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Ayudas Claras
Becas Comunidad Valenciana Educación
Educación Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Complemento a la beca Erasmus+ en la Comunitat Valenciana

Complemento a la beca Erasmus+ para estudiantes de centros valencianos

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades que complementa tu beca Erasmus+.
Para quién
Estudiantes de grado de las universidades del sistema universitario valenciano y de enseñanzas artísticas superiores de centros adscritos.
Cuánto
  • Entre 210 € y 310 € por cada mes de estancia, según el país de destino
    País de destinoImporte al mes
    Dinamarca, Finlandia, Islandia, Irlanda, Luxemburgo, Suecia, Liechtenstein, Noruega, Reino Unido310 €
    Austria, Bélgica, Alemania, Francia, Italia, Grecia, Chipre, Países Bajos, Malta, Portugal260 €
    Bulgaria, Croacia, República Checa, Estonia, Letonia, Lituania, Hungría, Polonia, Rumania, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, Macedonia del Norte, Turquía210 €
    Importes de las bases reguladoras (Orden 13/2022). Si la estancia dura menos de lo previsto, solo se concede por los meses realizados. Los grupos de países y sus importes pueden modificarse según los cambios del programa Erasmus+.
Qué cubre
  • El incremento de la cuantía de tu beca Erasmus+ durante el curso de la movilidad
  • Una sola movilidad por solicitante: si tienes dos asignadas, se financia la de mayor cuantía
Requisitos
  • Estás matriculado en un título oficial de grado o en enseñanzas artísticas superiores
  • Una institución con la Carta Erasmus de Educación Superior te ha seleccionado para la movilidad de estudios
  • Eres nacional de un país participante en el programa Erasmus+ o tienes permiso de residencia válido para España durante la movilidad
  • Tu movilidad no corresponde a estudios de especialización ni a títulos propios de la universidad
  • Solicitas el complemento para una sola movilidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Tu centro acuerda el incremento de la cuantía de tu beca y te lo notifica tras publicarse la resolución de concesión
  • Tu centro hace constar en todas sus publicaciones sobre las becas Erasmus+ que cuentan con una ayuda complementaria de la Generalitat
  • Declaras ante tu entidad colaboradora cualquier otra ayuda que obtengas o solicites para la misma acción y aceptas las minoraciones que correspondan
  • Quedas sometido al régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas
  • Devuelves la ayuda, con el interés de demora desde su pago, si procede el reintegro
Fechas estimadas
  • Abre: 30 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 19 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás matriculado en una universidad del sistema universitario valenciano o centro adscrito
  • Cursas enseñanzas artísticas superiores en un centro adscrito de la Comunitat Valenciana
  • Tu centro te ha seleccionado para una movilidad de estudios del programa Erasmus+
  • Eres nacional de alguno de los países participantes en el programa Erasmus+
  • Tienes permiso de residencia válido para residir en España durante la movilidad
  • Tu movilidad es para estudios de especialización
  • Estudias un título propio de tu universidad y no un título oficial
  • Ya tienes financiada otra movilidad: solo se subvenciona una por solicitante
  • Estudias en un centro ajeno al sistema universitario valenciano y a sus centros adscritos
  • No eres nacional de un país del programa ni tienes permiso de residencia en España

Cuánto puedes recibir

El complemento se suma a tu beca Erasmus+: tu centro acuerda el incremento de su cuantía y te lo notifica. Las bases reguladoras fijan el importe por mes de estancia según el grupo al que pertenece el país de destino: 310 € para Dinamarca, Finlandia, Islandia, Irlanda, Luxemburgo, Suecia, Liechtenstein, Noruega y Reino Unido; 260 € para Austria, Bélgica, Alemania, Francia, Italia, Grecia, Chipre, Países Bajos, Malta y Portugal; y 210 € para Bulgaria, Croacia, República Checa, Estonia, Letonia, Lituania, Hungría, Polonia, Rumania, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, Macedonia del Norte y Turquía. Si la estancia dura menos de lo previsto, solo se concede la ayuda por los meses realizados. La convocatoria reparte un crédito global de 1.000.000 € entre los centros solicitantes, así que no todo el estudiantado que cumple los requisitos la obtiene: se ordena por puntuación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba con tu centro que estás en la relación de estudiantes beneficiarios de la beca Erasmus+ de este curso

  2. Facilita a tu centro el Estado de destino y los meses de tu estancia

  3. Deja que tu centro, como entidad gestora de las becas, presente la solicitud telemáticamente en el plazo de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria

  4. Espera la resolución de concesión, que se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana

Documentación necesaria

  • Informe del centro solicitante sobre la financiación de las becas Erasmus+, con los fondos recibidos para ello
  • Relación individualizada y certificada del estudiantado beneficiario de las becas Erasmus+, con el Estado de destino, los meses de estancia y la puntuación parcial
  • Declaración responsable del centro de que los beneficiarios cumplen con las obligaciones por reintegro de subvenciones
  • Declaración responsable del centro de que no concurre ninguna circunstancia que impida resultar beneficiario de una subvención

Preguntas frecuentes

¿La solicitud la presento yo o mi centro?
La presenta tu centro, en su calidad de entidad gestora de las becas Erasmus+, y se tramita telemáticamente. Tú no presentas la solicitud.
¿Puedo recibir el complemento por dos movilidades?
No. Solo puede ser objeto de ayuda una movilidad por solicitante y, si tienes dos asignadas, se financia la que tenga concedida mayor cuantía.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con otras ayudas o subvenciones de cualquier naturaleza y de cualquier entidad, siempre que juntas no superen el coste total de la acción. Debes declarar ante tu entidad colaboradora las ayudas que obtengas o solicites para la misma acción.
¿Qué ocurre si varios estudiantes empatan a puntos?
Tiene preferencia quien realice la estancia de mayor duración. Si el empate sigue, tiene preferencia el estudiante con mejor nota media en su certificación académica personal.
¿Qué pasa si a la solicitud de mi centro le falta documentación?
Se le requiere telemáticamente para subsanarla en el plazo de 10 días. Si no lo hace, se le tiene por desistido de la petición.

Fuentes oficiales

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