Subvenciones a la continuidad empresarial en Cataluña
Hasta 1.500.000€ por proyecto para organizaciones empresariales de Cataluña
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Departamento de Empresa y Trabajo para programas de apoyo a empresas con dificultades.
- Para quién
- Organizaciones empresariales de Cataluña y entidades vinculadas o asociadas a ellas.
- Cuánto
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- Hasta el 100% del presupuesto de la actividad, con un máximo subvencionable de 1.500.000€ por proyecto
El máximo subvencionable por proyecto es ampliable hasta 2.000.000 de euros si se amplían los importes destinados a estas subvenciones y existe crédito suficiente.Actuación Importe Atención y acompañamiento a la persona empresaria 600€ por actuación Sensibilización y capacitación a personas empresarias y emprendedoras 300€ por actuación Diseño de la metodología Como máximo el 25% del gasto total del proyecto
- Hasta el 100% del presupuesto de la actividad, con un máximo subvencionable de 1.500.000€ por proyecto
- Qué cubre
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- Salarios y Seguridad Social del personal técnico propio que gestiona, ejecuta y evalúa el plan de trabajo
- Personal externo o empresas que presten servicios puntuales de consultoría o acompañamiento especializado
- Otros gastos directamente relacionados con el proyecto
Alquiler de espacios o equipamientos, diseño de espacios web relativos a la actuación, edición de contenidos y materiales gráficos o audiovisuales, servicios técnicos (reproducción en continuo, megafonía, audiovisuales), alquiler de hardware para uso puntual, sistemas de gestión de la información y plataformas tecnológicas, comunicación, difusión, participación en actos y ferias y gastos de transporte en territorio catalán. Los gastos indirectos se imputan con un tipo fijo del 20% del presupuesto subvencionable.
- Requisitos
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- Estás legalmente constituida y tienes los estatutos depositados en el Depósito de estatutos de organizaciones sindicales y empresariales (DEOSE) en la fecha de publicación de la convocatoria, o estás vinculada o asociada a una organización empresarial que lo cumple
- Tienes reconocida la condición de organización empresarial más representativa en Cataluña, o estás vinculada o asociada a una que la tiene
- Has desarrollado actividades de detección preventiva de quiebra, promoción de segundas oportunidades, transferencia de negocios, consolidación o crecimiento de empresas en los tres años anteriores a la publicación de la convocatoria
- Tienes servicios estables, continuados y profesionales en Cataluña, y lo acreditas en la memoria que presentas con la solicitud
- Tu personal asesor adscrito a la iniciativa tiene experiencia en asesoramiento o consultoría empresarial en su área de especialidad
- Tienes contratada, o contratas, una póliza de seguro que cubre la responsabilidad civil de la entidad y de su personal durante todo el periodo de ejecución de las actividades
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta las actividades entre el 1 de enero de 2027 y el 31 de diciembre de 2028
- Presenta la justificación entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2029
- Justifica con una cuenta justificativa y un informe de auditor, sin aportar los justificantes de gasto
- Informa de cualquier otra ayuda pública o privada solicitada u obtenida para la misma actividad, con la entidad concedente y las cantidades
- Mantén la desviación entre el coste presupuestado y el coste final justificado en no más del 10%
- Si subcontratas las actuaciones, acredita que las empresas subcontratadas cumplen la normativa de igualdad efectiva de mujeres y hombres y de no discriminación
- Cuándo
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- Abre: 2 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 16 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una organización empresarial legalmente constituida con los estatutos depositados
- Tienes reconocida la condición de organización empresarial más representativa en Cataluña
- Estás asociada a una organización empresarial más representativa en Cataluña
- Has hecho actividades de apoyo a empresas con dificultades en los tres últimos años
- Prestas servicios estables, continuados y profesionales en Cataluña
- Quieres financiar un programa de atención y acompañamiento a personas empresarias
- No tienes los estatutos depositados en el DEOSE ni estás vinculada o asociada a una organización empresarial que los tenga depositados
- No eres organización empresarial más representativa en Cataluña ni estás asociada a una
- No has desarrollado actividades de apoyo empresarial en los tres años anteriores
- No puedes desarrollar el plan de trabajo en todo el territorio de Cataluña
- Te han sancionado en firme por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo
- No puedes contratar una póliza de responsabilidad civil que cubra todo el periodo de ejecución de las actividades
Cuánto puedes recibir
La subvención puede llegar al 100% del presupuesto de la actividad y se calcula a partir del número de atenciones previstas y justificadas: 600€ por cada actuación de atención y acompañamiento a la persona empresaria y 300€ por cada actuación de sensibilización y capacitación a personas empresarias y emprendedoras. El importe máximo subvencionable por proyecto es de 1.500.000€, ampliable hasta un máximo de 2.000.000 de euros si se amplían los importes destinados a estas subvenciones y hay crédito suficiente y adecuado. Puedes cobrar por anticipado hasta el 80% del importe de la subvención si lo indicas en el formulario de solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara la memoria de las actuaciones con la síntesis del proyecto, su foco, la capacidad técnica y el plan de trabajo
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Elabora el presupuesto completo y detallado con los gastos, los ingresos previstos y las fuentes de financiación
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Presenta la solicitud de forma telemática con los modelos de la sede electrónica, entre las 9.00 horas del 2 de noviembre y las 14.00 horas del 16 de noviembre de 2026
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Indica en el formulario de solicitud si quieres recibir el pago anticipado
Documentación necesaria
- Memoria de las actuaciones con la síntesis del proyecto, el foco, la capacidad técnica, el plan de trabajo y la alineación con los objetivos de desarrollo sostenible
- Presupuesto completo y detallado de la actuación, con todos los gastos e ingresos previstos, la cuantía solicitada, el detalle de las fuentes de financiación y el porcentaje previsto de subcontratación
- Documento que acredite la prórroga, el aplazamiento, la moratoria o cualquier otra condición especial de deudas negociada con la administración tributaria o con la Seguridad Social, si es tu caso