Ayudas a entidades sociales de Navarra: bienestar emocional
Subvención a entidades sin ánimo de lucro para programas de bienestar emocional
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra para programas comunitarios de bienestar emocional
- Para quién
- Fundaciones, cooperativas de iniciativa social y asociaciones sin ánimo de lucro
- Cuánto
- Un porcentaje del gasto que te acepten, igual a los puntos que obtenga tu programa en una valoración de 0 a 100 puntos; si las solicitudes superan el crédito disponible, las cantidades se prorratean
- Qué cubre
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- Gastos directos del programa: alquiler de locales, materiales y suministros, viajes y dietas
- Gastos de personal propio y contratación de profesionales ajenos para actividades concretas
- Jornadas, formación, difusión y materiales, con un máximo subvencionable por concepto
Son límites de gasto subvencionable por concepto, no el importe de la subvención. Los máximos de conferencias o jornadas, mesa redonda y teatro o cine fórum no se aplican a los programas que abarquen varias zonas de forma debidamente justificada. Si justificas tarifas superiores, el órgano instructor debe aceptarlas antes de realizar la actividad.Concepto Máximo subvencionable Conferencias o jornadas 155€ por sesión y ponente Participación en mesa redonda 55€ Teatro y cine fórum 500€ por programa Formación de voluntariado, monitores y monitoras 500€ por programa Difusión de las actividades 250€ por programa Materiales de papelería 350€ por programa Otros materiales justificados y detallados 2.000€ por programa Talleres y actividades educativas 16 horas por taller y 72 horas por programa
- Requisitos
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- Tu entidad está inscrita en el registro de fundaciones, cooperativas o asociaciones que le corresponde
- Desarrollas el programa en la Comunidad Foral de Navarra durante el periodo de la convocatoria
- Tu programa concuerda con las prioridades que marca el Departamento de Salud
- Las intervenciones grupales las realizan profesionales del ámbito sociosanitario con titulación acreditada
- Presentas la declaración de transparencia que exige la convocatoria
- Mantienes todos los requisitos durante la ejecución de la actividad y comunicas los cambios
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza y justifica las actividades entre el 1 de diciembre de 2026 y el 30 de noviembre de 2027, en Navarra
- Comunica cualquier otra ayuda que solicites o recibas para la misma finalidad
- Incluye el logotipo oficial del Gobierno de Navarra en las acciones y avisa antes al órgano instructor
- Avisa al órgano instructor de cualquier cambio en las condiciones de la actividad
- Usa lenguaje inclusivo e imágenes igualitarias en toda la documentación y difusión del programa
- Si trabajas con menores, comprueba que el personal y el voluntariado tienen el certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales
- Cuándo
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El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 22 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu entidad es una fundación inscrita en el registro que le corresponde
- Eres una asociación sin ánimo de lucro inscrita en su registro
- Eres una cooperativa de iniciativa social
- Quieres desarrollar un programa grupal de promoción del bienestar emocional
- Vas a realizar las actividades en la Comunidad Foral de Navarra
- Puedes ejecutar el programa entre diciembre de 2026 y noviembre de 2027
- Tu intervención se realiza en formato individual y no grupal
- Tu programa tiene una finalidad asistencial o terapéutica
- Tu programa es de investigación
- Otra convocatoria pública ya financia específicamente tu proyecto
- La competencia de tu proyecto corresponde a otra Administración
- Presentas más de un programa a esta misma línea de subvención
Cuánto puedes recibir
No hay una cantidad fija: cobras un porcentaje del gasto que te acepten igual a los puntos que obtenga tu programa en la valoración, que se puntúa de 0 a 100. Tu programa necesita al menos 30 puntos, de los que 15 deben venir de la calidad del programa. Si la suma de lo solicitado supera el crédito disponible, las cantidades se prorratean. Los gastos indirectos de funcionamiento solo cuentan hasta el 15% de la subvención concedida.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Redacta el programa con la situación de partida, los objetivos, las actividades y su evaluación
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Reúne los impresos oficiales y la documentación que pide la convocatoria
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Presenta la solicitud por vía electrónica desde el apartado de tramitación de la ficha de la convocatoria, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
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Indica una Dirección Electrónica Habilitada única para recibir las comunicaciones y notificaciones
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Subsana la solicitud en 10 días hábiles si el órgano instructor te lo requiere
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Espera la resolución, que se notifica en el plazo de 3 meses desde el fin del plazo de solicitudes
Documentación necesaria
- Impreso oficial de solicitud
- Documento que acredite la representación de quien solicita la subvención
- Indicación del registro de asociaciones, fundaciones o cooperativas de Navarra en el que está inscrita tu entidad
- Copia de los estatutos y declaración de haber efectuado la inscripción en el registro, si tu domicilio fiscal o social está fuera de Navarra
- Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal
- Declaración responsable de que no concurren circunstancias que impidan obtener la condición de entidad beneficiaria
- Solicitud de abono por transferencia, si es la primera vez que solicitas o has cambiado de cuenta bancaria
- Declaración responsable que indique si has solicitado o percibido otras subvenciones para la misma finalidad
- Documentación que justifique la necesidad del anticipo, con el estado de cuentas del año anterior y la previsión de ingresos y gastos de 2027, si pides abono anticipado