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Ayudas Claras
Subvenciones Zaragoza Comercio y turismo
Comercio y turismo Zaragoza Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para invertir en comercio y hostelería en Cariñena

Hasta el 80 % de la inversión en tu local, con un tope de 1.500 €

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cariñena para invertir en locales de comercio y hostelería del municipio.
Para quién
Titulares de comercios y negocios de hostelería de Cariñena, sean personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad.
Cuánto
Hasta el 80 % del proyecto, con un máximo de 1.500 € por solicitud
Qué cubre
  • Inversiones en el local que mejoren el medio ambiente, y su rehabilitación, conservación y digitalización
    ActuaciónPuntos
    Reducción del consumo eléctrico10
    Renovación de iluminación de bajo consumo10
    Mejora del aislamiento térmico o calefacción eficiente10
    Sustitución de maquinaria por otra más eficiente10
    Adecuación de espacios interiores de atención al público10
    Mejora de la accesibilidad al establecimiento10
    Creación, renovación o desarrollo de tienda online10
    Reducción de emisiones de CO25
    Reducción del impacto acústico5
    Rehabilitación de fachadas y elementos interiores5
    Pintados5
    Local situado en el casco antiguo5
    Antigüedad del negocio1 por año, hasta 15
    La puntuación de cada criterio se asigna completa, con independencia de la eficiencia o mejora obtenida, y hay que acreditarla con documento del técnico o del instalador. La Comisión de Valoración suma los puntos, ordena las solicitudes de mayor a menor y concede la ayuda por ese orden hasta agotar el crédito.
Requisitos
  • Tienes un local de comercio u hostelería en el municipio de Cariñena
  • La inversión se realiza entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026
  • Eres mayor de edad, menor emancipado, persona jurídica o entidad sin personalidad
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal de Cariñena
  • La subvención que pides no supera el 80 % del presupuesto de la memoria del proyecto
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza el proyecto que fundamenta la concesión y acredítalo ante el Ayuntamiento
  • Comunica las fechas de realización del proyecto si no las indicaste en la solicitud o cambian
  • Comunica si obtienes otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, antes de justificar
  • Da publicidad de que la actividad está subvencionada por el Ayuntamiento de Cariñena
  • Mantén los permisos, licencias y autorizaciones necesarios para la instalación y el funcionamiento
  • Justifica el gasto con facturas fechadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 9 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes un comercio o un negocio de hostelería en Cariñena
  • Has hecho obras de rehabilitación o conservación en tu local desde noviembre de 2025
  • Has cambiado la iluminación, la maquinaria o el aislamiento por opciones más eficientes
  • Has creado, renovado o desarrollado la tienda online de tu negocio
  • Has mejorado la accesibilidad de tu establecimiento
  • Tu local no está en el municipio de Cariñena
  • La inversión es anterior al 1 de noviembre de 2025
  • La inversión es posterior al 31 de octubre de 2026
  • No tienes los permisos y licencias necesarios para el local
  • Solo puedes justificar el gasto con recibos o tiques de caja

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 80 % del proyecto que presentes, con un tope de 1.500 €. La Comisión de Valoración puntúa las solicitudes, las ordena de mayor a menor puntuación y concede la ayuda por ese orden hasta agotar el crédito. Si las solicitudes con derecho a la ayuda superan el dinero disponible, el importe se reparte en proporción a los puntos obtenidos por cada una.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que la inversión en tu local se hizo entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026

  2. Prepara la memoria del proyecto con el calendario de ejecución, el presupuesto total y la financiación prevista

  3. Reúne las facturas y los justificantes del pago de los gastos

  4. Rellena la solicitud del Anexo I indicando el importe del proyecto y la subvención que pides

  5. Preséntala en el Registro General del Ayuntamiento; si eres persona jurídica, por medios electrónicos en la sede electrónica

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I, con el importe del proyecto y la subvención que pides
  • Acreditación de la representación legal para actuar en nombre de la empresa, cuando proceda
  • Fotocopia del código o número de identificación fiscal según la naturaleza jurídica del solicitante
  • Cuando proceda, copia de la escritura, el documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional inscritos en el registro público correspondiente
  • Memoria explicativa del proyecto con el calendario de ejecución, el presupuesto total y la financiación prevista (Anexo II)
  • Certificados de estar al corriente de pagos con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria
  • Certificado de la Agencia Tributaria que acredite la situación de alta censal
  • Declaración responsable de estar al corriente con la Hacienda Municipal y de no estar incurso en prohibición para ser beneficiario (Anexo III)
  • Ficha de terceros cumplimentada (Anexo IV)
  • Relación de gastos subvencionables efectuados (Anexo V), con las facturas y los justificantes del pago

Preguntas frecuentes

¿Qué inversiones puntúan más?
Suman 10 puntos cada una reducir el consumo eléctrico, renovar la iluminación a bajo consumo, mejorar el aislamiento térmico o instalar calefacción eficiente, sustituir maquinaria por otra más eficiente, adecuar los espacios interiores de atención al público, mejorar la accesibilidad y crear, renovar o desarrollar la tienda online.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Es compatible con las que concedan otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, siempre que la suma de todas no supere el coste total de los conceptos subvencionados.
¿Qué pasa si hay más solicitudes que dinero?
Si las solicitudes con derecho a la ayuda exceden la cantidad presupuestada, el importe se divide entre la suma de todos los puntos de esas solicitudes y se multiplica por los puntos de cada una, de modo que el reparto es proporcional a la puntuación.
¿Me sirven los tiques de caja para justificar el gasto?
No. El gasto se acredita con facturas completas, con el nombre o razón social y el número de identificación fiscal de quien factura, la fecha de emisión, el desglose de cada concepto y el IVA diferenciado con su base imponible. No se admiten simples recibos ni tiques de caja.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El órgano instructor te requerirá para que la subsanes en diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.

Fuentes oficiales

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