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Ayudas Claras
Ayudas Extremadura Educación
Educación Extremadura Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda al transporte diario de alumnado en Extremadura

Entre 100€ y 900€ por curso según los kilómetros semanales que recorras

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Junta de Extremadura para los gastos de transporte diario hasta el centro educativo.
Para quién
Alumnado de enseñanzas postobligatorias no universitarias matriculado en centros públicos de Extremadura.
Cuánto
  • Importe por curso según los kilómetros semanales que recorres
    Kilómetros semanalesAyuda por alumno y curso
    Menos de 50 km100€
    De 50 km a 100 km192€
    De 101 km a 300 km386€
    De 301 km a 500 km763€
    Más de 500 km900€
    La cuantía de la ayuda será en todo caso inferior a 3.000€ por alumno. Para alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad motórica que precise vehículo adaptado, la Comisión de Valoración puede proponer una cuantía superior sin superar el coste del servicio. Si no existe crédito suficiente, el importe global máximo se prorratea entre los beneficiarios.
Qué cubre
  • Los gastos del transporte diario entre tu domicilio familiar y la localidad donde está tu centro educativo
  • El desplazamiento al centro de trabajo donde realizas las prácticas de tu ciclo formativo
Requisitos
  • Estás matriculado del curso completo 2026/2027 en enseñanzas postobligatorias no universitarias de un centro público de Extremadura
  • Tu familia tiene residencia en Extremadura o acreditas la condición de extremeño en el exterior
  • La renta computable de tu familia no supera el umbral que corresponde a su número de miembros
    Miembros de la familiaRenta computable máxima
    114.112€
    224.089€
    332.697€
    438.831€
    543.402€
    646.853€
    750.267€
    853.665€
    A partir del octavo miembro se añaden 3.181€ por cada nuevo miembro computable. El umbral se incrementa un veinte por ciento cuando el solicitante es huérfano absoluto y menor de 25 años.
  • No repites curso, ni total ni parcialmente

    Se entiende que cumples el requisito académico si repetiste el curso anterior pero tienes superadas la totalidad de las materias o módulos de los cursos anteriores.

  • No puedes ocupar gratuitamente una plaza en las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería de Educación y Formación Profesional
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acredita los requisitos exigidos para acceder a la ayuda
  • Asiste a clase de manera continuada y regular durante el curso
  • Justifica documentalmente el destino de la ayuda
  • Comunica cualquier alteración de las condiciones que se tuvieron en cuenta para concederte la ayuda, incluidas otras ayudas que recibas para la misma finalidad
  • Sométete a las actuaciones de seguimiento, comprobación, inspección y control
  • Devuelve la ayuda si se da alguno de los casos de reintegro previstos
Fechas estimadas
  • Abre: 30 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 20 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estudias enseñanzas postobligatorias no universitarias en un centro público de Extremadura
  • Te desplazas a diario desde tu domicilio familiar hasta la localidad del centro
  • Haces las prácticas de tu ciclo formativo en otra localidad
  • Tu familia tiene residencia en Extremadura o eres extremeño en el exterior
  • No puedes ocupar plaza gratuita en las rutas de transporte escolar contratadas
  • Repites curso total o parcialmente
  • No te matriculas del curso completo en 2026/2027
  • La renta computable de tu familia supera el umbral que le corresponde
  • Pides también la ayuda de transporte de fin de semana de esta convocatoria
  • Recibes la ayuda de la convocatoria general del Ministerio con competencias en educación
  • Los ingresos de actividades económicas de tu familia superan 155.500€

Cuánto puedes recibir

Recibes una cantidad fija por curso que depende de los kilómetros que recorres cada semana entre tu domicilio familiar y la localidad del centro: desde 100€ si son menos de 50 km semanales hasta 900€ si pasan de 500 km. Si el alumnado tiene necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad motórica y precisa vehículo adaptado, la Comisión de Valoración puede proponer una cuantía superior sin superar el coste del servicio. El abono se hace en un solo pago por transferencia a una cuenta abierta a nombre del alumno y, si es menor de edad, de su representante legal.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Pide en tu ayuntamiento el certificado de residencia con el domicilio familiar y los kilómetros de distancia hasta la localidad del centro

  2. Rellena la solicitud del anexo I con tus datos académicos y la distancia al centro

  3. Preséntala en un registro de la Consejería de Educación y Formación Profesional, en una oficina de asistencia a la ciudadanía o en el registro electrónico de la Junta de Extremadura

  4. Subsana la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días si el órgano gestor te lo requiere

  5. Espera la resolución, que se notifica como máximo tres meses después de terminar el plazo de solicitudes

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del anexo I
  • Certificado de residencia expedido por el ayuntamiento, con el domicilio familiar del alumno durante el curso y los kilómetros de distancia hasta la localidad del centro o del centro de prácticas
  • Alta de terceros del alumno con la cuenta bancaria donde quieres recibir la ayuda, o los veinte dígitos de la cuenta en el anexo I
  • Declaración responsable de las ayudas para el estudio percibidas de otras administraciones o entidades
  • Documentos que acrediten las deducciones a la renta familiar declaradas en la solicitud
  • Copia auténtica del documento nacional de identidad o de la tarjeta de identidad, si te opones a que el órgano gestor compruebe de oficio tus datos de identidad
  • Certificación de haberes, declaración jurada u otros documentos que justifiquen la renta de la unidad familiar, si la Agencia Tributaria no dispone de esos datos

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir a la vez esta ayuda y la de transporte de fin de semana?
No. Las ayudas de la Línea C de transporte diario son incompatibles con las de la Línea B de transporte de fin de semana.
¿Es compatible con las becas del Ministerio?
No. La ayuda de transporte diario es incompatible con las concedidas por el Ministerio con competencias en educación mediante su convocatoria de carácter general para el alumnado de niveles postobligatorios no universitarios.
¿Qué pasa si falto a clase?
La convocatoria fija esta escala de faltas injustificadas: entre el 5% y el 7%, la ayuda se reduce un 40%; entre el 7% y el 15%, la reducción que recoge la escala es del 0%; y más del 15% se considera incumplimiento total de la finalidad de la ayuda.
¿Qué ocurre si no hay crédito suficiente para todas las solicitudes?
La Comisión de Valoración prorratea entre los beneficiarios el importe global máximo destinado a las ayudas.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores?
El órgano gestor te requerirá para subsanarla en un plazo máximo e improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.

Fuentes oficiales

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