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Ayudas Claras
Subvenciones Alicante Comercio y turismo
Comercio y turismo Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bonos de consumo de 70€ para vecinos de Benilloba

Bono de 70€ para gastar en los comercios y la hostelería de Benilloba

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Benilloba en forma de bonos de descuento para comprar en comercios, servicios y hostelería del municipio.
Para quién
Vecinos de Benilloba y los comercios, servicios y locales de hostelería del municipio que se adhieran al programa.
Cuánto
70€ por solicitante, en un bono de 70€ que se gasta en una sola compra
Qué cubre
  • Compras en los comercios, servicios y locales de hostelería de Benilloba adheridos al programa
  • El importe del bono descontado en la factura o el ticket de la compra
Requisitos
  • Tienes DNI o NIE
  • Eres mayor de 18 años
  • Estás empadronado en Benilloba antes de la aprobación de estas bases
  • No estás incurso en ningún procedimiento de reintegro de subvenciones
  • Si adhieres tu establecimiento, es una micropyme, autónomo o profesional con menos de 10 trabajadores, la actividad se desarrolla en el término municipal de Benilloba y está incluida en uno de los grupos del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) que relacionan las bases
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Usa el bono en una única compra: no se puede fraccionar ni prorratear
  • Presenta el bono junto con tu DNI o NIE en el establecimiento adherido
  • Gasta el bono antes de las 14:00 horas del 9 de diciembre de 2026
  • Declara el importe del bono como ganancia patrimonial en tu declaración de la renta de 2026
  • Acepta que al obtener el descuento cedes el derecho de cobro al establecimiento donde compras
  • Si quieres adherir tu establecimiento, presenta la solicitud en la Sede Electrónica del Ayuntamiento antes de las 12:00 horas del 30 de octubre de 2026
  • Si eres establecimiento adherido, presenta la cuenta justificativa con los bonos y los tickets antes del 9 de diciembre de 2026
Cuándo
  • Abre: 2 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 9 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Benilloba antes de la aprobación de estas bases
  • Eres mayor de 18 años
  • Tienes DNI o NIE
  • Quieres un descuento de 70€ en una compra en el municipio
  • Tienes un comercio o un local de hostelería en Benilloba
  • Tu establecimiento tiene menos de 10 trabajadores
  • No estás empadronado en Benilloba
  • Eres menor de 18 años
  • Tienes deudas pendientes con Hacienda o la Seguridad Social
  • Estás en un procedimiento de reintegro de subvenciones
  • Quieres gastar el bono en bebidas alcohólicas
  • Tu establecimiento está fuera del término municipal de Benilloba

Cuánto puedes recibir

Recibes un bono nominativo de 70€ que se descuenta directamente del precio cuando pagas en un establecimiento adherido de Benilloba. No cobras el dinero en mano: el Ayuntamiento abona después el importe del bono al comercio donde lo has gastado, una vez aprobada la justificación. Los bonos se conceden hasta agotar el crédito disponible y el único criterio es la fecha de presentación de la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tienes DNI o NIE y que estás empadronado en Benilloba

  2. Rellena la solicitud de concesión del Bono Consumo (Anexo II)

  3. Preséntala presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento, en horario de 8:30 a 10:00 horas

  4. Elige un establecimiento adherido y entrega el bono con tu DNI o NIE al pagar

  5. Gasta el bono en una única compra antes de las 14:00 horas del 9 de diciembre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud de concesión del Bono Consumo (Anexo II): es el único documento que presenta el vecino que pide el bono
  • Solicitud de adhesión de establecimientos (Anexo I), para los comercios que se adhieren
  • Certificación de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, para los comercios que se adhieren
  • Certificado acreditativo actualizado de alta en la Seguridad Social o mutua profesional, para los comercios que se adhieren
  • Certificados de estar al corriente en Hacienda y Seguridad Social, para los comercios que se adhieren
  • Ficha de mantenimiento de terceros (Anexo IV), para los comercios que se adhieren
  • Cuenta justificativa de los bonos descontados (Anexo III), que presenta el comercio al justificar la campaña

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir este bono si ya tengo otra ayuda para lo mismo?
Sí. Estas subvenciones son compatibles con cualquier otra subvención, ayuda o ingreso para el mismo concepto, venga de otra administración o de un ente público o privado.
¿Tengo que declarar el bono en la renta?
Sí. La convocatoria indica que el beneficiario es el obligado a declarar esta ayuda pública como ganancia patrimonial en la declaración de la renta de 2026.
¿Puedo repartir el bono entre varias compras?
No. El bono no se puede fraccionar ni prorratear y tienes que usarlo en una única compra. Tampoco se pueden acumular en la misma compra bonos de dos o más titulares distintos.
¿Puedo comprar bebidas alcohólicas con el bono?
No. Los gastos de bebidas alcohólicas no son subvencionables en esta convocatoria.
¿Puedo devolver un producto comprado con el bono y recuperar el dinero?
No. Los productos o servicios bonificados con estos bonos no se pueden devolver a cambio del dinero pagado.

Fuentes oficiales

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