Bonos Aspe para consumo en comercio y hostelería local
Bonos de descuento para compras en comercios y servicios de Aspe adheridos
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Aspe: bonos de descuento para canjear en establecimientos locales adheridos
- Para quién
- Vecinos de Aspe y los comercios, bares y establecimientos de servicios del municipio que se adhieran al programa
- Cuánto
- El valor de cada bono se fija repartiendo el importe de la campaña entre las personas inscritas en plazo; consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Descuento en compras hechas en los establecimientos de Aspe adheridos al programa
- Compras en comercio minorista, hostelería y servicios del municipio
- Requisitos
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- Estás empadronado en Aspe a 1 de enero de 2026
- Tienes cumplidos 16 años a 1 de enero de 2026
- Dispones de DNI o NIE: no se admite identificarse con pasaporte
- Si quieres adherir tu negocio, eres micropyme, pequeño empresario autónomo o profesional con menos de 10 trabajadores
- Tu establecimiento está en el término municipal de Aspe, es comercial permanente y tiene licencia de actividad o ambiental
- Tu actividad económica está incluida en alguno de los epígrafes recogidos en el anexo I
El anexo I recoge comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco; comercio al por menor de productos industriales no alimenticios (textil y confección, calzado y artículos de cuero, medicamentos, droguería, perfumería y cosmética, equipamiento del hogar y construcción, bienes usados, instrumentos musicales, aparatos médicos y ortopédicos, libros, periódicos y revistas, joyería y bisutería, juguetes y artículos de deporte, semillas, abonos, flores y plantas); servicios de alimentación (restaurantes, cafeterías, cafés y bares, quioscos, chocolaterías, heladerías y horchaterías); reparaciones de artículos eléctricos del hogar y de vehículos; transporte por auto taxis; engrase y lavado de vehículos; agencias de viajes; guardería y enseñanza infantil, formación profesional no superior y otras actividades de enseñanza; sanidad y servicios veterinarios; lavanderías y tintorerías; peluquerías y salones de belleza; y servicios fotográficos y de fotocopias. El anexo II recoge epígrafes de profesionales de la sanidad y de actividades parasanitarias.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Canjea los bonos dentro del periodo de validez que fije el extracto de la convocatoria: pasado ese periodo se anulan automáticamente
- Declara la ayuda como ganancia patrimonial en tu declaración de la renta del año que corresponda
- Usa los bonos que hayas adquirido: si no, pueden excluirte del listado de beneficiarios en las siguientes campañas
- Si tienes un establecimiento adherido, acepta el bono y descuenta su importe de la compra del consumidor
- Si tienes un establecimiento adherido, conserva todos los tiques originales de venta asociados a los bonos canjeados
- Si tienes un establecimiento adherido, presenta para justificar el cobro el informe del listado de bonos canjeados que emite la plataforma web de gestión
- Cuándo
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- Abre: 29 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 22 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Aspe a 1 de enero de 2026
- Tenías cumplidos 16 años a 1 de enero de 2026
- Te identificas con DNI o NIE
- Tienes un comercio, un bar o un negocio de servicios en Aspe
- Eres autónomo o micropyme con menos de 10 trabajadores
- Te identificas con pasaporte
- No estabas empadronado en Aspe en la fecha de referencia
- Quieres adherir tu negocio y eres autónomo colaborador
- Tu establecimiento está fuera del término municipal de Aspe
- El establecimiento que quieres adherir es una administración pública, un organismo autónomo, una empresa pública u otro ente público
- El establecimiento que quieres adherir es una asociación, una fundación o, en general, una entidad sin ánimo de lucro
Cuánto puedes recibir
El valor del bono no está fijado de antemano: el total asignado a la campaña se divide entre el número de vecinos que se inscriban en plazo, así que cuánto vale cada bono y cuántos puedes pedir dependen de cuánta gente se registre. Cada bono se usa como descuento en compras iguales o superiores al doble de la cantidad que indique el propio bono. Si tienes un establecimiento adherido, el Ayuntamiento te abona los bonos canjeados al 100% una vez recibida y comprobada la documentación. El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Inscríbete en el plazo previo al inicio de la campaña a través de la página web del Ayuntamiento
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Solicita los bonos, ya iniciada la campaña, en la web municipal habilitada al efecto
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Descarga el bono en PDF en tu móvil o imprímelo
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Preséntalo en el establecimiento de Aspe adherido donde quieras canjearlo
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Si tienes más de 70 años y no dispones de medios para obtenerlo, recoge el bono impreso en la Agencia de Empleo del Ayuntamiento con tu DNI o NIE
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Si quieres adherir tu establecimiento, presenta la solicitud en el registro electrónico del Ayuntamiento y regístralo después en la aplicación de gestión de los bonos
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención cumplimentada y firmada, según el modelo publicado en la sede electrónica
- Declaración responsable incluida en la solicitud
- Declaración censal
- Ficha de mantenimiento de terceros cumplimentada, firmada y sellada por la entidad bancaria
- DNI o NIE