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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Cooperación
Cooperación Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones de Blanes para cooperación internacional

Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para cooperación internacional

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Blanes para proyectos de cooperación al desarrollo internacional
Para quién
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que impulsan proyectos de cooperación al desarrollo
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Proyectos de cooperación al desarrollo en el ámbito internacional
  • Actuaciones que promuevan el respeto y la equidad entre personas, la cultura de la paz y la sostenibilidad social, económica y ambiental
  • Se priorizan los proyectos sobre derecho a la alimentación, el agua y la salud, educación, participación social y cultural y vivienda digna
Requisitos
  • Eres una entidad o asociación sin ánimo de lucro
  • Impulsas un proyecto de cooperación al desarrollo en el ámbito internacional
  • Si la solicitud la presentan varias entidades, al menos una cumple los requisitos exigidos
  • Realizas las actuaciones entre el 1 de junio de 2026 y el 30 de septiembre de 2027
  • Tu proyecto obtiene un mínimo de 10 puntos en la valoración de la comisión, sobre un máximo de 20
    CriterioPuntuación máxima
    Experiencia previa en proyectos de cooperación al desarrolloHasta 5 años: hasta 1 punto · Más de 5 años: hasta 2 puntos
    Acciones o actividades de difusión y sensibilización del proyecto en el municipioHasta 2 actividades: hasta 1 punto · Más de 3 actividades: hasta 2 puntos
    Estructura coherente, sólida, clara y correctamente elaborada del proyectoHasta 2 puntos
    Grado de adecuación a las necesidades detectadasHasta 2 puntos
    Participación de los beneficiarios directos en la formulación del proyectoHasta 2 puntos
    Toma en consideración de las personas o colectivos en mayor vulnerabilidadHasta 2 puntos
    Inclusión de la perspectiva de género de manera transversalHasta 2 puntos en todas las fases · 1 punto en alguna fase · 0 puntos si no se contempla
    Continuidad de un proyecto anteriorHasta 2 puntos
    Presupuesto claro y detallado, con diversificación de las fuentes de financiaciónHasta 2 puntos
    Medios eficaces de seguimiento, control y evaluaciónHasta 2 puntos
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actuaciones del proyecto entre el 1 de junio de 2026 y el 30 de septiembre de 2027
  • Acredita que has realizado la actividad por la que se te concedió la subvención
  • Cumple los requisitos y las condiciones que determinaron la concesión
  • Presenta la justificación en el mes siguiente a la finalización del proyecto y como máximo el 1 de noviembre de 2027
  • Entrega, junto con la justificación, un reportaje fotográfico que acredite que se han conseguido los objetivos del proyecto
Cuándo
  • Abre: 27 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 24 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad o asociación sin ánimo de lucro
  • Impulsas un proyecto de cooperación al desarrollo en el ámbito internacional
  • Tu proyecto trabaja por los derechos humanos y la cultura de la paz
  • Tu proyecto puede ejecutarse entre junio de 2026 y septiembre de 2027
  • Quieres presentar la solicitud junto con otra entidad
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Solicitas la subvención como persona física
  • Tu proyecto no es de cooperación al desarrollo en el ámbito internacional
  • Tus actuaciones se realizan fuera del periodo subvencionable
  • Tu proyecto no llega a los 10 puntos mínimos en la valoración

Cuánto puedes recibir

La ayuda consiste en una aportación económica directa del ayuntamiento. El importe por entidad no está especificado; consulta directamente con la administración. El pago íntegro se inicia a partir de la fecha de aprobación de la resolución o, en su defecto, como máximo dos meses después de esa resolución.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que figura en las bases y en la convocatoria

  2. Rellena la solicitud en el modelo normalizado

  3. Presenta la solicitud y la documentación hasta el 24 de noviembre de 2026

  4. Espera el examen de la Comisión Calificadora, que se reúne a ser posible antes del 30 de noviembre de 2026

  5. Recibe la resolución, que se adopta durante diciembre de 2026 y se notifica individualmente en los diez días siguientes

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social, solo si deniegas la autorización para que el ayuntamiento lo consulte

Preguntas frecuentes

¿Pueden presentar el proyecto varias entidades a la vez?
Sí. Cuando la solicitud la presentan más de una entidad, los requisitos deben cumplirlos al menos una de ellas.
¿Cuándo sabré si me han concedido la subvención?
La resolución se adopta durante diciembre de 2026 o, en su defecto, en un plazo máximo de seis meses desde el fin del plazo de presentación de solicitudes. Se te notifica individualmente en los diez días siguientes a su adopción.
¿Qué pasa si no recibo respuesta en plazo?
Si transcurre el plazo sin que se adopte resolución, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Puedo recurrir la resolución?
Sí. Puedes interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Girona en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación, o, de forma potestativa, recurso de reposición ante el ayuntamiento en el plazo de un mes.

Fuentes oficiales

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