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Ayudas Claras
Ayudas Extremadura Educación
Educación Extremadura Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de psicoterapia para alumnado de Extremadura

Hasta 540€ por beneficiario para costear la psicoterapia del curso 2026/2027.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Junta de Extremadura para costear la atención psicoterapéutica del alumnado
Para quién
Alumnado de Primaria y Secundaria obligatoria con necesidades específicas de apoyo educativo que requieren psicoterapia
Cuánto
Hasta 540€ por beneficiario, según los puntos obtenidos en la valoración
Qué cubre
  • Los honorarios del profesional que realiza la atención psicoterapéutica durante el curso 2026/2027
  • No cubre los gastos de desplazamiento ni las dietas
Requisitos
  • Tu familia tiene residencia en Extremadura en la fecha en que presentas la solicitud
  • El alumno está escolarizado en Primaria o Secundaria obligatoria en un centro sostenido con fondos públicos de Extremadura en el curso 2026/2027
  • El alumno tiene necesidades específicas de apoyo educativo que requieren psicoterapia y está consignado en el módulo NEAE de Rayuela
  • Aportas un informe del facultativo competente del sistema sanitario público que acredite que el alumno necesitará tratamiento psicoterapéutico durante todo o parte del curso 2026/2027; si el alumno no tiene cobertura en el sistema sanitario público, acredita esa condición y aporta el informe del facultativo competente
  • La renta de tu unidad familiar no supera los umbrales de la convocatoria
    Miembros de la familiaRenta máxima
    1 miembro8.992,20€
    2 miembros13.487,23€
    3 miembros17.983,33€
    4 miembros22.479,43€
    5 miembros26.076,52€
    6 miembros29.672,55€
    7 miembros33.269,64€
    8 miembros36.866,74€
    A partir del octavo miembro se añaden 3.597,09€ por cada nuevo miembro computable. Se tienen en cuenta los datos económicos de la unidad familiar correspondientes al año 2025.
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica las cantidades del primer pago durante el mes siguiente a la notificación de la concesión
  • Envía la documentación que acredita el gasto en el plazo máximo de un mes desde que termina la atención psicoterapéutica
  • Presenta las facturas originales del gasto y los justificantes de pago firmados por el profesional o gabinete que presta la atención
  • Comunica cualquier otra subvención o ayuda que recibas para la misma finalidad
  • Pide autorización expresa antes de cambiar de profesional que presta el servicio
  • Sométete a las actuaciones de control financiero y de comprobación que se realicen
Fechas estimadas
  • Abre: 30 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 20 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu hijo cursa Primaria o Secundaria obligatoria en un centro sostenido con fondos públicos
  • Tu familia tiene residencia en Extremadura
  • Tu hijo necesita tratamiento psicoterapéutico según informe del facultativo
  • Vas a pagar los honorarios de un profesional de psicoterapia
  • La renta de tu unidad familiar no supera los umbrales de la convocatoria
  • Tu hijo no está en Primaria ni en Secundaria obligatoria
  • El centro donde estudia no está sostenido con fondos públicos de Extremadura
  • Tu hijo no está consignado en el módulo NEAE de Rayuela
  • La renta de tu unidad familiar supera los umbrales de la convocatoria
  • Ya recibes otra ayuda pública que cubre el mismo gasto
  • Solo quieres cubrir gastos de desplazamiento o dietas

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta 540€ por beneficiario. La cuantía exacta se calcula en proporción a los puntos que obtengas: se multiplica tu puntuación por el resultado de dividir el crédito disponible entre el total de puntos asignados a todos los beneficiarios. El dinero llega en dos pagos, el 80% tras la firma de la resolución de concesión y el 20% restante una vez justificado el gasto del primer pago.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el informe del servicio de orientación, el informe del facultativo y el presupuesto firmado por el profesional que dará la terapia

  2. Rellena el modelo normalizado de solicitud dirigido a la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios

  3. Presenta la solicitud en el plazo de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria

  4. Entrégala en las Delegaciones Provinciales de Educación de Badajoz o Cáceres, en una Oficina de Asistencia a la Ciudadanía o por vía electrónica en la sede electrónica de la Junta de Extremadura

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles

  6. Justifica el gasto con las facturas originales firmadas por el profesional que ha realizado la atención

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud (Anexo I)
  • Declaración responsable sobre otras ayudas públicas solicitadas o percibidas para el mismo fin (Anexo IX)
  • Informe del servicio de orientación de la administración educativa según la modalidad solicitada (Anexo II, III o IV)
  • Declaración responsable del profesional que realizará la psicoterapia (Anexo V)
  • Certificación de la dirección del centro educativo donde el alumno estudia en el curso 2026/2027
  • Copia auténtica del Libro de Familia completo
  • Certificado de la Agencia Tributaria del alta en el Impuesto de Actividades Económicas del profesional, centro, institución o gabinete que realizará la atención, si no autorizas al órgano gestor a recabarlo
  • Presupuesto del coste del servicio firmado por el profesional, centro, institución o gabinete que lo va a prestar
  • Documento original de Alta de Terceros con la cuenta bancaria donde quieres recibir la ayuda
  • Certificado del ayuntamiento de residencia con los kilómetros de distancia desde el domicilio familiar hasta la localidad donde el alumno recibe la terapia
  • Informe del facultativo competente del sistema sanitario que especifique que el alumno necesitará tratamiento psicoterapéutico durante todo o parte del curso 2026/2027

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si ya recibo otra para pagar la psicoterapia?
No. Estas subvenciones son incompatibles con cualquier otra ayuda pública concedida para el mismo fin, y también con otra ayuda que, aunque tenga distinto fin, cubra los mismos gastos.
¿Entran los gastos de desplazamiento a las sesiones?
No. Solo son subvencionables los honorarios del profesional que realiza la atención psicoterapéutica durante el curso escolar; los desplazamientos y las dietas quedan fuera.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
El órgano gestor te requerirá para que la subsanes en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo para resolver y notificar el procedimiento es de seis meses. La resolución se notifica individualmente a cada interesado.

Fuentes oficiales

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