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Ayudas Claras
Ayudas Ciudad Autónoma de Ceuta Educación
Educación Ciudad Autónoma de Ceuta Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de Ceuta para estudios universitarios y FP

Ayudas de 800€ a 9.000€ para estudiar residiendo en Ceuta, según los estudios

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Ciudad Autónoma de Ceuta para ayudar al gasto de estudios universitarios y otras enseñanzas
Para quién
Estudiantes de Ceuta que cursan un grado, un ciclo formativo de grado superior, enseñanzas artísticas o un posgrado
Cuánto
  • Cantidad según el tipo de estudios y dónde los cursas
    EstudiosAyuda
    Enseñanzas universitarias cursadas en Ceuta800€
    Enseñanzas universitarias cursadas en el territorio nacional2.650€
    Enseñanzas universitarias cursadas en un Estado miembro de la Unión Europea3.000€
    Ciclos formativos de grado superior no impartidos en Ceuta1.500€
    Enseñanzas de danza, canto, arte dramático, música y audiovisual no impartidas en Ceuta1.500€
    Posgrado o tercer ciclo100% de los costes de matriculación, hasta 2.500€
    Ayuda extraordinaria para familias con umbrales de renta mínimos9.000€
    Estas cuantías se reducen un 50% si te matriculas de 30 a 59 créditos o de cinco asignaturas o menos. Si cursas los estudios fuera de Ceuta se incrementan en 200€ en concepto de transporte marítimo y terrestre, salvo si cobras la ayuda extraordinaria. La ayuda extraordinaria de 9.000€ es para estudios universitarios cursados en el territorio nacional que no se puedan cursar en Ceuta, y su plazo de solicitud es de cinco días hábiles.
Qué cubre
  • El gasto de cursar un grado universitario, en Ceuta, en el resto del territorio nacional o en un Estado miembro de la Unión Europea
  • El gasto de un ciclo formativo de grado superior o de enseñanzas artísticas no impartidos en Ceuta
  • Los costes de matriculación de un posgrado o tercer ciclo, hasta un límite de 2.500€
Requisitos
  • Eres español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea

    Si tienes la nacionalidad de otro Estado miembro, tú o tus sustentadores debéis estar trabajando en España. Si te matriculas en una universidad de otro Estado miembro, además los estudios previos tienen que haberse realizado en España. Si eres extranjero no comunitario, se aplica lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

  • Resides en Ceuta
  • Estás matriculado en alguna de las enseñanzas que recoge la convocatoria
  • No disfrutas de ninguna otra beca o ayuda para la misma finalidad
  • Los ingresos de tu unidad familiar no superan el umbral de renta que te corresponde
    Miembros de la familiaUmbral de renta
    116.800,00€
    227.720,00€
    338.640,00€
    446.200,00€
    552.080,00€
    656.280,00€
    760.480,00€
    863.000,00€
    A partir de ocho miembros en la unidad familiar se añaden 8.400€ por cada uno. Al calcular la renta se aplican deducciones: el 50% de los ingresos de quienes no sean los sustentadores principales, 600€ por cada hijo en familias numerosas, 2.000€ si tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 65% y 1.100€ por cada hermano menor de 25 años que estudie y resida fuera del domicilio familiar cuando sean dos o más. Los umbrales se incrementan un 20% por orfandad absoluta del solicitante menor de 25 años.
  • Cumples los requisitos académicos fijados para estas ayudas

    En estudios de grado tienes que matricularte de 60 créditos; con matrícula parcial, de 30 a 59 créditos, la ayuda se reduce al 50% y para obtenerla el curso siguiente hay que aprobar todos los créditos matriculados. Del curso anterior debes haber superado el 70% de los créditos matriculados, o el 60% en Ingeniería y Arquitectura. Si te matriculas por primera vez en primer curso de grado, hay que superar el 5 de nota media de acceso. Para la ayuda extraordinaria de 9.000€ hay que haber aprobado asignaturas equivalentes a un mínimo de 60 créditos matriculados, o el 100% de los créditos en matrícula parcial.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a matricularte, asistir a clase, presentarte a los exámenes y pagar los gastos necesarios de tus estudios, incluido el transporte
  • Comunica a la Consejería de Educación y Cultura si consigues otra beca o ayuda para los mismos estudios
  • Facilita las comprobaciones y controles de la Consejería, incluida la visita de sus trabajadores sociales a tu domicilio
  • Avisa a la Consejería si anulas la matrícula o cambia cualquier circunstancia que se tuvo en cuenta para concederte la ayuda
  • Devuelve la ayuda si pierdes el derecho a ella, por ejemplo por anular la matrícula o por cobrar otra beca para lo mismo
Cuándo

El plazo es de quince días hábiles desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 20 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Resides en Ceuta
  • Estás matriculado en un grado universitario, en Ceuta o fuera
  • Cursas un ciclo formativo de grado superior no impartido en Ceuta
  • Estudias danza, canto, arte dramático, música o audiovisual fuera de Ceuta
  • Cursas un posgrado o un tercer ciclo de una universidad o administración pública
  • Tu unidad familiar está en los umbrales de renta mínimos y optas a la ayuda extraordinaria
  • Resides fuera de Ceuta
  • Ya disfrutas de otra beca o ayuda para la misma finalidad
  • La renta de tu unidad familiar supera el umbral que te corresponde
  • Ya tienes un título del mismo nivel o superior al de los estudios para los que pides la ayuda
  • Eres nacional de la Unión Europea pero ni tú ni tus sustentadores trabajáis en España
  • Tu ciclo formativo de grado superior se imparte en Ceuta

Cuánto puedes recibir

Recibes una cantidad que depende del tipo de estudios y de dónde los cursas: 800€ si estudias enseñanzas universitarias en Ceuta, 2.650€ si las cursas en el resto del territorio nacional y 3.000€ si las cursas en un Estado miembro de la Unión Europea. Los ciclos formativos de grado superior y las enseñanzas artísticas no impartidas en Ceuta son 1.500€, y en posgrado o tercer ciclo se cubre el 100% de los costes de matriculación hasta un límite de 2.500€. Si tu familia está en los umbrales de renta mínimos y cursas estudios universitarios que no se pueden cursar en Ceuta, hay una ayuda extraordinaria de 9.000€. Las cuantías se ajustan en dos casos: si cursas los estudios fuera de Ceuta se incrementan en 200€ para el transporte marítimo y terrestre, salvo en la ayuda extraordinaria, y se reducen un 50% si te matriculas de 30 a 59 créditos o de cinco asignaturas o menos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que resides en Ceuta y estás matriculado en alguna de las enseñanzas de la convocatoria

  2. Descarga en la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta el modelo de solicitud que corresponda a tus estudios

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica o por cualquiera de las otras vías de registro admitidas

  4. Hazlo en los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto, o en cinco días hábiles si pides la ayuda extraordinaria

  5. Espera la resolución, que no excede de seis meses desde el fin del plazo de presentación de solicitudes

Documentación necesaria

  • DNI del solicitante
  • Libro de familia, carnet de familia numerosa o documento equivalente con todos los miembros de la unidad familiar
  • Documento con las calificaciones del curso anterior, indicando todas las asignaturas matriculadas y la nota de cada una
  • Documento que acredite tu matrícula en los estudios para los que pides la ayuda
  • Si pides ayuda para posgrado o tercer ciclo: documento de los estudios previos con la nota media y documento de la matrícula con su coste total
  • Documento bancario con el IBAN de la cuenta en la que quieres cobrar, de la que seas titular o cotitular
  • Copia de la solicitud de beca del Ministerio de Educación, si la has pedido
  • Documentos de la situación económica de tu unidad familiar, si Hacienda no tiene esos datos
  • Cualquier otro documento que acredite circunstancias a valorar, como independencia familiar y económica o discapacidad

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para presentar la solicitud?
Quince días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial de Ceuta. Si pides la ayuda extraordinaria, el plazo es de cinco días hábiles.
¿Puedo pedirla si ya tengo otra beca para lo mismo?
No. Uno de los requisitos es no disfrutar de ninguna otra beca o ayuda para la misma finalidad, venga de cualquier administración o de una entidad pública o privada, nacional o internacional.
¿Quién puede recibir la ayuda extraordinaria de 9.000€?
El alumnado de familias con umbrales de renta mínimos que curse enseñanzas universitarias en el territorio nacional, siempre que no se puedan cursar en Ceuta. Además, la valoración de los ingresos de tu unidad familiar tiene que estar entre 9 y 10 puntos.
¿Sirve para un ciclo de grado superior que se imparte en Ceuta?
No. Las ayudas para ciclos formativos de grado superior cubren solo los que no se imparten en Ceuta.
¿Cuándo se resuelve y cómo me entero?
La resolución no excede de seis meses contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las ayudas de importe superior a 3.000€ se anuncian en el boletín oficial de Ceuta y, si no, basta su publicación en el tablón de anuncios del Palacio de la Asamblea y en la web de la Ciudad.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas