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Ayudas Claras
Subvenciones Aragón Cooperación
Cooperación Aragón Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a ONG de Huesca para cooperación al desarrollo

Hasta el 80% del presupuesto de la actividad, con un tope de 2.300€ por beneficiario

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de El Grado para proyectos de cooperación al desarrollo en países empobrecidos
Para quién
Organizaciones no gubernamentales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de la provincia de Huesca
Cuánto
Hasta el 80% del presupuesto de la actividad, con un límite de 2.300€ por beneficiario
Qué cubre
  • Proyectos de cooperación en países con elevados niveles de pobreza
  • Actuaciones que cubren necesidades básicas e incrementan la capacidad de desarrollo de esas comunidades
  • Gastos de bienes inventariables destinados al proyecto
Requisitos
  • Eres una organización no gubernamental, asociación o entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica
  • Tu entidad acredita con un certificado que tiene sede en la provincia de Huesca
  • Tus estatutos recogen la cooperación para el desarrollo entre tus fines
  • Tu entidad tiene al menos un año de antigüedad cuando se publica la convocatoria
  • Acreditas experiencia y capacidad operativa para alcanzar los objetivos del proyecto
  • Tu proyecto obtiene un mínimo de 5 puntos en la valoración de la comisión
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acepta la ayuda: si no renuncias por escrito en los diez días siguientes a la notificación, se entiende aceptada
  • Realiza la actividad y acredítala ante el ayuntamiento
  • Justifica el proyecto antes del 30 de junio del año siguiente al de la convocatoria, con memoria de actuación y memoria económica
  • Comunica al ayuntamiento, al justificar, otras ayudas obtenidas para la misma finalidad
  • Menciona la colaboración del ayuntamiento en todas las actividades subvencionadas
  • Si compras bienes inventariables, destínalos al fin de la ayuda cinco años si son inscribibles en un registro público y dos años el resto
Fechas estimadas
  • Abre: 23 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 20 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu ONG o asociación sin ánimo de lucro trabaja en cooperación al desarrollo
  • Tu entidad tiene sede en la provincia de Huesca
  • Vas a ejecutar un proyecto en un país con elevados niveles de pobreza
  • Tu proyecto cubre necesidades básicas como salud, agua potable, vivienda o educación
  • Puedes aportar el resto del coste con fondos propios o de terceros
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad depende económica o institucionalmente de entidades con fines lucrativos
  • Tu entidad no tiene sede en la provincia de Huesca
  • Tu entidad se constituyó hace menos de un año
  • Tus estatutos no recogen la cooperación al desarrollo entre sus fines
  • El ayuntamiento te ha reclamado en firme el reintegro de una subvención en los últimos 4 años

Cuánto puedes recibir

Cobras hasta el 80% del presupuesto de tu actividad, con un límite de 2.300€ por beneficiario. La partida municipal se reparte a partes iguales entre las dos entidades mejor valoradas, y si una de ellas pide menos de lo asignado la diferencia puede reasignarse a la otra. Si solo se presenta una entidad que cumpla los requisitos, recibe la partida íntegra, siempre dentro de ese 80% de la inversión. El pago es anticipado por tratarse de proyectos de acción social.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria explicativa del proyecto y los certificados que pide la convocatoria

  2. Completa la instancia de solicitud en la sede electrónica del ayuntamiento, con los datos de valoración y las declaraciones exigidas

  3. Presenta la solicitud por medios electrónicos dentro de los veinte días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín provincial

  4. Si falta documentación, subsana las deficiencias en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles

  5. Espera la resolución, que se publica en la sede electrónica del ayuntamiento y sirve de notificación

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud con los datos de valoración, la declaración responsable de no estar incursa en prohibiciones, el compromiso de aportar la diferencia hasta el coste total y la declaración de otras subvenciones solicitadas u obtenidas
  • Copia de los estatutos, solo si no se presentaron antes en el ayuntamiento o se han modificado después
  • Ficha de alta o comunicación de datos bancarios, solo si no se aportó antes o los datos han cambiado
  • Certificado de la entidad que indique que tiene sede en la provincia de Huesca
  • Memoria explicativa del proyecto con denominación, situación geográfica, beneficiarios, objetivos y actuaciones, coste del programa, planificación temporal, importe solicitado y resumen de las actividades del ejercicio anterior
  • Certificado de la Delegación de Hacienda de estar al corriente de las obligaciones tributarias, o autorización para recabar esa información
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente, o autorización para recabar esa información

Preguntas frecuentes

¿Cuántas entidades reciben la subvención?
La partida anual se reparte de forma equitativa entre las dos entidades con mejor valoración. Si solo se presenta una solicitud que cumpla las condiciones requeridas, esa entidad recibe el importe íntegro de la partida.
¿Cuándo tengo que ejecutar el proyecto?
El plazo de ejecución va del 1 de enero del año en que se realiza la convocatoria al 30 de mayo del año siguiente.
¿Puedo cobrar además otras ayudas para el mismo proyecto?
Sí, pero la suma de todas las ayudas no puede superar el 80% del coste total de la actividad. Debes declarar las que hayas solicitado u obtenido para la misma actuación.
¿Qué pasa si no justifico la ayuda en plazo?
El ayuntamiento revoca la subvención y te reclama la devolución de las cantidades cobradas más el interés de demora desde el momento del pago.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
La resolución debe notificarse como máximo en seis meses desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin respuesta, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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