Bonos de consumo de 70€ para vecinos de Benilloba
Bono de 70€ para gastar en los comercios y la hostelería de Benilloba
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Benilloba en forma de bonos de descuento para comprar en comercios, servicios y hostelería del municipio.
- Para quién
- Vecinos de Benilloba y los comercios, servicios y locales de hostelería del municipio que se adhieran al programa.
- Cuánto
- 70€ por solicitante, en un bono de 70€ que se gasta en una sola compra
- Qué cubre
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- Compras en los comercios, servicios y locales de hostelería de Benilloba adheridos al programa
- El importe del bono descontado en la factura o el ticket de la compra
- Requisitos
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- Tienes DNI o NIE
- Eres mayor de 18 años
- Estás empadronado en Benilloba antes de la aprobación de estas bases
- No estás incurso en ningún procedimiento de reintegro de subvenciones
- Si adhieres tu establecimiento, es una micropyme, autónomo o profesional con menos de 10 trabajadores, la actividad se desarrolla en el término municipal de Benilloba y está incluida en uno de los grupos del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) que relacionan las bases
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Usa el bono en una única compra: no se puede fraccionar ni prorratear
- Presenta el bono junto con tu DNI o NIE en el establecimiento adherido
- Gasta el bono antes de las 14:00 horas del 9 de diciembre de 2026
- Declara el importe del bono como ganancia patrimonial en tu declaración de la renta de 2026
- Acepta que al obtener el descuento cedes el derecho de cobro al establecimiento donde compras
- Si quieres adherir tu establecimiento, presenta la solicitud en la Sede Electrónica del Ayuntamiento antes de las 12:00 horas del 30 de octubre de 2026
- Si eres establecimiento adherido, presenta la cuenta justificativa con los bonos y los tickets antes del 9 de diciembre de 2026
- Cuándo
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- Abre: 2 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 9 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Benilloba antes de la aprobación de estas bases
- Eres mayor de 18 años
- Tienes DNI o NIE
- Quieres un descuento de 70€ en una compra en el municipio
- Tienes un comercio o un local de hostelería en Benilloba
- Tu establecimiento tiene menos de 10 trabajadores
- No estás empadronado en Benilloba
- Eres menor de 18 años
- Tienes deudas pendientes con Hacienda o la Seguridad Social
- Estás en un procedimiento de reintegro de subvenciones
- Quieres gastar el bono en bebidas alcohólicas
- Tu establecimiento está fuera del término municipal de Benilloba
Cuánto puedes recibir
Recibes un bono nominativo de 70€ que se descuenta directamente del precio cuando pagas en un establecimiento adherido de Benilloba. No cobras el dinero en mano: el Ayuntamiento abona después el importe del bono al comercio donde lo has gastado, una vez aprobada la justificación. Los bonos se conceden hasta agotar el crédito disponible y el único criterio es la fecha de presentación de la solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tienes DNI o NIE y que estás empadronado en Benilloba
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Rellena la solicitud de concesión del Bono Consumo (Anexo II)
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Preséntala presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento, en horario de 8:30 a 10:00 horas
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Elige un establecimiento adherido y entrega el bono con tu DNI o NIE al pagar
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Gasta el bono en una única compra antes de las 14:00 horas del 9 de diciembre de 2026
Documentación necesaria
- Solicitud de concesión del Bono Consumo (Anexo II): es el único documento que presenta el vecino que pide el bono
- Solicitud de adhesión de establecimientos (Anexo I), para los comercios que se adhieren
- Certificación de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, para los comercios que se adhieren
- Certificado acreditativo actualizado de alta en la Seguridad Social o mutua profesional, para los comercios que se adhieren
- Certificados de estar al corriente en Hacienda y Seguridad Social, para los comercios que se adhieren
- Ficha de mantenimiento de terceros (Anexo IV), para los comercios que se adhieren
- Cuenta justificativa de los bonos descontados (Anexo III), que presenta el comercio al justificar la campaña