Subvenciones para abrir un negocio nuevo en Artés
Ayuda municipal para quien abre un negocio nuevo en el municipio de Artés.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención municipal en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Artés para impulsar el emprendimiento y la apertura de negocios.
- Para quién
- Personas emprendedoras y empresas que abren un nuevo establecimiento comercial, de servicios o despacho profesional en Artés.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- La puesta en marcha de tu negocio en un establecimiento abierto al público, nave, local o despacho profesional de Artés
- La apertura de nuevos establecimientos comerciales o de servicios que inician su actividad en el municipio
- Requisitos
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- Pones en marcha tu negocio en un establecimiento abierto al público, nave, local o despacho profesional de Artés
- Cumples los requisitos de microempresa: un máximo de 10 empleados al presentar la solicitud y un volumen de negocio anual que no supera los dos millones de euros
- Tienes concedida la licencia de actividad del ayuntamiento, o has presentado la comunicación previa o la declaración responsable de inicio de actividad
- No has recibido otras subvenciones por las mismas actuaciones que solicitas
- Presentas una sola solicitud por persona física o jurídica
- Si eres persona jurídica, tienes la escritura de constitución y los estatutos inscritos en el registro correspondiente
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Autorizas al ayuntamiento a consultar tus datos ante Hacienda, la Seguridad Social y las entidades locales
- Si ya has recibido otra subvención por la misma actuación, solicitas solo la parte no subvencionada
- Estás al día de tus obligaciones tributarias con el ayuntamiento, Hacienda y la Seguridad Social, o tienes concedido un aplazamiento o una moratoria de tus deudas
- Cuándo
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El plazo es de veinte días naturales desde que la convocatoria se publique en el boletín oficial que le corresponde, y esa publicación no consta en las fuentes disponibles. La convocatoria se registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones el 19 de octubre de 2026: confirma con la administración que convoca si el plazo sigue abierto.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Pones en marcha tu negocio en un local abierto al público de Artés
- Abres un nuevo establecimiento comercial o de servicios en el municipio
- Inicias tu actividad en una nave o un despacho profesional de Artés
- Tu negocio cumple los requisitos de microempresa
- Ya tienes la licencia de actividad o has presentado la declaración responsable
- Tu negocio no está en un establecimiento del municipio de Artés
- Ocupas más de 10 empleados en el momento de presentar la solicitud
- Tu volumen de negocio anual supera los dos millones de euros
- Pides la parte de la actuación que ya te han subvencionado
- Ya has presentado una solicitud a esta convocatoria
- Tienes deudas tributarias o con la Seguridad Social sin aplazamiento concedido
Cuánto puedes recibir
El anuncio no fija una cuantía por solicitante. Lo único que concreta es la dotación global: la convocatoria de 2026 cuenta con una dotación presupuestaria total de 10.000 € con cargo al presupuesto municipal. No indica cómo se distribuye esa dotación ni qué importe máximo puede recibir cada beneficiario, así que consúltalo en las bases reguladoras o directamente con el Ayuntamiento de Artés.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu negocio ha iniciado su actividad en un establecimiento de Artés y que cumple los requisitos de microempresa
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Reúne la licencia de actividad, la comunicación previa o la declaración responsable de inicio de actividad
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Presenta una única solicitud por los medios previstos en la legislación vigente
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Hazlo dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el boletín oficial de la provincia de Barcelona
Documentación necesaria
- Escritura de constitución de la sociedad y estatutos inscritos en el Registro Mercantil o en el registro correspondiente (solo personas jurídicas)
- Escritura notarial u otro medio válido en derecho que acredite las facultades de representación de la empresa (solo personas jurídicas)