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Ayudas Claras
Subvenciones Valencia Comercio y turismo
Comercio y turismo Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a comercios, autónomos y microempresas de Sedaví

Hasta 1.000€ por negocio: el 70% de las facturas de gastos que presentes

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Sedaví para que comercios, autónomos y microempresas cubran gastos de su negocio
Para quién
Comercios, autónomos y microempresas de Sedaví, ya sean personas físicas o jurídicas
Cuánto
El 70% de las facturas presentadas, con un máximo de 1.000€ por negocio
Qué cubre
  • Modernización del negocio: ordenadores, terminales TPV, códigos QR o cartas telemáticas
  • Digitalización y reparto a domicilio: plataformas de venta online y páginas web
  • Gastos corrientes: alquiler del local, suministros y coste de autónomos o seguridad social
Requisitos
  • Tu negocio tiene la razón social y la ubicación física en el término municipal de Sedaví
  • Cuentas con un establecimiento o local comercial minorista con apertura al público
  • Estás al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social
  • No tienes ningún tributo ni deuda pendiente de carácter local
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Facilita al Ayuntamiento cuantos datos e información te pida sobre la concesión de la subvención
  • Mantén al día tus obligaciones económicas con el Ayuntamiento, que emitirá un informe acreditativo
  • Justifica el gasto con las facturas y con la documentación que acredite su pago
  • Devuelve la ayuda si alteras las condiciones por las que se concedió, o si la suma de subvenciones excede el coste que has soportado
  • Acepta figurar en la lista pública de beneficiarios con el importe de la ayuda
Fechas estimadas
  • Abre: 29 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 25 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu negocio tiene la razón social radicada en el término municipal de Sedaví
  • Cuentas con un establecimiento o local comercial minorista abierto al público
  • Eres autónomo con actividad empresarial en Sedaví
  • Tu microempresa ha asumido gastos de modernización o digitalización
  • Estás al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
  • No estás al corriente de pagos con la Seguridad Social o la Agencia Tributaria
  • Tienes deudas o tributos pendientes de carácter local
  • Tu negocio no tiene la razón social en el término municipal de Sedaví
  • No dispones de establecimiento o local comercial minorista con apertura al público
  • Ya has obtenido una ayuda de esta convocatoria para el mismo negocio
  • Recibes las ayudas de apoyo económico y financiero a autónomos de la Generalitat Valenciana

Cuánto puedes recibir

Recibes el 70% del importe de las facturas que presentes para justificar el gasto, con un máximo insuperable de 1.000€. Solo se concede una ayuda por negocio. El pago se realiza por transferencia bancaria a la cuenta que indiques en el modelo de mantenimiento de terceros.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación identificativa tuya y de tu negocio junto a las facturas y sus justificantes de pago

  2. Pide los certificados de estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social

  3. Cumplimenta el modelo normalizado de solicitud que facilita el Ayuntamiento

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sedaví, o de forma presencial con cita previa en el registro general si no estás obligado a la vía telemática

  5. Atiende en cinco días hábiles el requerimiento si la comisión de evaluación te pide subsanar la solicitud

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud facilitado por el Ayuntamiento
  • Documentación identificativa del titular
  • Documentación identificativa del negocio
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social
  • Modelo de mantenimiento de terceros normalizado del Ayuntamiento
  • Facturas o elementos probatorios de los conceptos subvencionables y documentación acreditativa de su pago
  • Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos de la subvención

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir más de una ayuda para mi negocio?
No. Se otorga un máximo de una ayuda por negocio.
¿Valen las facturas que he pagado en efectivo?
No. No se aceptan de ninguna manera pagos en metálico ni facturas con la etiqueta de contado.
¿En qué orden se conceden las ayudas?
Las solicitudes se tramitan según su registro de entrada y las ayudas se conceden hasta agotar el crédito disponible, según el orden en que se vayan completando los expedientes.
¿Puedo cobrar esta ayuda si ya tengo otra subvención para lo mismo?
Sí, siempre que la acumulación de todas no supere el importe de la actuación subvencionada. Son incompatibles con las ayudas de apoyo económico y financiero a personas trabajadoras autónomas de la Generalitat Valenciana.
¿Qué pasa si no me contestan?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde la solicitud. Transcurrido ese plazo sin resolución, tu solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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