Ayuda para modernizar comercios en Sant Vicenç de Castellet
Subvención municipal para modernizar comercios y negocios de servicios
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia no competitiva del Ayuntamiento de Sant Vicenç de Castellet para modernizar comercios y servicios.
- Para quién
- Personas físicas o jurídicas titulares de un comercio o negocio de servicios, con o sin ánimo de lucro.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Actuaciones de modernización de tu establecimiento comercial o de servicios
- Mejoras que aumenten la atractividad, la competitividad o la funcionalidad del local
- Actuaciones desarrolladas entre el 1 de enero de 2025 y el 28 de febrero de 2027
- Requisitos
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- Eres persona física o jurídica titular de la actividad empresarial, con o sin ánimo de lucro
- Tienes el centro de trabajo o la actividad económica en el municipio de Sant Vicenç de Castellet
- Tu empresa ya ha iniciado su actividad
- Tu actividad está amparada por licencia o has presentado la comunicación previa con toda la documentación
- Tu actividad no es objeto de un expediente administrativo por infracción de normas; si ya finalizó, has cumplido la resolución
- Estás de alta en el censo de actividades de la Agencia Tributaria en el momento de solicitarla
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la subvención a actuaciones desarrolladas entre el 1 de enero de 2025 y el 28 de febrero de 2027
- Mantén invariables los elementos esenciales de la actuación que describes en la solicitud
- Obtén el título habilitante antes de ejecutar las obras, si tu actuación supone hacer obra
- Corrige la documentación incorrecta o incompleta en diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación
- Cuándo
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- Abre: 23 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas no coinciden entre sí: el acuerdo municipal cierra el plazo el 31 de octubre de 2026, el texto de la convocatoria dice que se puede solicitar hasta el 8 de noviembre de 2026 o hasta agotar el crédito, y la Base de Datos Nacional de Subvenciones registra el 31 de diciembre de 2026. Mostramos la más temprana para que nadie se presente fuera de plazo; confirma con el Ayuntamiento de Sant Vicenç de Castellet antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes tu centro de trabajo o actividad económica en Sant Vicenç de Castellet
- Eres persona física o jurídica titular de la actividad empresarial
- Tu empresa ya ha iniciado la actividad
- Quieres mejorar la modernización o la funcionalidad de tu establecimiento
- Tu actividad tiene licencia o has presentado la comunicación previa
- Estás de alta en el censo de actividades de la Agencia Tributaria
- Tu centro de trabajo o actividad económica está fuera del municipio
- Todavía no has iniciado tu actividad empresarial
- Tu actividad no cuenta con licencia ni con comunicación previa presentada
- Tu actividad es objeto de un expediente administrativo por infracción de las normas aplicables
- No estás de alta en el censo de actividades de la Agencia Tributaria
Cuánto puedes recibir
El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. Las subvenciones se conceden por concurrencia no competitiva, sin orden de prelación entre solicitudes, y el plazo de presentación termina antes de la fecha límite si se agota el crédito disponible.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida: identificación fiscal, alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y certificados
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Describe y presupuesta la actuación que has hecho o que vas a hacer, o adjunta el proyecto técnico si lo has elaborado
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Rellena el modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento
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Presenta la solicitud con la documentación por vía telemática, a través de la instancia genérica de la sede electrónica
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Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se dicta como máximo tres meses tras el cierre del plazo
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento
- Fotocopia del documento de identificación fiscal de la persona física o jurídica titular del establecimiento
- Fotocopia de la declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas de la actividad que se desarrolla en el establecimiento
- Descripción de la actuación presupuestada económicamente, sustituida o completada por copia del proyecto técnico si se ha elaborado
- Certificados de estar al corriente de pago con la Tesorería General de la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado y la Generalitat de Catalunya
- Declaración responsable de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de cualquier subvención
- Certificado de titularidad bancaria firmado por la entidad bancaria correspondiente