Ayudas para material escolar en El Pinar de El Hierro
Entre 30€ y 100€ por alumno según la renta familiar y el nivel de estudios
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de El Pinar de El Hierro para la compra de material escolar.
- Para quién
- Padres, madres y tutores legales de alumnado escolarizado, o los propios estudiantes si son mayores de edad.
- Cuánto
-
- Importe por alumno según el tramo de renta familiar y el nivel de estudios
La cuantía base se incrementa un 10% si acreditas ser familia numerosa o tener a tu cargo menores con discapacidad o dependencia reconocida. Los estudiantes mayores de 21 años no pasan de 30€ en Infantil y Primaria ni de 60€ en secundaria y postobligatoria, sea cual sea su tramo. Las familias cuyos ingresos conjuntos no superen el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples anual vigente tienen prioridad absoluta en la adjudicación. Los importes definitivos pueden minorarse para ajustarlos de forma proporcional al crédito disponible.Tramo de renta familiar (IRPF) Importe por alumno (Infantil y Primaria) Importe por alumno (ESO, Bachillerato y FP) Entre 0€ y 20.000€ 70€ 100€ Entre 20.000,01€ y 30.000€ 50€ 80€ Entre 30.000,01€ y 50.000€ 30€ 60€
- Importe por alumno según el tramo de renta familiar y el nivel de estudios
- Qué cubre
-
- Gastos de compra de material escolar del curso 2026/2027
- Libros de texto y material didáctico
- Requisitos
-
- Resides y estás empadronado de forma efectiva en El Pinar de El Hierro
- El menor para el que pides la ayuda convive realmente contigo
- El alumno está matriculado en el curso 2026/2027 en un centro público o concertado
Niveles admitidos: Educación Infantil, Educación Primaria Obligatoria, Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato y Formación Profesional (Ciclos Formativos de Grado Básico, Medio o Superior).
- Estudia en un centro del municipio, o de otro municipio de la isla si ese nivel no se imparte en El Pinar
- La renta de tu unidad familiar no supera el umbral máximo de la convocatoria
El tramo máximo es de 50.000,00 € de IRPF anual. La renta se calcula según la base imponible general de la declaración del ejercicio fiscal de 2025.
- Has justificado las ayudas o subvenciones que el ayuntamiento te concedió antes
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Destina el dinero exclusivamente a la compra de material escolar
- Justifica la ayuda aportando la factura de compra detallada y original del material adquirido
- Presenta esa factura en el registro municipal en un plazo máximo e improrrogable de tres meses desde que cobras la ayuda
- Devuelve la ayuda si no la justificas o si destinas los fondos a otros fines
- Cuándo
-
- Abre: 22 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Resides y estás empadronado en El Pinar de El Hierro
- Tienes hijos o menores a tu cargo matriculados en el curso 2026/2027
- El alumno cursa Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato o Formación Profesional
- Eres estudiante mayor de edad y pides la ayuda para ti
- La renta de tu unidad familiar no supera los 50.000€ de IRPF anual
- No estás empadronado de forma efectiva en El Pinar de El Hierro
- La renta de tu unidad familiar supera los 50.000€ de IRPF anual
- El centro donde estudia el alumno no es público ni concertado
- El alumno estudia en un centro de fuera de la isla de El Hierro
- Tienes pendiente de justificar otra ayuda que te concedió el ayuntamiento
Cuánto puedes recibir
Recibes una cantidad por cada alumno que se fija de forma inversamente proporcional a la renta de tu unidad familiar, calculada según la base imponible general de la declaración de 2025: entre 30€ y 100€ según el tramo de renta y el nivel de estudios. Si acreditas ser familia numerosa o tener a tu cargo menores con discapacidad o dependencia reconocida, esa cuantía base se incrementa un 10%. Los importes definitivos pueden minorarse para ajustarlos de forma proporcional al crédito disponible.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne la documentación exigida, incluidos los anexos de solicitud y de declaración responsable
-
Cumplimenta y firma la solicitud oficial dirigida al Alcalde-Presidente
-
Preséntala en el Registro General del Ayuntamiento o por vía telemática en la sede electrónica municipal
-
Si te requieren subsanar algo, aporta los documentos que falten en el plazo máximo de diez días
-
Consulta la resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, que sirve de notificación formal
-
Presenta la factura del material escolar en los tres meses siguientes al cobro de la ayuda
Documentación necesaria
- Solicitud oficial (Anexo I), cumplimentada en todos sus apartados y firmada por el solicitante principal
- Declaración responsable (Anexo II) firmada por el solicitante
- Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte equivalente en vigor de los progenitores, tutores legales o del alumno si es mayor de edad
- Fotocopia del Libro de Familia completo o, en su defecto, partidas de nacimiento oficiales
- Certificado de convivencia expedido por el ayuntamiento
- Fotocopia de la última Declaración de la Renta (ejercicio fiscal 2025) de los miembros de la unidad de convivencia obligados a declarar; en su defecto, certificado de imputaciones de nivel de renta o el modelo de autorización a la Agencia Tributaria firmado por todos los mayores de edad
- Copia del carné o título oficial de familia numerosa en vigor, si procede
- Certificado o resolución administrativa del grado de discapacidad o dependencia del menor a cargo, si procede
- Documento de Alta a Terceros cumplimentado por la entidad bancaria, a nombre del solicitante