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Ayudas Claras
Ayudas Albacete Cultura
Cultura Albacete Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para comprar instrumentos musicales en El Bonillo

Hasta 500€ por instrumento, el 50% del coste, para músicos de El Bonillo

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de El Bonillo para comprar instrumentos musicales.
Para quién
Miembros activos de la Banda Municipal de Música de El Bonillo y alumnos de su Escuela Municipal de Música.
Cuánto
El 50% del coste del instrumento, con un máximo de 500€ por instrumento adquirido
Qué cubre
  • La compra de un instrumento musical para usarlo en la Banda Municipal de Música o en la Escuela Municipal de Música
  • Instrumentos adquiridos desde el 1 de enero de 2021 hasta la fecha de tu solicitud
Requisitos
  • Eres miembro activo de la Banda Municipal de Música o alumno de la Escuela Municipal de Música de El Bonillo
  • Pagas por tu cuenta al menos el 50% del coste de adquisición del instrumento
  • El instrumento se compró entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de tu solicitud
  • No has sido beneficiario de ayudas de convocatorias anteriores con esta misma finalidad
  • Tu solicitud alcanza al menos 5 puntos sobre un máximo de 30 en la baremación
    CriterioPuntos
    Ser miembro activo de la Agrupación de Conjunto de Música10
    Informe favorable del Coordinador-Director de la Banda: asistencia a ensayos hasta 5 puntos y participación en conciertos y actividades hasta 5 puntos1-10
    Antigüedad del instrumento: 2 puntos por cada año completo entre la fecha de la factura y la de solicitud10
    Los criterios solo se puntúan si aportas la documentación de cada apartado. Las solicitudes que no alcancen 5 puntos se desestiman.
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Permanece en la Agrupación Musical de Conjunto o en la Escuela Municipal de Música cinco años desde la concesión
  • Devuelve la parte de la ayuda proporcional al tiempo que falte si te vas antes de esos cinco años
  • Participa en los ensayos, conciertos y actividades que desarrolle la Banda Municipal de Música
  • No tengas un informe negativo del Director de la Banda Municipal de Música
  • Utiliza el instrumento en la Banda Municipal de Música o en la Escuela Municipal de Música
Cuándo

El plazo es de diez días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 26 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres miembro activo de la Banda Municipal de Música de El Bonillo
  • Eres alumno de la Escuela Municipal de Música de El Bonillo
  • Has comprado un instrumento musical desde el 1 de enero de 2021
  • Puedes pagar de tu bolsillo al menos la mitad del instrumento
  • Tienes la factura del instrumento y el justificante de su pago
  • Ya fuiste beneficiario de esta misma ayuda en una convocatoria anterior
  • No perteneces a la Banda Municipal ni a la Escuela Municipal de Música
  • Compraste el instrumento antes del 1 de enero de 2021
  • No vas a usar el instrumento en la Banda ni en la Escuela de Música
  • Tu solicitud no llega a los 5 puntos mínimos de la baremación

Cuánto puedes recibir

Cobras el 50% de lo que te costó el instrumento, con un máximo de 500€ por instrumento adquirido; la otra mitad la pones tú. Si la suma de las ayudas aprobadas supera el crédito de la convocatoria, todas se reducen en el mismo porcentaje hasta ajustarse al crédito disponible, y nunca cobras más de lo que has solicitado. El dinero se abona después de justificar el gasto con la factura y el justificante de su pago.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la factura de compra del instrumento, en original o copia auténtica, y el justificante de su pago

  2. Rellena la solicitud del Anexo I: solo puedes presentar una por persona e instrumento

  3. Firma la declaración responsable del Anexo II

  4. Presenta la solicitud y la justificación del gasto en el Registro General del Ayuntamiento de El Bonillo, de 9:00 a 14:00, o por cualquiera de los otros medios de presentación admitidos ante la administración

  5. Subsana los defectos u omisiones en el plazo de diez días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  6. Formula alegaciones en diez días si no estás de acuerdo con la propuesta provisional de concesión

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Factura de adquisición del instrumento, en original o copia auténtica
  • Justificante del pago de la factura
  • Declaración de las demás ayudas obtenidas para el mismo destino

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya me concedieron esta ayuda otro año?
No. No pueden obtener la ayuda quienes ya hayan sido beneficiarios de ayudas concedidas en convocatorias anteriores con esta misma finalidad.
¿Sirve un instrumento que compré hace unos años?
Sí, siempre que la compra sea desde el 1 de enero de 2021 hasta la fecha de tu solicitud. Además, la antigüedad suma puntos: 2 por cada año completo entre la fecha de la factura y la de la solicitud, hasta un máximo de 10.
¿Puedo cobrar otra ayuda para el mismo instrumento?
Sí. Esta subvención es compatible con otras ayudas públicas o privadas concedidas para el mismo destino, siempre que la suma acumulada no supere el 100% del importe de la adquisición.
¿Qué pasa si me deniegan la ayuda por falta de crédito?
Podrás concurrir a una nueva convocatoria.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El Ayuntamiento resuelve y notifica en un plazo máximo de veinte días hábiles desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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