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Ayudas Claras
Ayudas Bizkaia Prestaciones
Prestaciones Bizkaia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda al alquiler para jóvenes de 18 a 35 en Zaldibar

Hasta 100€ por vivienda en alquiler para jóvenes de 18 a 35 años en Zaldibar

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Zaldibar, en concurrencia no competitiva, para pagar en parte el alquiler de la vivienda habitual
Para quién
Jóvenes de 18 a 35 años que viven de alquiler en Zaldibar, incluidas las personas que comparten vivienda
Cuánto
Hasta 100€ por vivienda en alquiler, para un periodo de 12 meses
Qué cubre
  • La renta del alquiler de la vivienda que usas como domicilio habitual

    Quedan excluidos del alquiler subvencionable los importes de garajes, gastos de comunidad y administración, contribuciones y arbitrios, aunque figuren incluidos en el contrato. Si están incluidos en el contrato y no justificas su coste mensual, se descuentan 30 euros por cada uno.

  • Las rentas de alquiler pagadas desde el mes de enero del año de que se trate
Requisitos
  • Todos los miembros de tu unidad convivencial tienen entre 18 y 35 años, salvo los menores dependientes que convivan con ella
  • Estás empadronado en Zaldibar antes del 1 de enero del año de la convocatoria
  • Tus ingresos anuales están dentro de los límites mínimo y máximo que fija la convocatoria

    Si tributas de manera individual: ingresos anuales superiores a 3.000 euros e inferiores a 30.000 euros. Si tributas de manera conjunta: superiores a 3.000 euros e inferiores a 36.500 euros. Además, los rendimientos brutos de rentas de capital del último ejercicio fiscal vencido no pueden superar en conjunto los 601,10 euros anuales.

  • Ni tú ni ningún miembro de la unidad convivencial tenéis vivienda en propiedad

    Se admite ser cotitular de una o varias viviendas adquiridas por herencia o donación cuando ningún porcentaje de cotitularidad supere el 50% y el valor de las participaciones no pase de 75.000,00 euros. También pueden ser beneficiarias las mujeres víctimas de violencia de género que hayan tenido que abandonar su vivienda por seguridad y las personas a las que, tras separación, divorcio o extinción de la pareja de hecho, se adjudique judicialmente la vivienda como domicilio familiar del otro cónyuge.

  • La vivienda arrendada está en el término municipal de Zaldibar, cuenta con licencia de habitabilidad o cumple las condiciones de habitabilidad y está dada de alta en el padrón municipal
  • Todos los miembros de la unidad convivencial están al corriente del pago de impuestos, tasas y sanciones del Ayuntamiento de Zaldibar
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención al alquiler concreto para el que se te concede
  • Empadrónate en la vivienda alquilada tras firmar el contrato y mantén esa situación durante todo el periodo subvencionado
  • Justifica el pago de las mensualidades de alquiler; si no aportas los justificantes en plazo, pierdes el derecho al abono
  • Paga el alquiler mediante transferencia bancaria
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en las circunstancias que se tuvieron en cuenta para concederte la ayuda
  • Aporta al Ayuntamiento la información complementaria que te solicite y facilita las comprobaciones que haga
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes entre 18 y 35 años
  • Vives de alquiler en una vivienda del municipio de Zaldibar
  • Estás empadronado en Zaldibar antes del 1 de enero del año de la convocatoria
  • Compartes vivienda y has firmado el contrato de arrendamiento de forma individual
  • El alquiler de tu vivienda no supera los 700 euros mensuales
  • Tus ingresos anuales no llegan a 3.000 euros
  • Tributas de manera individual y tus ingresos anuales superan los 30.000 euros
  • Tributas de manera conjunta y tus ingresos anuales superan los 36.500 euros
  • Tienes alquilada una vivienda a través del programa Bizigune
  • Tu contrato de alquiler dura menos de un año
  • Tienes parentesco con el arrendador hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 100 euros por vivienda en alquiler, para un periodo de 12 meses. La cuantía que te corresponda queda en todo caso supeditada a que exista crédito presupuestario. El abono se hace en un único pago, en la cuenta bancaria que facilites, una vez que has justificado los pagos de las mensualidades.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga el impreso de solicitud, disponible en la página web municipal

  2. Reúne la documentación que el propio impreso especifique

  3. Presenta el impreso y la documentación en el registro del Ayuntamiento de Zaldibar o por cualquiera de las vías admitidas para dirigirse a la Administración

  4. Si te requieren subsanar un error o completar la solicitud, corrígelo en los diez días siguientes a la notificación

  5. Justifica los pagos de las mensualidades de alquiler para que te abonen la subvención

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud, disponible en la página web municipal
  • Documentación que el propio impreso de solicitud especifique
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente, originales o fotocopias selladas, para justificar los gastos
  • Si te opones a que el Ayuntamiento consulte tus datos, la documentación que acredite que cumples los requisitos

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si comparto piso?
Sí. Si compartes vivienda y firmas el contrato de arrendamiento de forma individual, cuentas como unidad de convivencia independiente y la renta se computa prorrateada entre todas las personas que firman el contrato.
¿Es compatible con otras ayudas al alquiler?
Sí, siempre que el total de ayudas que reciba tu unidad convivencial por el alquiler no supere la renta que pagas al arrendador. Si se supera ese límite, se reduce la cuantía que te corresponde.
¿Qué pasa si se aprueban más solicitudes que dinero disponible?
Si el importe total de las subvenciones a conceder supera la cantidad consignada en la partida presupuestaria, se prorratea entre todas ellas. También se puede ampliar la partida si lo acuerda el órgano competente.
¿Qué pasa si dejo de cumplir los requisitos después de que me concedan la ayuda?
Tienes que comunicarlo al Ayuntamiento. La concesión se revoca y debes devolver las cantidades percibidas desde el inicio del incumplimiento.
¿Puedo renunciar a la ayuda si me la conceden?
Sí. Tienes 15 días naturales desde el día siguiente a la notificación de la resolución para renunciar. Si no dices nada en ese plazo, se entiende que la aceptas.

Fuentes oficiales

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