Ayuda para estudios no obligatorios en Humilladero
Hasta 150€ para estudiantes de Humilladero que cursan estudios no obligatorios
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Humilladero para los gastos de los estudios reglados no obligatorios que cursan sus vecinos.
- Para quién
- Estudiantes empadronados en Humilladero que cursan Bachillerato, formación profesional, idiomas, música, danza o estudios universitarios.
- Cuánto
- Hasta 150€ por estudiante, sin superar los gastos que acredites
- Qué cubre
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- Matrícula oficial en centros públicos o privados reconocidos oficialmente
- Transporte escolar entre tu domicilio habitual y el centro educativo, y alojamiento si estudias fuera de Humilladero y no puedes desplazarte a diario
Del transporte solo son subvencionables los gastos de transporte escolar entre el domicilio habitual y el centro educativo, debidamente acreditados mediante factura, recibo o justificante de pago. El alojamiento se subvenciona cuando cursas los estudios fuera del municipio de Humilladero y, por razón de la distancia o de la naturaleza de los estudios, no puedes desplazarte diariamente desde tu domicilio habitual.
- Libros, material didáctico y material informático o tecnológico básico para seguir los estudios
Incluye manuales, material para prácticas, apuntes u otros recursos educativos exigidos por el programa formativo, y licencias educativas o herramientas técnicas directamente vinculadas a la formación. No son subvencionables los libros, manuales, apuntes ni material adquiridos de segunda mano, usados o entre particulares, ni los gastos cuyo pago no pueda acreditarse con factura o documento equivalente.
- Requisitos
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- Estás empadronado en Humilladero con fecha anterior al 1 de enero de 2025
- Estás matriculado en el curso 2026-2027 en un centro público, concertado o privado de España
- O participas en un programa oficial de movilidad académica manteniendo la condición de estudiante en tu centro de origen
- Estás matriculado en un mínimo de tres asignaturas, materias o módulos en el curso 2026-2027
- Eres menor de 30 años en la fecha de la solicitud
- Si recibiste esta ayuda el curso anterior, cumples el requisito académico de rendimiento
Quien fue beneficiario en el curso académico 2025-2026 debe acreditar haber superado al menos el 80 % de las asignaturas, materias o módulos en los que estuvo matriculado ese curso (se desprecian los decimales). Es un requisito de acceso, no un criterio de valoración: no se puntúa el rendimiento superior a ese mínimo. No acreditarlo determina la denegación de la ayuda.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta los justificantes de los pagos antes de que se conceda la subvención
- Conserva las facturas, los justificantes de pago y el resto de documentación de la ayuda
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda o ingreso que obtengas para los mismos gastos
- Comunica cualquier cambio en tus circunstancias que afecte al reconocimiento o mantenimiento de la ayuda
- Aporta la información y documentación complementaria que te pida el Ayuntamiento en sus comprobaciones
- Devuelve la ayuda, con el interés de demora, si incumples las condiciones o no justificas los gastos
- Cuándo
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El plazo es de treinta días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 26 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Humilladero desde antes del 1 de enero de 2025
- Estás matriculado en estudios reglados no obligatorios en el curso 2026-2027
- Tienes menos de 30 años en la fecha de la solicitud
- Estás matriculado en al menos tres asignaturas, materias o módulos
- Has pagado gastos de tus estudios y puedes acreditarlos
- Cursas una estancia de movilidad académica manteniendo tu plaza en tu centro de origen
- Tienes 30 años o más en la fecha de la solicitud
- Te empadronaste en Humilladero después del 1 de enero de 2025
- Estás matriculado en menos de tres asignaturas, materias o módulos
- Recibiste esta ayuda en el curso 2025-2026 y no superaste el 80% de lo matriculado
- Ya justificaste esos mismos gastos en otra convocatoria del Ayuntamiento
- Solo puedes aportar libros o material comprados de segunda mano o entre particulares
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta 150€ por estudiante, en un único pago del 100% de la subvención concedida tras la resolución de la Alcaldía. La cantidad concreta depende del número de solicitudes admitidas, de los gastos que acredites y del crédito disponible, y nunca puede superar el importe de los gastos que justifiques. Si el crédito no llega para todas las solicitudes admitidas se reparte de forma proporcional entre los beneficiarios; si sobra crédito, ese reparto puede superar excepcionalmente el límite individual de 150,00 euros.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el volante de empadronamiento, el documento de la matrícula del curso 2026-2027 y los justificantes de los pagos
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Rellena la solicitud normalizada del modelo oficial del Anexo I de las bases
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Presenta la solicitud en el registro del Ayuntamiento de Humilladero, presencial o electrónico, dentro de los 30 días naturales de plazo
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Subsana en diez días lo que falte si el Ayuntamiento te lo requiere, porque si no se te tendrá por desistido
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Espera la resolución de la Alcaldía, que se dicta en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria y se notifica en el tablón de anuncios municipal
Documentación necesaria
- Solicitud normalizada (Modelo Oficial Anexo I)
- DNI, NIE o documento identificativo equivalente de la persona solicitante y, en su caso, del estudiante cuando no coincidan
- Volante de empadronamiento
- Documento acreditativo de la matrícula del curso 2026-2027, o la preinscripción si todavía no tienes la matrícula definitiva
- Certificación académica, expediente académico o documento oficial equivalente del curso 2025-2026, si fuiste beneficiario de esta ayuda ese curso
- Documento acreditativo de los pagos efectuados de los gastos para los que pides la subvención
- Certificado de titularidad de cuenta bancaria a nombre del solicitante o de su representante legal
- Certificado o autorización de comprobación de oficio de estar al corriente de las obligaciones fiscales municipales
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social y certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias