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Ayudas Claras
Ayudas La Palma Prestaciones
Prestaciones La Palma Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para el proyecto de tu primera vivienda en Barlovento

Hasta el 75% de los honorarios del proyecto, con un límite de 3.000€ a 7.000€

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Barlovento para los honorarios de redacción del proyecto de autoconstrucción de tu primera vivienda
Para quién
Personas físicas o jurídicas que promueven la autoconstrucción de una primera vivienda
Cuánto
  • Hasta el 75% de los honorarios, con un límite que depende del tramo
    Honorarios del proyectoSubvenciónLímite
    Hasta 5.000€Hasta el 75%3.000€
    Hasta 10.000€Hasta el 75%5.000€
    Superior a 10.000€Hasta el 75%7.000€
    Si el crédito no llega para todas las solicitudes válidas y no se puede ampliar, se reparte proporcionalmente entre ellas para atenderlas todas.
Qué cubre
Los honorarios del profesional que redacta el proyecto técnico de autoconstrucción de tu primera vivienda
Requisitos
  • Se trata de tu primera vivienda y de una construcción nueva
  • El proyecto se ha visado entre el 6 de diciembre de 2025 y el fin del plazo de solicitudes
  • Estás empadronado y resides en Barlovento, y lo has estado el año anterior al periodo subvencionable
  • No has sido beneficiario de esta subvención en ninguna convocatoria anterior
  • Si ya empezaste a construir, tienes licencia municipal y has liquidado al ayuntamiento el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
  • Si aún no has empezado, firmas una declaración responsable comprometiéndote a iniciar la obra en un año desde la concesión
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Inicia la construcción en el plazo de un año desde la resolución de concesión si todavía no la habías empezado
  • Justifica la ayuda presentando las facturas de los honorarios del proyecto, por registro de entrada o por la sede electrónica
  • Justifica un importe igual o superior a la cantidad que solicitaste como subvención
  • Presenta facturas que detallen el concepto y tu nombre: sin esos datos no se aceptan
  • Presenta las facturas como máximo el 31 de marzo de 2027
  • Cumplimenta el modelo de alta o modificación de datos de terceros para que te hagan el ingreso
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 26 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Vas a construir tú mismo tu primera vivienda en Barlovento
  • Ya has pagado los honorarios de redacción del proyecto técnico
  • El proyecto se visó a partir del 6 de diciembre de 2025
  • Estás empadronado y resides en Barlovento
  • Se trata de una vivienda de construcción nueva
  • Ya fuiste beneficiario de esta subvención en una convocatoria anterior
  • No estás empadronado ni resides en Barlovento
  • La vivienda no es tu primera vivienda
  • El proyecto se visó antes del 6 de diciembre de 2025
  • Aún no has pagado la factura de los honorarios del proyecto
  • Presentas varias solicitudes para esta ayuda: se excluyen todas

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 75% de lo que te haya costado la redacción del proyecto. El límite depende de los honorarios: 3.000€ si no pasan de 5.000€, 5.000€ si no pasan de 10.000€ y 7.000€ si los superan. Lo cobras de una sola vez, por transferencia a la cuenta que indiques, a partir de la resolución definitiva de la Alcaldía. Si hay más solicitudes válidas que crédito, el dinero se reparte proporcionalmente entre todas.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la factura de los honorarios de redacción del proyecto y el justificante de haberla pagado

  2. Descarga el modelo normalizado de solicitud del tablón de anuncios virtual del ayuntamiento y cumpliméntalo

  3. Dirige la solicitud a Alcaldía y preséntala, con la documentación, en el registro del ayuntamiento o en la sede electrónica municipal

  4. Hazlo dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios y en el boletín de la provincia

  5. Si falta algún documento, subsánalo en los diez días hábiles siguientes al requerimiento

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud, cumplimentado y firmado, con la declaración responsable (anexo de las bases)
  • Fotocopia compulsada del DNI o NIE en vigor
  • Factura de los honorarios de redacción del proyecto
  • Acreditación del pago de esa factura
  • Certificado de empadronamiento, en su caso
  • Certificado de no titularidad del Registro de la Propiedad
  • Acreditación de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, o autorización al ayuntamiento para recabarla
  • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones
  • Declaración de no tener deudas vencidas pendientes de pago con el Ayuntamiento de Barlovento
  • Declaración de otras ayudas solicitadas para la misma finalidad, en su caso
  • Modelo de alta o modificación de datos de terceros

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrarla si ya pedí otra ayuda para lo mismo?
Sí. Estas ayudas son compatibles con otras para la misma finalidad concedidas por el Estado, la Comunidad Autónoma de Canarias u otras administraciones públicas. Eso sí, tienes que declarar las que hayas solicitado.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Solo cabe una solicitud por persona y vivienda. Si se presentan varias, por la misma o por distinta persona, todas quedan excluidas.
¿Puedo pedirla si ya he empezado a construir?
Sí, siempre que cuentes con la licencia municipal de obra y hayas liquidado al ayuntamiento el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
¿Hasta cuándo tengo para presentar las facturas?
El plazo máximo para presentar las facturas que justifican la ayuda es el 31 de marzo de 2027.
¿Qué pasa si hay más solicitudes que dinero?
Si no existe crédito suficiente y no es posible incrementarlo con una modificación presupuestaria, el importe se reparte proporcionalmente entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos, para poder atenderlas todas.

Fuentes oficiales

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