Ayuda al alquiler de vivienda para jóvenes de Ontinyent
100€ al mes de ayuda al alquiler, hasta 1.200€ al año, para jóvenes de Ontinyent
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ontinyent para pagar el alquiler de tu vivienda o de tu habitación.
- Para quién
- Personas jóvenes menores de 35 años que viven de alquiler en una vivienda o en una habitación de Ontinyent.
- Cuánto
- 100€ al mes por vivienda o habitación, con un máximo de 1.200€ al año
- Qué cubre
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- El alquiler de una vivienda completa en Ontinyent
- El alquiler de una habitación en Ontinyent
- Las mensualidades pagadas entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
- Requisitos
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- Eres mayor de edad o estás legalmente emancipado, y menor de 35 años durante el año de la convocatoria
- Tienes residencia legal en España
- Eres titular de un contrato de alquiler de vivienda o de habitación en Ontinyent con una duración mínima de un año
- La vivienda o habitación es la residencia habitual y permanente de todas las personas de tu unidad de convivencia, empadronadas en ella durante todo el periodo de la convocatoria
- La renta mensual del alquiler no supera los 700€ con IVA incluido, o los 300€ si alquilas una habitación
- Si has tenido varios contratos durante el periodo subvencionado, son consecutivos
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Cumple la finalidad por la que te conceden la ayuda
- Justifica ante el ayuntamiento que cumples los requisitos y las condiciones
- Comunica al ayuntamiento si obtienes otras ayudas o ingresos para el mismo alquiler, en cuanto lo sepas
- Acepta las actuaciones de comprobación y aporta la información que te pidan
- Conserva los documentos que justifican el uso de los fondos recibidos
- Indica en lugar visible que tu alquiler cuenta con financiación municipal y aporta fotografías, en el mes siguiente a la notificación de la concesión
- Cuándo
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- Abre: 26 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres menor de 35 años durante el año natural de la convocatoria
- Eres titular del contrato de alquiler de una vivienda o de una habitación en Ontinyent
- La vivienda o habitación es tu residencia habitual y estás empadronado en ella
- Tu renta mensual de alquiler no pasa de 700€, o de 300€ si es una habitación
- Pagaste el alquiler entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
- Eres propietario o usufructuario de alguna vivienda en España, salvo que solo tengas una parte heredada sin testamento, no puedas disponer de ella por separación, divorcio u otra causa ajena a tu voluntad, o resulte inaccesible por diversidad funcional
- Vives en un subarriendo de vivienda o de habitación
- Tu contrato de alquiler dura menos de un año
- Otra persona de tu unidad de convivencia ya pide esta ayuda
- Eres socio o partícipe de quien te alquila la vivienda
- Tu contrato es turístico o para un uso distinto de vivienda
Cuánto puedes recibir
Cobras 100€ por cada mes de alquiler, con un máximo de 1.200€ al año por vivienda o habitación. Las ayudas se conceden en orden descendente de puntuación hasta agotar el crédito, y si queda sobrante se reparte proporcionalmente entre las personas beneficiarias según la puntuación obtenida. El pago se ordena en el mismo acto de la concesión, porque el gasto se justifica al presentar la solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el contrato de alquiler y los justificantes bancarios de las mensualidades que has pagado
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Firma las declaraciones responsables y autorizaciones con todas las personas de tu unidad de convivencia mayores de 16 años
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Presenta la solicitud mediante el trámite específico de la sede electrónica del ayuntamiento o en su registro general
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Aporta junto a la solicitud los méritos que quieras que se valoren, documentados y vigentes
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Si te requieren subsanar algo, complétalo en el plazo de 10 días hábiles
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Presenta alegaciones en los 10 días siguientes a la notificación de la resolución provisional si no estás de acuerdo
Documentación necesaria
- Copia del contrato de arrendamiento de la vivienda o de la habitación, firmada en todas las páginas, con mención expresa del importe del alquiler y de la duración mínima de un año
- Referencia catastral de la vivienda individualizada
- Recibos bancarios, copia de las transferencias o de los cargos en cuenta que acrediten el pago de las mensualidades (no se admiten pagos en efectivo)
- Mantenimiento de terceros cumplimentado y fotocopia del DNI, salvo que ya hayas usado esa cuenta bancaria con el ayuntamiento
- Autorización al ayuntamiento para comprobar por vía telemática tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio ayuntamiento, y para acceder a tus datos de IRPF
- Declaraciones responsables y autorizaciones firmadas por todas las personas de la unidad de convivencia mayores de 16 años
- Declaración responsable de no haber recibido ni solicitado otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, o la relación de las solicitadas y concedidas
- Certificado de situación laboral del servicio de empleo (LABORA) que acredite el desempleo, si alegas ese mérito
- Título oficial de familia numerosa o monoparental, si alegas ese mérito
- Certificado de diversidad funcional del miembro de la unidad familiar, si alegas ese mérito
- Libro de Familia, en el supuesto de unidad familiar