversiones son en elementos nuevos, no cedidos a terceros ni fabricados por tu empresa
  • Tu proyecto obtiene al menos 60 puntos en la valoración
  • Has cumplido las condiciones de otras subvenciones que ya te concedió el Área de Promoción y Turismo, si sus plazos ya vencieron
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto por el que te conceden la subvención
  • Mantén los bienes en ese uso 36 meses, o cinco años si son inscribibles en un registro público
  • Presenta la cuenta justificativa en los tres meses siguientes al fin del plazo de ejecución
  • Coloca en un lugar visible de tus dependencias o en tu web la placa indicativa que diseñe la Diputación, y mantenla a la vista el mismo plazo que los bienes subvencionados
  • Comunica los actos públicos de la actividad con al menos quince días hábiles de antelación
  • Devuelve los fondos cobrados si incumples las condiciones
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 15 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu empresa fabrica aceite de oliva en un municipio de la provincia de Jaén
  • Quieres adecuar la almazara para recibir visitas turísticas
  • Vas a crear espacios de cata, degustación o venta de aceite
  • Necesitas mejorar la accesibilidad o la señalización de las instalaciones
  • Tu actividad económica no incluye la fabricación de aceite de oliva
  • La almazara está fuera de la provincia de Jaén
  • Solicitas como comunidad de bienes o agrupación sin personalidad jurídica propia
  • Tu proyecto consiste solo en gasto corriente de promoción, que va a la otra línea
  • Los equipos que vas a comprar los fabrica tu propia empresa

Cuánto puedes recibir

Te cubren hasta el 50% del coste de los gastos subvencionables, sin contar el IVA, y como mucho 20.000 € por proyecto de inversión. Se paga de una sola vez, después de que justifiques que has hecho el proyecto. Es una ayuda de minimis, así que suma con las demás de ese tipo que hayas recibido en 2024, 2025 y 2026.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto con su denominación, objetivos y memoria detallada

  2. Si hay obras, consigue la memoria valorada suscrita por técnico competente

  3. Rellena el modelo de solicitud del anexo I y fírmalo digitalmente

  4. Preséntalo en la sede electrónica de la Diputación, que es la única vía válida

  5. Si te requieren subsanar algo, hazlo en los diez días hábiles siguientes

  6. Ejecuta el proyecto y presenta la justificación para cobrar

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del anexo I, firmada digitalmente por el representante legal
  • Proyecto de las actividades con denominación, objetivos y memoria detallada de su trascendencia turística
  • Memoria valorada de las inversiones suscrita por técnico competente, si el proyecto incluye obras
  • Declaración de las ayudas de minimis recibidas en 2024, 2025 y 2026

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar proyecto a las dos líneas?
Sí. Cada empresa puede dirigir un máximo de dos solicitudes, una por cada línea. Son independientes, así que con cada una hay que adjuntar toda la documentación.
¿Valen proyectos que ya he empezado?
Sí, incluso terminados antes de presentar la solicitud, siempre que correspondan al periodo de ejecución que va del 1 de enero de 2026 al 30 de junio de 2027.
¿Cuándo se cobra?
En un único pago, después de que justifiques la realización del proyecto para el que te concedieron la subvención.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad de cualquier administración o entidad pública o privada, siempre que entre todas no se supere el coste del proyecto.
¿Qué puntuación hace falta?
Un mínimo de 60 puntos. La trascendencia turística del proyecto vale hasta 70 puntos, la oferta de servicios turísticos previa hasta 10, y no haber sido beneficiario más de tres veces suma 20.

Fuentes oficiales

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