Ayudas al estudio postobligatorio en Agoncillo
El 80% de tus gastos de estudio, con tope de 300€, 500€ o 700€ según etapa
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Agoncillo para los gastos de quienes cursan estudios postobligatorios.
- Para quién
- Estudiantes de Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas artísticas, idiomas o universidad, y los padres o tutores de los menores.
- Cuánto
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- El 80% de los gastos que justifiques, con un tope máximo por curso según tu etapa educativa
Etapa educativa Importe máximo por curso Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio y Enseñanzas Artísticas Profesionales 300€ Formación Profesional de Grado Superior, Enseñanzas Artísticas Superiores y Escuela Oficial de Idiomas 500€ Enseñanza Universitaria 700€
- El 80% de los gastos que justifiques, con un tope máximo por curso según tu etapa educativa
- Qué cubre
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- Los libros de texto y los materiales curriculares necesarios para tu curso, si no estudias en la universidad
- La matrícula en Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas artísticas y Escuela Oficial de Idiomas
- Los precios o tasas académicas que pagues si estudias en la universidad
- Requisitos
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- Resides habitualmente en Agoncillo y constas en el padrón desde hace un año como mínimo
- Te matriculas por primera vez en el curso para el que pides la ayuda
- Eres español, de un país de la Unión Europea o tienes permiso de residencia en España
- Estás al corriente de pagos con la Hacienda Municipal cuando acaba el plazo de solicitud
- Cumples los requisitos académicos mínimos de tu etapa educativa
En primer curso de Bachillerato no puedes estar repitiendo curso y necesitas una nota media de al menos 5,00 puntos. En la primera matrícula de estudios universitarios necesitas haber superado la prueba de acceso a la universidad. Los porcentajes de la tabla se exigen en segundos y posteriores cursos universitarios.Rama de conocimiento Porcentaje de crédito a superar Artes y Humanidades 50 Ciencias 50 Ciencias Sociales y Jurídicas 50 Ciencias de la Salud 50 Enseñanzas Técnicas 50 - Cursas enseñanzas postobligatorias oficiales con validez en todo el territorio nacional
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Declara las otras ayudas públicas o privadas que recibas para los mismos estudios
- Mantén el conjunto de ayudas por debajo del coste neto de lo que hayas pagado
- Aporta la documentación complementaria que te requiera el ayuntamiento
- Subsana en diez días la documentación que falte cuando te lo reclamen
- Presenta una única solicitud por cada curso académico y por cada alumno
- Cuándo
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El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 21 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Agoncillo desde hace al menos un año
- Cursas estudios postobligatorios oficiales en el curso 2026-2027
- Te matriculas por primera vez en el curso que solicitas
- Has pagado libros de texto o materiales curriculares de tu curso
- Eres el padre, la madre o el tutor de un alumno menor de edad
- No constas en el padrón de Agoncillo desde hace un año
- Estás repitiendo primer curso de Bachillerato
- Tu nota media en primero de Bachillerato es inferior a 5,00 puntos
- Te matriculas por primera vez en la universidad y no has superado la prueba de acceso
- Vas a segundo o posterior curso universitario y no has superado el porcentaje de créditos de tu rama
- Tienes pagos pendientes con la Hacienda Municipal de Agoncillo
Cuánto puedes recibir
Recibes el 80% de los gastos que justifiques, con un tope por curso académico que depende de tu etapa: 300€ en Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio y Enseñanzas Artísticas Profesionales; 500€ en Formación Profesional de Grado Superior, Enseñanzas Artísticas Superiores y Escuela Oficial de Idiomas; y 700€ en enseñanza universitaria. El ayuntamiento te paga por transferencia a la cuenta que indiques en la ficha de alta de terceros.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Recoge el modelo oficial de solicitud en el ayuntamiento o descárgalo de su página web
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Reúne las facturas y los justificantes de los gastos de tu curso
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Presenta la solicitud dirigida a la Alcaldía en el registro del ayuntamiento o en su sede electrónica
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Hazlo en los quince días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria
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Espera la notificación de la concesión, que debe llegarte en tres meses
Documentación necesaria
- Copia del DNI o NIE en vigor del alumno y, en su caso, de los padres o tutores
- Copia completa del Libro de Familia o documentación equivalente
- Documento que acredite la representación legal del alumno si no lo solicita el padre o la madre
- Declaración responsable de no estar en ninguna situación que impida recibir subvenciones
- Declaración responsable sobre otras ayudas que recibas para los mismos estudios
- Ficha de alta de terceros sellada por tu entidad bancaria
- Volante de empadronamiento en Agoncillo del solicitante, del alumno y de la unidad familiar
- Certificado del Tesorero Municipal de estar al corriente de pagos con el ayuntamiento
- Documentación que acredite los requisitos académicos de tu etapa educativa
- Facturas detalladas de los libros de texto y los materiales curriculares del curso
- Justificante del pago de los precios o tasas académicas si estudias en la universidad