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Ayudas Claras
Ayudas Alicante Comercio y turismo
Comercio y turismo Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bono de 50€ para comprar en los comercios de Tàrbena

Bono de 50€ por vecino para una compra en comercios adheridos de Tàrbena

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Tàrbena que se entrega como un bono para gastar en los negocios del municipio
Para quién
Vecinos de Tàrbena mayores de edad, y los comercios, bares y negocios de servicios del propio municipio
Cuánto
50€ por persona beneficiaria, mediante la entrega de un único bono
Qué cubre
  • Compras de bienes y servicios en los establecimientos de comercio, hostelería y servicios de Tàrbena adheridos a la campaña
  • Una única compra por bono, de importe igual o superior a 50€
  • No cubre compras en negocios de juego, apuestas, tabaco ni de servicios financieros
Requisitos
  • Estás empadronado en Tàrbena desde antes del 1 de enero de 2026
  • Continúas empadronado en el padrón municipal a 1 de mayo de 2026
  • Tienes 18 años cumplidos a 31 de diciembre de 2025
  • Tienes DNI, NIE o NIF en vigor: el pasaporte no sirve para identificarte
  • Tus datos del padrón municipal permiten identificarte correctamente
  • Si adhieres un negocio, tienes el domicilio fiscal, un establecimiento físico o venta no sedentaria en Tàrbena
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Recoge el bono en persona entre el 2 y el 13 de noviembre de 2026 con tu documento de identidad original
  • Usa el bono de una sola vez, en una única compra, entre el 9 de noviembre y el 5 de diciembre de 2026
  • Entrega el bono original en el establecimiento y muestra tu documento de identidad
  • Paga tú la diferencia cuando la compra supere los 50€
  • No fracciones el bono ni lo cambies por dinero en efectivo
  • Colabora con las comprobaciones que haga el Ayuntamiento y, en su caso, la Diputación Provincial de Alicante
Cuándo
  • Abre: 2 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Tàrbena desde antes del 1 de enero de 2026
  • Sigues empadronado en Tàrbena a 1 de mayo de 2026
  • Tienes 18 años cumplidos a 31 de diciembre de 2025
  • Tienes DNI, NIE o NIF en vigor
  • Regentas un comercio, un negocio de hostelería o de servicios en Tàrbena
  • No estabas empadronado en Tàrbena antes del 1 de enero de 2026
  • No tenías 18 años cumplidos a 31 de diciembre de 2025
  • Solo puedes identificarte con el número de pasaporte
  • Ya has recibido un bono de esta misma campaña municipal
  • Tu negocio se dedica al juego, las apuestas o el tabaco
  • Tu negocio presta servicios financieros

Cuánto puedes recibir

Recibes un único bono de 50€ por persona para gastarlo en una sola compra en un establecimiento de comercio, hostelería o servicios de Tàrbena adherido a la campaña. La compra tiene que ser de 50€ o más: si cuesta más, la diferencia la pagas tú. El bono no se canjea por dinero en efectivo ni se puede fraccionar, y solo sirve durante el periodo de la campaña.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que estás empadronado en Tàrbena y que cumples los requisitos de edad e identificación

  2. Acude en persona a los puntos que establezca el Ayuntamiento entre el 2 y el 13 de noviembre de 2026

  3. Presenta tu documento original de identidad y recoge el bono de 50€ con su código único

  4. Consulta la relación de establecimientos adheridos en la página web y la sede electrónica municipal

  5. Gasta el bono en una única compra entre el 9 de noviembre y el 5 de diciembre de 2026

  6. Si tienes un comercio, un negocio de hostelería o de servicios en Tàrbena, presenta la instancia de adhesión (Anexo I) entre el 26 y el 29 de octubre de 2026 en la sede electrónica del Ayuntamiento, en las oficinas municipales o en oficinas de Correos

Documentación necesaria

  • Documento original de identidad (DNI, NIE o NIF en vigor) para recoger el bono
  • Instancia de adhesión (Anexo I), si quieres adherir tu establecimiento
  • Declaración responsable (Anexo II), para los establecimientos
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Ficha de mantenimiento de terceros (Anexo III), para el cobro de los bonos canjeados

Preguntas frecuentes

¿Tengo que rellenar algún formulario para pedir el bono?
No. La convocatoria no exige a la ciudadanía un formulario específico de solicitud: basta con personarse en los puntos que establezca el Ayuntamiento entre el 2 y el 13 de noviembre de 2026 con el documento original de identidad.
¿Qué pasa si no recojo el bono dentro del plazo?
Los bonos que no se hayan retirado dentro del plazo establecido no podrán utilizarse con posterioridad.
¿Puedo repartir el bono entre varias compras?
No. El bono se utiliza de una sola vez, en una única compra, y no puede fraccionarse ni canjearse por dinero en efectivo.
¿Es compatible con otras ayudas al consumo?
Sí, siempre que la suma de ayudas no supere el coste efectivo de la compra y la normativa de la otra ayuda no lo impida. En ningún caso se pueden usar dos bonos de esta campaña para la misma persona.
¿Me devuelven el dinero si devuelvo el producto que compré con el bono?
No en metálico. El establecimiento puede emitir un vale por el importe financiado con el bono para gastarlo allí mismo, respetando los derechos reconocidos a las personas consumidoras.

Fuentes oficiales

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